Llega la ley que «espía» tu ideología: los partidos podrán recopilar tus datos sin consentimiento
El pleno del Senado ha aprobado este miércoles, con el apoyo de PSOE y Partido Popular, la nueva ley de protección de datos que regula, como uno de sus artículos más polémicos, la posibilidad de realizar perfiles ideológicos de los ciudadanos para enviar publicidad electoral.
Hay una frase muy socorrida que explica, en parte, un fenómeno en internet: los datos es el petróleo del siglo XXI. Tal vez erróneamente atribuída a las redes sociales, la recopilación de información personal de los ciudadanos se ha convertido en uno de los objetivos principales de marcas comerciales pero, también, de los partidos políticos.
Regulado el consentimiento explícito a nivel europeo, la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos que ha salido adelante este miércoles en el pleno del Senado con los votos de los principales partidos, PSOE y Partido Popular (220 votos a favor y 21 en contra), ha generado polémica por una serie de cláusulas que regula, entre otras cosas, el envío de propaganda política a partir de una recopilación de datos personales de los ciudadanos. Dentro de la disposición final tercera se introduce una serie de modificaciones de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General ( LOREG) que, según los expertos en derecho digital, establece un principio «preocupante» y dará «cobertura legal» a actividades similares a las llevas a cabo por Cambridge Analytica, la firma de análisis que provocó un escándalo sin precedentes tras descubrirse que recopilaba información personal de Facebook y se ha relacionado con la victoria de Donald Trump en las elecciones presidenciales de Estados Unidos en 2016.
Con la redacción actual, que tras su paso por el Senado deberá aprobarse definitivamente en el Congreso de los Diputados, se ha incorporado una enmienda que permite a los partidos la posibilidad de rastrear datos personales y opiniones políticas en redes sociales sin necesidad del consentimiento expreso. Esta medida da pie a realizar perfiles ideológicos y personalizar la propaganda electoral. No solo se podrán emplear próximamente herramientas de análisis de datos para las elecciones andaluzas de diciembre, sino que se legalizarían, de alguna manera, los «perfiles ideológicos» que ya hayan elaborado para los partidos políticos las empresas de marketing político que trabajan para ellos.
La polémica viene de la disposición final tercera del Proyecto de la nueva LOPD que incluye un nuevo artículo 58 bis en la Ley Eletoral sobre el uso de tecnologías e internet con fines de propaganda electoral «saltándose las medidas garantistas» del propio Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD), denuncian fuentes de la Asociación de expertos en ciberseguridad, auditores y el control de los Sistemas de Información (ISACA). La norma acredita a los grupos políticos a recopilar datos personales «relativos a las opiniones políticas de las personas» y «obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral». Eso sí, una labor amparada en el «interés público» y siempre que «se ofrezcan garantías adecuadas». No obstante, se facilitará al destinatario un modo sencillo y gratuito de ejercicio del derecho de oposición.
Este proyecto, a tenor de las interpretaciones de los expertos, puede sentar un precedente preocupante: el ciberespionaje legal. La enmienda, impulsada por el PSOE, fue extrañamente apoyada por unanimidad en el Congreso. Y más teniendo en cuenta que la norma resulta «completamente contradictoria» con la intención original de la enmienda, que inicialmente proponía una prohibición de las actividades de propaganda electoral basadas en la elaboración de perfiles electorales en redes sociales o equivalentes cuando no se informe a sus destinatarios sobre su finalidad. «Este artículo llama la atención y se puede poner en contexto con las directrices de otros países de Europa que van en dirección opuesta», considera Jorge García Herrero, abogado especializado en protección de datos.
«El primer efecto -denuncia este experto- es que los partidos pueden enviarnos propaganda electoral y utilizarlos con fines electorales sin cumplimentar todos los requisitos legales que les exigiría a cualquier organización porque se amparan en el interés público cuando se ofrezcan las garantías adecuadas, pero no se dicen las garantías adecuadas». En su opinión, esta normativa abre una veda a los partidos que está cerrada al resto de instituciones.
En la misma línea se sitúa Borja Adsuara, jurista experto en derecho digital, quien en declaraciones a este diario se muestra preocupado por esta normativa. «Implica que todos nuestros datos personales y opiniones políticas van a servir para que hagan un perfil psicológico e ideológico y, luego, para utilizarlo para mandar mensajes para manipularnos», valora. «Es dar cobertura al spam político» y legalizar en España una actividad similar a la de Cambridge Analytica. «No es verdad que venga obligado por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La pregunta es saber por qué se ha incluido esta enmienda», añade.
«Esto es muy peligroso», subraya por su parte Carlos Sánchez Almeida, abogado especializado en derecho digital y miembro de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI). «El problema va a más allá de la molestia de la propaganda, sino que va en los usos ilícitos que se pueden hacer por el hecho de tener una lista de personas y sus pensamientos ideológicos en manos de un partido» porque, en su opinión, la pretensión del artículo es poder enviar publicidad sin trabas y exonerar a los partidos de las obligaciones que tienen las empresas públicas y privadas. Y añade: «el peligro es hacer una lista negra de gente que impida el acceso a puestos en la administración pública».
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