Demoledor informe de la OCDE sobre España por no luchar contra el soborno.
España vuelve a estar en el punto de mira de la OCDE por su escasa beligerancia contra el soborno. Es decir, contra lo que la Real Academia define como “acción de corromper a alguien con dádivas para conseguir de él algo”. El documento no deja lugar a dudas. Y comienza con una declaración de principios: “El grupo de trabajo [los redactores del informe] tiene serias preocupaciones de que casi 13 años después de que entrara en vigor el delito de cohecho internacional, ninguna persona física o jurídica haya sido perseguida o sancionada”.
No se trata de un juicio de valor ni la primera vez que la OCDE amonesta a España. Según sus estadísticas, mientras que en España nadie ha sido condenado por sobornar en el extranjero, en Alemania se han registrado 88 casos (67 con acuerdo de los interesados); 62, en EEUU; ocho, en Italia; seis, en Japón; 16 en Corea, y cuatro, en Francia. Hasta un país más pequeño que España, como es Portugal, ha identificado (y sancionado) a cuatro empresas o personas físicas por esta clase de delitos, que consisten en comprar a algún funcionario de un país extranjero a cambio de obtener ventaja en un concurso público.
No sólo eso. La OCDE -que es donde se incardina administrativamente la lucha contra la delincuencia económica internacional- acusa a España de haber realizado únicamente siete investigaciones desde que firmó el Convenio Antisoborno, suscrito en total por 40 países, que representan el 90% del comercio mundial. Todas ellas han sido cerradas sin que ninguna haya dado resultado alguno, en la mayoría de los casos debido a que los supuestos delitos habían prescrito.
En general, el número de absueltos es equivalente a cero en los casos penales abiertos en esos países, lo que refleja que quien es acusado, normalmente, es condenado. En total, 311 empresas o particulares han sido ya sancionados en 14 países por sobornar a funcionarios extranjeros, principalmente en los países más pobres; y otros 320 expedientes están en curso. 83 individuos han ingresado en prisión. Ni uno en España, que representa el 2% del comercio mundial.
La OCDE tan sólo se felicita de la entrada en vigor en el Código Penal, en 2010, de un nuevo delito de soborno en el extranjero que corrige algunas deficiencias. Pero, dicho esto, añade que el grupo de trabajo vuelve a estar seriamente preocupado por el hecho de que en una legislación posterior sobre funcionarios europeos se mantengan esas deficiencias en relación con el alcance del delito, el nivel de sanciones y el estatuto que limita su funcionamiento. De ahí que reclame a España una rápida reforma de su Código Penal en esta materia. En particular, el hecho de que actualmente se excluye a las empresas públicas de cualquier responsabilidad penal.
Llama la atención que en el informe se acuse a la Fiscalía Anticorrupción de no ser suficientemente diligente a la hora de poner en conocimiento de sus colegas de la OCDE casos de supuesto soborno, lo que dificulta las investigaciones. Y llama todavía más la atención que la OCDE advierta que en Navarra y el País Vasco, los dos territorios forales, no cuentan en sus legislaciones con la prohibición expresa de que una empresa pueda deducirse fiscalmente los sobornos pagados en el extranjero.
Recompensar a los denunciadores
No acaban aquí las críticas. La OCDE reclama a España que busque fórmulas legales para proteger a los informantes de un delito de soborno, tanto en el ámbito público como privado, y que hoy no están amparados por ninguna ley. En una guía publicada el año pasado, se instaba a los países adheridos al Convenio Antisoborno a utilizar incentivos o recompensas para animar a los informantes, como se hace en algunos países.
En EEUU, por ejemplo, la Ley Dodd-Frank de reforma financiera y protección de los consumidores autoriza a la Comisión de Valores a pagar recompensas a las personas que denuncien el fraude. Los premios pueden llegar a representar el 30% de los fondos recuperados. En la legislación coreana las recompensas pueden llegar a los dos millones de dólares si las revelaciones contribuyen directamente a incrementar los ingresos o reducir los gastos de las agencias públicas.
El equipo de evaluación que ha analizado la conducta de España en relación al pago de sobornos estuvo en Madrid en julio del año pasado, y durante su visita se reunió con funcionarios del Gobierno y de la sociedad civil. España, de hecho, es uno de los doce países a los que la OCDE dedica un recuadro en su informe, junto a Hungría, Holanda, Reino Unido o Suecia.
El informe concluye instando a España a que antes de que acabe este año comunique a la OCDE sobre cómo está progresando para subsanar estas deficiencias. En particular, las modificaciones que requiere el Código Penal.
Hasta la fecha, desde luego, el progreso es mínimo. Como publicó El Confidencial, el juez Pedraz archivó en su día una denuncia del Ministerio Fiscal en la que se acusaba al grupo Eurofinsa de entregar diversas dádivas a las autoridades de Angola a cambio de obtener contratos de ejecución de obra pública por valor de 300 millones de euros. Dicha actividad supondría una vulneración del artículo 445 del Código Penal, castigada con penas de prisión de dos a seis años.
En concreto, la investigación acusaba a varios empresarios españoles de entregar grandes cantidades de dinero, coches, joyas y otros regalos a personalidades como el hijo del presidente de Angola o la mujer del ministro de Comunicación Social. La familia del máximo mandatario angoleño, José Eduardo Dos Santos, alcanzó notoriedad por su elevada fortuna de orígenes poco claros, y su hija Isabel fue proclamada la primera mujer africana en superar los mil millones de euros.
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