Rato, a un paso de entrar en prisión: el Supremo ratifica la condena por las tarjetas «black»
El Alto Tribunal confirma la sentencia a cuatro años y medio de cárcel contra el expresidente de la entidad
A un paso de entrar en prisión. El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años y medio de cárcel para Rodrigo Rato por las llamadas tarjetas «black» de Caja Madrid y Bankia y ha dejado al exvicepresidente del Gobierno al borde de ser encarcelado. El Alto Tribunal ratifica la sentencia por la que la Audiencia Nacional condenó en febrero de 2017 al expresidente de la entidad y a otros 63 exdirectivos por cargar al banco más de 12,5 millones de euros en gastos personales entre 2003 y 2012 con esas Visas opacas tanto a ojos de la contabilidad de la antigua caja de ahorros como del Fisco. Este escándalo, uno de los símbolos de los desmanes de los poderosos en la era previa a la crisis, ha provocado la caída definitiva de Rato. Considerado el artífice del «milagro económico» español de los años noventa y quien llegó a dirigir el Fondo Monetario Internacional (FMI), actualmente está también procesado por la salida a Bolsa de Bankia e investigado por el manejo de su patrimonio personal.
Los condenados habían recurrido el fallo del tribunal especializado en delitos económicos ante el Supremo. En la sentencia de casación, el Alto Tribunal ha respaldado la condena por un delito continuado de apropiación indebida contra Rato, presidente de Caja Madrid primero y Bankia después entre los años 2010 y 2012. El Supremo, la cúspide del sistema penal español, considera así al exvicepresidente del Ejecutivo de José María Aznar responsable del esquema de las tarjetas B durante su mandato al frente del banco, un sistema ilegal que, según el fallo judicial, creó Miguel Blesa al llegar a Caja Madrid en 1996, pervirtiendo el sistema de retribuciones que imperaba hasta entonces en la caja. Blesa, de hecho, fue condenado a seis años de prisión por la Audiencia Nacional, pero se suicidó en julio de 2017 en Córdoba.
El veredicto del Supremo convierte en firme la sentencia de la Audiencia y supondrá la entrada de Rato en prisión —previsiblemente en los próximos días— al no variar la pena impuesta, superior a los dos años. Entre los demás 63 condenados figuran consejeros nombrados por varios partidos políticos –PP, PSOE e IU–, históricos sindicalistas de CC.OO. y UGT y reconocidos empresarios y economistas. Para casi todos ellos el Supremo confirma las mismas penas, que varían de los cuatro meses a los cuato años y medio de Rato.
En la sentencia de primera instancia, la Audiencia Nacional concluyó que las tarjetas «black» fueron una retribución fuera del cauce legal de la entidad y opaco a los ojos de la Hacienda pública, a pesar de que los condenados trataron de alegar que su soporte legal era un acta del consejo de la entidad en 1988. El fallo explicó que las cuantías defraudadas, que se destinaron a pagar vacaciones y fines de semana en hoteles y destinos de lujo, comidas y cenas en restaurantes caros, joyas, ropa y lencería de lujo y consumiciones de alcohol en discotecas, no aparecen recogidas en los contratos de los 65 antiguos directivos, ni siquiera en los certificados de haberes y de retención de IRPF que Caja Madrid facilitaba cada año a los consejeros y directivos para que realizaran sus declaraciones de la renta.
El Supremo ha confirmado la esencia de la sentencia de la Audiencia Nacional y ratificado así la condena por el delito de apropiación indebida, aunque ha matizado algunas penas al tener en cuenta la devolución del dinero de algunos condenados. El Alto Tribunal ha calificado de muy cualificada la atenuante aplicada por reparación de daño, en lugar de como simple, para los que consignaron en el juzgado el dinero que gastaron. La Audiencia Nacional solo aplicó la atenuante en dicha categoría a los que se lo entregaron al FROB o Bankia.
Entre los beneficiados por esta reinterpretación de la causa está el que fuera director general de la entidad, Ildefonso Sánchez-Barcoj, que se encargó de gestionar el sistema de las Visas B. El Supremo ha suavizado su condena desde los dos años y medio de prisión a un año menos un día al considerar que debe ser condenado por un único delito continuado de apropiación indebida, en lugar de por dos. La Audiencia Nacional le atribuyó dos delitos, uno como cooperador necesario, otro como cómplice.
A CALENTARSE QUE VIENE EL INVIERNO Y LA LUZ ESTÁ MUY CARA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario