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viernes, 1 de mayo de 2020

NORMAS PARA SALIR A LA CALLE POR EDADES.

Salir a la calle para hacer deporte y pasear a partir del 2 de mayo: todo lo que tienes que saber

Salvador Illa, ministro de Sanidad, anunció ayer cuáles serán las condiciones en las que los españoles disfrutar de las medidas de alivio.

Salvador Illa, ministro de Sanidad, anunció ayer cuáles serán las condiciones en las que los españoles podrán salir a la calle para pasear o hacer deporte. Se trata de un bloque más de medidas de alivio de la crisis del coronavirus. La orden, que se publicará hoy en el Boletín Oficial del Estado, establece que los paseos y el ejercicio físico podrá realizarse de las 6.00 a las 10.00 y de las 20.00 a las 23.00 horas.
Las personas dependientes que necesiten ir acompañadas con un cuidador y los mayores de 70 años podrán hacerlo de 10.00 a 12.00 de la mañana y de 19.00 a 20.00 de la tarde. Los paseos con niños menores de 14 años, que hasta ahora no estaban sometidos a tiempo determinado, se restringirán a la franja horaria que va desde las 12.00 a las 19.00 horas. Los requisitos y condiciones para salir son los mismos que los establecidos en la orden del pasado fin de semana. Estas son algunas de las aclaraciones del plan de Sanidad para evitar el contagio.

¿Cuánto tiempo puedo pasear?

Para los paseos de mayores de 14 años, la orden publicada en el BOE no recoge límite de tiempo más allá del límite de la franja horaria, pues establece que «solo podrán llevarse a cabo entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas». Estos paseos sí tienen límite de distancia, pues no pueden superar el kilómetro respecto al domicilio.

¿Qué horario tengo para pasear o hacer deporte?

Las personas entre los 14 y los 70 años podrán salir a la calle a partir de mañana en el siguiente horario: de 6 a 10 de la mañana o de 20 a 23 horas por la noche. Una vez al día. Salvo las personas que presenten síntomas o sigan en cuarentena.

¿Se puede hacer deporte, salir a pasear con un familiar mayor de 70 años y luego con los niños?

Si se cumplen los horarios y las obligaciones. Si se convive con una persona de más de 70 años o más serían compatibles todas las actividades en la misma jornada Las medidas para sacar a los perros también mantienen su vigencia.

¿Qué deporte puedo hacer?

Correr, ir en bici, surf... Actividad física individual, sin contacto, con una distancia de al menos dos metros ya que las exhalaciones son mayores. Una vez al día y hasta el límite del municipio. La duración no está delimitada dentro de la franja.

¿Puedo parar y retomar después la actividad?

La actividad física debe ser continuada. Las paradas propias de la actividad, como beber agua, pueden hacerse, pero evitando los lugares concurridos y por el mínimo tiempo necesario.

¿Tengo que llevar mascarilla para hacer deporte?

El ministro de Sanidad remarcó que se recomienda sobre todo cuando no se pueden cumplir las demás medidas de seguridad, pero su uso no es obligatorio.

¿Cuál es el horario en los municipios pequeños?

En los municipios de menos de 5.000 habitantes no tendrán que seguir las estrictas franjas horarias y la población podrá salir de 6 a 23.

¿Cuántas veces podré salir a pasear y a hacer deporte?

Se podrá salir solo una vez al día para realizar estas actividades, siempre debe mantenerse la distancia de seguridad y se aconseja lavarse las manos a la entrada y salida del domicilio.

¿Puedo salir a hacer deporte con los niños?

No. Las franjas para el deporte y las de las salidas de los niños están separadas. Los menores de 14 años podrán salir de 12 a 19 horas.

Si tengo 71 años y mi pareja 68, ¿a qué hora salimos?

