A qué personas concede España protección internacional
Actualmente, el campamento instalado en la base militar de Torrejón de Ardoz para recibir a colaboradores afganos acoge a 820 personas
Tras la caída de Kabul a manos de los talibanes, son muchos los refugiados afganos que están llegando a diferentes países europeos. El pasado lunes, 22 de agosto, unos 260 nuevos ciudadanos procedentes de Afganistán aterrizaron en la base militar de Torrejón de Ardoz en el quinto vuelo fletado por el Ejército del Aire.
En total, son 820 las personas que han llegado al campamento levantado en la base militar por la UME, entre colaboradores con España, las instituciones europeas y Estados Unidos.
La ministra de Defensa, Margarita Robles, manifestó que la intención del Ejecutivo central es «traer a toda la gente que podamos en estas situaciones dramáticas» y que están tratando de huir de Afganistán por el miedo a los talibanes. «Mientras podamos, vamos a seguir con los medios necesarios para sacar a esa gente que son verdaderos dramas humanos», señalaba en una comparecencia ante los medios.
El pasado sábado, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, agradeció al presidente Pedro Sánchez la acogida temporal de refugiados afganos que han trabajado para las instituciones europeas. «En los momentos de necesidad España ha mostrado humanidad y ha demostrado un gran sentido de solidaridad. Es un buen ejemplo del alma europea en su máxima expresión».
Como establece el artículo 7 de la Declaración de los Derechos Humanos, todas las personas «tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación». Por otro lado, en el artículo 14 se recoge que, «en caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él en cualquier país». De este modo, los afganos, y sobre todo las mujeres y niñas afganas, tienen derecho a pedir ser acogidos en cualquier país que reconozca la validez de los DDHH, si temem por su vida o su integridad física y psicológica de manos de los talibanes.
En España, como se indica en el documento elaborado por el Ministerio del Interior titulado 'Información para los solicitantes de protección internacional en España: derecho de asilo y protección subsidiaria', pueden solicitar portección internacional los refugiados, las personas que tengan un temor fundado a ser perseguidas en sus países por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un determinado grupo social, de género u orientación sexual, y los entranjeros que no pueden regresar a su país de origen por existir motivos fundados de que suponga un riesgo real de sufrir alguno de estos daños: condena a pena de muerte, tortura o tratos inhumanos o degradantes, o amenazas graves contra la vida o la integridad como consecunecia de situaciones de violencia indiscriminada.
Así, cualquier persona que se encuentre en alguna de estas situaciones puede presentar en nuestro país una solicitud deprotección internacional, ya sea en el puesto fronterizo, en la Oficina de Asilo y Refugio, en cualquier Oficina de Extranjeros, en alguna Comisaría de Policía autorizada o en los Centros de Internamiento de Extranjeros. Eso sí, si la persona se encuentra en territorio nacional, la persona solicitante debe pedir la prtección internacional en el plazo de un mes desde la entrada en España.
Aquellas personas a las que se les conceda la protección internacional en nuestro país tienen el derecho a no ser devueltas al país de origen, a tener una autorización de residencia y trabajo, a obtener un documento de identidad, a reagruparse con familiares directos y a acceder a servicios públicos de empleo, educación, asistencia sanitaria y servicios sociales, entre otros. También tienen derecho a participar en programas de integración específicos y de retorno voluntario que se establezcan y a obtener la nacionalidad española en un plazos de acceso reducidos.
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