Pedro Sánchez, de nuevo con la bandera de España al revés, esta vez en la cumbre de la OTAN
Este gesto, accidental, se interpreta como «desastre o petición de amparo», así como una «declaración de rendición ante el enemigo, solicitud de auxilio o protesta», según los expertos en protocolo
La portavoz de la OTAN ha pedido disculpas por el error, que ya ha sido subsanado
Estos días se está celebrando en Madrid la cumbre de la OTAN, en la que se ha desplegado un minucioso protocolo para que todo funcione a la perfección. Sin embargo, siempre hay espacio para los errores. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se ha sentado en su sitio durante la Cumbre, delante del cual, como con todos los miembros, había una pequeña bandera del país, en este caso la española. La gran diferencia respecto al resto de líderes es que la suya estaba al revés.
Desde La Moncloa aclaran que el protocolo e instalación de banderas ha sido responsabilidad de la OTAN. «Nos han pedido disculpas y ya lo cambiaron», han trasladado a ABC, según informa Esteban Villarejo.
Esto es algo que ya sucedió en su encuentro con el Rey de Marruecos, Mohamed VI, en el pasado mes de abril, cuando dicho país colocó boca abajo esta insignia de España. En aquel entonces, fuentes de Moncloa minimizaron el «error» y lo califican como una anécdota, considerando que era «un fallo sin más», según publicó ABC.
¿Qué significa colocar la bandera al revés?
Se desconoce si aquel gesto en Marruecos fue accidental o deliberado, pero desde luego fue antiprotocolario. Colocarla boca abajo implica, según los expertos, «desastre o petición de amparo», así como una «declaración de rendición ante el enemigo, solicitud de auxilio o protesta», según el blog especializado en protocolo Ser Comunicación.
De esta forma, no quedó claro si, en caso de haber sido a propósito, Marruecos estaría insinuando la sumisión de España o si es una burla, ofensa o declaración de intenciones. Esta vez, en la cumbre de la OTAN, sí se entiende que ha sido accidental. Cabe destacar que las «ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho» hacia los símbolos o emblemas de España, está contemplado en el artículo 543 del Código Civil, y «se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses».
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