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sábado, 22 de febrero de 2014

LA DGT YA NO BUSCA COMO PRIORIDAD NUESTRA SEGURIDAD SINO NUESTRO BOLSILLO

Formas legales (e ilegales) para eludir los radares que multan el exceso de velocidad
Las autoridades luchan por conseguir, cada vez con más vehemencia, que los conductores de vehículos a motor cumplan con los límites de velocidad y por eso se emplean cada día más y más radares, tanto en carreteras como en las ciudades. Los ciudadanos disponen de algunos sistemas para defenderse contra estos controles de la velocidad. Pero ojo, unos son legales, los avisadores, otros ilegales, los inhibidores, y el tercer tipo de aparato, el detector, está a punto de cambiar de ser legal a ilegal con la nueva Reforma de la Ley de Seguridad Vial.
Básicamente son tres las tecnologías que permiten, de alguna forma, “defenderse” de los radares que llenan nuestras carreteras. El primero de todos ellos es el avisador, que simplemente conociendo la posición de nuestro coche mediante un sensor de GPS y sabiendo los sitios en los que habitualmente hay radares nos avisa de que llegamos a un sitio en el que puede haber un  radar.
En general, estos avisadores utilizan los datos oficiales que facilita la DGT sobre la posición de los radares fijos, aunque en las bases de datos que utilizan estos sistemas ya se incorporan también datos de lugares donde se multa con lo que se añaden muchos puntos no anunciados oficialmente por la DGT y otros organismos encargados de regular el tráfico, como los ayuntamientos.
Es decir, que con estos sistemas no se sabe en ningún caso si está o no el radar en funcionamiento. Y es que sólo se basan en una base de datos de sitios donde normalmente se suele poner un radar y multar a los conductores y donde la DGT dice que pone sus radares fijos.
Es un sistema ideal, que además aporta una gran seguridad, porque estos avisadores ya van instalados en muchos navegadores y funcionan automáticamente, por lo que al llegar a una zona de éstas avisa con algún pitido de que llegamos a un lugar peligroso. Pero sólo nos avisa. No interfiere en los equipos de radar de los agentes ni en nada parecido.
De hecho, hace unos años la DGT aconsejaba utilizar estos avisadores porque aumentaban la seguridad de nuestra marcha al avisarnos de lugares peligrosos, aunque posteriormente el organismo ha mantenido silencio sobre el uso de estos equipos. Pero son perfectamente legales.
Se da el caso curioso de que en Francia está prohibido su uso, por lo que los navegadores de tipo Tom Tom, que en España están programados para avisar de los radares, en Francia no llevan esta opción para evitar multas. Incluso algunos modelos franceses, como los Renault, Peugeot o Citroën, lo ofrecen como opción o incluso de serie en las versiones más equipadas en España.
En el otro lado de la balanza encontramos el inhibidor. Está terminantemente prohibido su uso y la multa por llevarlo instalado en un coche es de 6.000 euros y seis puntos del carné de conducir. Éste es el sistema perfecto para no ser cazado nunca por un radar, porque lo que hace es emitir unas señales para que el radar deje de funcionar correctamente.
Llevando un equipo de estos, que ya les digo que es ilegal, ni siquiera es preciso reducir la velocidad al pasar junto al equipo de radar, porque al emitir unas ondas de inhibición vuelve loco al cinemómetro y no es capaz de determinar nuestra velocidad. Lo más que podrá pasar es que los agentes que están en el coche del radar avisen de que un coche circula muy deprisa, pero no tendrán ni una foto ni una medición precisa de la velocidad.
La tercera alternativa es el detector, un sistema que recibe las señales que envía el sistema de radar de la DGT y nos avisa a nosotros de que nos aproximamos a un cinemómetro. Este sistema es más caro y sofisticado, porque necesita detectar tipos de ondas de diferentes frecuencias y en función de la rapidez en la detección nos servirá para reducir nuestra velocidad o no. Pero en cualquier caso, si pasamos más deprisa que el límite establecido, el radar de la DGT saltará y nos hará la correspondiente foto y se cursará la denuncia.
En cualquier caso este sistema avisa con muy poco tiempo y no siempre detecta los radares, por lo que nos pueden multar por exceso de velocidad, aunque es más difícil. Últimamente los agentes de la DGT ya tienen una gran experiencia en el posicionamiento de los equipos de radar y en ocasiones son ya casi indetectables por estos aparatos. Y por supuesto, si el equipo de radar es el Pegasus instalado en el helicóptero de la DGT, entonces no sirve de nada llevar un detector.  
El detector de radares, de momento, es legal. Pero en la Reforma de la Ley de Seguridad Vial que se tramita en estos momentos una de las novedades es que estos equipos serán prohibidos. Pero ojo, se da el caso curioso de que en la anterior reforma, que data del año 2010, la DGT anunció que se iban a prohibir los detectores, pero el Senado eliminó esta prohibición al aprobar la ley y por eso ahora todavía son legales.
Por ello, y si la propuesta de reforma sigue su cauce normal, probablemente dentro de un par de meses los conductores que tienen un detector de radar instalado en su coche tendrán que quitarlo si no quieren perder dinero y puntos de su carné de conducir. Ya saben, el inhibidor está terminantemente prohibido, el avisador es perfectamente legal y el detector, que ahora es legal, muy probablemente en un par de meses pase a ser ilegal. Seguiremos informando….
 
COMENTARIO:
Desde luego lo que no acabo de entender es cómo, con la cantidad de abogados sin faena que pululan por España, no hay que se radican a recurrir por anticonstitucionales todas las leyes que los políticos incuban y quieren aplicar con carácter retroactivo. Mayor ejemplo de indefensión del ciudadano ante la voracidad de la administración no puede haber. Seguro que el abogado que los llevase al tribunal y ganase se hacia famoso.
Porque no solo es este caso. Qué me dicen Uds. del globo sonda que lanzaron hace poco sobre la supresión con carácter retroactivo de la desgravación por compra de primera vivienda?  Para inhabilitarlos de por vida!



 
 

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