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jueves, 28 de noviembre de 2019

EL CONSTITUCIONAL ROMPE LA UNANIMIDAD AL RECHAZAR EL RECURSO DE JUNQUERAS CONTRA SU PRISIÓN PREVENTIVA.

oriol junqueras

El Constitucional rompe la unanimidad al rechazar el recurso de Junqueras contra su prisión preventiva


El fallo ha salido adelante con nueve votos a favor y tres en contra de tres magistrados progresistas.

El Tribunal Constitucional ha roto su unanimidad este jueves al rechazar la solicitud de amparo del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras contra su prisión preventiva, decretada por la Audiencia Nacional el 2 de noviembre de 2017 y confirmada por el Tribunal Supremo. El fallo ha salido adelante con nueve votos a favor y tres votos en contra. Estos tres corresponden a los magistrados del sector progresista Fernando Valdés, María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol, que han anunciado que firmarán un voto particular discrepante. El pleno del Constitucional que se ha celebrado esta semana tenía sobre la mesa otro recurso del exvicepresidente catalán, en este caso contra la decisión del magistrado Pablo Llarena de impedir, en enero de 2018, la salida de prisión del líder de ERC para tomar posesión en la sesión constitutiva del Parlament como diputado electo. Pero la sesión ha concluido sin resolver este asunto, que ha quedado aplazado para el siguiente pleno.
Esta es la primera vez que el Constitucional rompe la unanimidad en una decisión relacionada por el procés. Ha habido algún precedente menor, pero nunca hasta este jueves el pleno había plasmado su discrepancia en un recurso importante, ya fuera presentado por los líderes independentistas encarcelados como por el Gobierno central contra decisiones de la Generalitat. El esfuerzo por la cohesión empezó antes de que se abriera la causa penal en el Tribunal Supremo y se ha mantenido mientras esta se desarrollaba para “no interferir” en aquella, según fuentes del Constitucional. Pero una vez resuelta esta, añaden estas fuentes, los magistrados creen “conveniente” plasmar, cuando las haya, las diferentes posturas.
Al debatir el recurso de Junqueras contra la prisión preventiva, la mayoría del tribunal ha considerado que la decisión de encarcelarle cumplió con las exigencias constitucionales de “previsión legal, finalidad legítima y proporcionalidad”, según fuentes del Constitucional. El contenido íntegro de la sentencia y los votos particulares se conocerán en los próximos días, pero el tribunal ha adelantado este jueves la parte dispositiva de la resolución, que consta de dos apartados. En el primero, el pleno inadmite las quejas del exvicepresidente catalán relativas a que su encarcelamiento vulneraba derechos fundamentales a la libertad ideológica y de expresión, a la tutela judicial efectiva, a la doble instancia penal, a la presunción de inocencia y a la vida familiar. El tribunal considera “prematura” la denuncia de vulneración al juez ordinario predeterminado por ley (los líderes del procés sostienen que se les tenía que haber juzgado en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y no en el Supremo).
Además de no admitir el recurso respecto a estas quejas, el Constitucional rechaza el resto de denuncias incluidas en la impugnación de Junqueras: la supuesta vulneración al derecho a la libertad personal, a la participación y representación política y acceso a cargo público, a la defensa, a la legalidad penal y la vulneración de la aplicación de la prisión provisional.
Al margen del voto particular discrepante de tres magistrados, un cuarto magistrado, el conservador Santiago Martínez-Vares, ha anunciado que redactará un voto particular concurrente (es decir, que está de acuerdo con el fallo acordado por la mayoría pero objeta de alguno de los argumentos empleados).
El ponente de la sentencia será el presidente del tribunal, Juan José González Rivas, quien ya intentó llevar este asunto al pleno antes de que comenzara el juicio del procés, pero lo retiró al entender que no iba a tener la unanimidad deseada. La razón es que al ver el borrador de la ponencia algunos magistrados expresaron sus dudas respecto a la argumentación de González Rivas y le pidieron que analizara la doctrina creada por una sentencia reciente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que falló a favor de un líder político kurdo encarcelado preventivamente durante dos años en Turquía.
SE HA ARREMPENTIDO DE ALGO? NO, PUES CÀRCEL

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