El BOE especifica, algo que no hizo Salvador Illa en su comparecencia, que son las personas mayores de 70 años y los dependientes con un cuidador quienes tienen su horario específico: de 10 a 12 por la mañana o de 19 a 20 por la tarde. Una vez al día y a no más de un kilómetro del domicilio. La orden también recoge que, durante esta franja horaria, todas las personas mayores de 70 años podrán salir acompañadas de una persona de entre 14 y hasta 70 años incluidos con la que convivan.

¿Y si trabajo en las horas previstas para los paseos de los niños?

La orden establece que los menores de 14 años pueden salir a pasear durante una hora al día entre las 12 y las 19 horas. Sin embargo, recoge como excepción que las franjas horarias se pueden incumplir en «aquellos casos en los que por razones médicas debidamente acreditadas se recomiende la práctica de la actividad física fuera de las franjas establecidas, así como por motivos de conciliación justificados de los acompañantes de las personas mayores, menores o con discapacidad».

¿Cuántas personas pueden pasear?

La orden detalla que solo se puede salir acompañado por una persona con la que se conviva. No obstante, dice el BOE, «aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual».

¿Puedo ir a los parques?

Esta medida depende de cada municipio. En Madrid, por ejemplo, el alcalde ha señalado que no abrirá los parques. Además, Illa ha señalado que «los municipios, si lo consideran apropiado, pueden habilitar espacios para realizar actividades y así evitar acumulaciones». Tal como recoge la orden, se puede circular por «cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos en esta orden», aunque incide en que está prohibido el acceso a instalaciones deportivas cerradas.

¿Puedo ir en metro o autobús hasta el parque para correr?

La respuesta es no. La orden recoge la prohibición de utilizar tanto vehículos motorizados como transporte público para desplazarse a lugares donde poder practicar la actividad física permitida.

¿Podré ir a cuidar el huerto?

Si es el mismo domicilio o al término municipal adyacente, sí. En los mínimos trayectos e individuales, salvo con dependientes o niños.

¿Hasta dónde puedo ir con la bici?

Andar en bicicleta está contemplado como un deporte, por lo que podrá circular por todo el municipio en el que resida.

¿Hasta dónde puedo ir caminando?

Si el motivo por el que se sale del domicilio es pasear y no hacer ejercicio, no podrá alejarse más de 1 kilómetro a la redonda más allá de su domicilio.

¿Puedo ir a ver a familiares y amigos?

No se podrá visitar a amigos o familiares en sus casas, pese a que se permitan movimientos en la misma provincia, al menos al principio.

¿Puedo ir a mi segunda residencia?

Para todos aquellos que tengan una segunda residencia en una provincia diferente a la habitual, no se permitirá que acuda a ella hasta que concluya todo el plan de desescalada. Solo aquellos que posean un segundo inmueble dentro de la provincia en la que residen habitualmente podrán hacerlo a partir de la fase 2.

¿Puedo ir a tomar una cerveza?

Ahora mismo no. Las terrazas podrán abrir, con una limitación de aforo al 30%, a partir de la fase 1, es decir, desde el 11 de mayo siempre que la provincia cumpla el criterio. A partir de la fase 2 será posible el consumo en local con servicio en mesa. En la 3 ya se incluiría el consumo en barra y se permitiría la apertura de discotecas y bares nocturnos con aforo al 30%.

¿Puedo ir a la playa?

En principio no. Esa posibilidad está prevista a partir de la fase 3, a la cual se llegaría a partir de principios de junio siempre que se cumplan los criterios sanitarios. Sin embargo, Valencia ya ha animado a realizar deporte en las playas, desoyendo el plan del Gobierno con respecto a los arenales de nuestro país.

¿Puedo hacer turismo dentro de mi provincia?

En principio no. Desde la fase 1 (la que empeiza teóricamente a partir del 11 de mayo) se permitirá el turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas. También comenzará en esta fase la celebración de espectáculos culturales reducidos, y las visitas a museos
 
TODO BASTANTE CONFUSO PARA LA POLICIA QUE A VECES NO ESTÁ BIEN ENTERADA DE LOS DECRETOS. 

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