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jueves, 2 de diciembre de 2021

LOS ANIMALES DEJAN DE SER COSAS Y LOS JUECES DECIDIRÁN SU CUSTODIA EN CASO DE SEPARACIÓN

 Los animales dejan de ser «cosas» y los jueces decidirán su custodia en caso de divorcio

El Congreso da luz verde definitiva a la triple reforma legal que los ‘descosifica’ al considerarlos como seres sensibles

Los animales domésticos ya son, según acaba de aprobar el Pleno del Congreso de los Diputados, seres sintientes y no «cosas». Se trata de una reforma legal que partía del consenso de la mayoría de los grupos políticos, pero en el proceso ha ido levantando recelos. La nueva normativa tendrá repercusiones en los procesos de divorcio (unas 30.000 de las 100.000 parejas que se divorcian al año en España cuentan con una) y supondrá que las mascotas no puedan ser embargadas o que deban ser atendidas en caso de accidente de tráfico, ya que hasta ahora tenían la misma consideración legal que una maleta y no existía obligación de atenderlas.

Tras más de cuatro años desde que se presentó por primera vez en las Cortes (entonces por el PP y ahora por el PSOE), la reforma del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales ha salido adelante en el Pleno.

Las modificaciones tendrán repercusiones para las custodias de las mascotas en caso de divorcio en matrimonios y parejas de hecho. El juez decidirá el destino de los animales en caso de contienda entre los excónyuges, y su decisión a favor de uno o ambos será «atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal». Es uno de los grandes cambios respecto a la situación actual, ya que hasta ahora solo se podía establecer una custodia en aquellos casos en los que se demostrara que ambos eran los propietarios y no solo la persona a nombre de la que estuviese inscrito.

Limitaciones a la guarda y custodia

Pero no es el único cambio. También se contemplan limitaciones a la guarda y custodia de los hijos en casos de antecedentes por maltrato animal ejercido como forma de violencia o maltrato psicológico. «Muchas de las violenias están relacionadas y los violentos con los animales son potencialmente violentos con las personas», ha dicho la socialista Sandra Guaita.

«Hay quien se escandaliza: cómo vamos a comparar el maltrato a los animales con el cuidado que un padre dispensa a sus hijos. Cuando un hombre amenaza con hacer daño o hace daño a los animales de familia es violencia vicaria, es maltrato psicológico a sus hijos y expareja. Y a partir de ahora que se atenga a las consecuencias», ha dicho en el pleno la diputada de Junts per Catalunya, Pilar Calvo. Los jueces podrán decidir que los padres no compartan los hijos con sus exparejas en estos casos.

Además, la autoridad judicial podrá acordar la participación de los cónyuges en los gastos de manutención y cuidado del animal, y la nueva normativa también fija que los animales dejarán de ser objetos embargables en caso de ejecución hipotecaria, se fija el derecho a reclamar los gastos derivados de su cuidado y establece qué hacer frente a abandonos o sospecha de maltrato.

«La valoración, a falta de ver el texto definitivo en el BOE, es muy positiva. Habrá aspectos que con el tiempo se puedan mejorar, sobre todo, cuando veamos la aplicación práctica que se hace por los operadores jurídicos y los tribunales. No obstante, la declaración legal de la sintiencia animal es el ordenamiento jurídico español, ya es, per se, un avance para equipararnos a otros países de la UE que ya hicieron esta reforma desde los años 80», explica a ABC la abogada Nuria Menéndez de Llano, quien en 2015 impulsó desde el Observatorio Justicia y Defensa Animal una iniciativa legislativa popular para que los animales dejen de ser cosas en el Código Civil.

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