Gijón-Asturias-España(foto J.A.Miyares)
¿Se puede ver envuelto el rey de España en un proceso judicial o es su figura inviolable?.
Analizamos la figura del jefe de Estado y su estatus jurídico.La Constitución española dice en su artículo 56.3, relativo a la Corona, que "la persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad"."Ya que no es responsable, la monarquía tiene que ser impoluta", explica el catedrático de Derecho Constitucional Antonio Torres del Moral.
El nombre del rey Juan Carlos ha salido este martes a relucir en el proceso de la pieza separada del caso Palma Arena relativa al Instituto Nóos. El juez ha incorporado a la investigación ocho correos electrónicos aportados por el exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres, en los que el duque de Palma menciona, presuntamente, al monarca y a la infanta Cristina como mediadores en sus actividades. Por el momento, esto no tiene ningún tipo de consecuencia. Pero, ¿y si llega a tenerla? ¿Se puede ver envuelto el rey en un proceso judicial? Él mismo dijo en su último discurso de Nochebuena que "la justicia es igual para todos", pero la primera y casi la única respuesta válida a la pregunta es que no. Aunque hay matices y explicaciones que hay que tener en cuenta.
La Constitución dice en su artículo 56.3 que "la persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad". Esto significa, en primer lugar, que "de ninguna manera" el rey puede ser llamado por un juez, ni para declarar ni para ser juzgado, explica a 20minutos.esAntonio Torres del Moral, catedrático de Derecho Constitucional en la UNED. Eso es lo que supone, en su caso, la inviolabilidad. En segundo lugar, la no responsabilidad hace que el jefe de Estado tampoco responda políticamente de sus actos. Para eso existe el llamado "refrendo". "En una democracia no puede haber poderes públicos que sean irresponsables", pero como el titular de la Corona sí lo es, "hace falta que alguien responda políticamente por él, y ese alguien es el presidente del Gobierno o el ministro que refrende su acto", dice Torres. "Todos los actos del rey, que se refieren al ejercicio del cargo, tienen refrendo", añade.
El responsable, el presidente
Hay tres formas de ejercer el refrendo: la primera, con una firma, por ejemplo a la hora de sancionar una ley. El presidente del Gobierno firma el documento con el rey y a eso se le da el nombre de "contrafirma". Así, si el rey firma algo inconstitucional o contrario a derecho, el presidente sería responsable. La segunda, con la "presencia", por ejemplo, en un viaje en el que el rey va acompañado de un ministro, el denominado "ministro de jornada", que se hace responsable "de lo que pueda ocurrir". Por último, existe el llamado refrendo "tácito".
En este caso, según Torres, el mensaje de Navidad del rey o la aparición del monarca en televisión el 23-F se entienden como refrendos tácitos: no hay nadie a su lado y nadie ha firmado por escrito un apoyo a esos actos. El responsable es el presidente del Gobierno, "si no dimite". "En lo que está pasando actualmente el responsable es el presidente del Gobierno", apostilla. "Si el presidente no está de acuerdo, entonces se plantearía un problema institucional", dice. La depuración de responsabilidades políticas respecto al presidente pasaría por "una moción de censura, un voto de confianza o por las urnas". Se dirimiría ante la opinión pública, las Cortes y el electorado.
El rey no puede hacer mal.
¿Dónde queda entonces la responsabilidad jurídica? "Primero haría falta la comisión de un acto antijurídico", dice Torres. Imaginemos que el rey lo hace; que, hipotéticamente, comete un delito. El presidente del Gobierno es, de nuevo, el responsable político "si no dimite". Pero, ¿quién responde del acto antijurídico? "La respuesta es nadie. Así es", asevera Torres. "Hay un adagio o dicho que procede del constitucionalismo inglés que dice que ‘El rey no puede hacer mal’. Y como no puede hacer mal, no es responsable jurídicamente. Eso es una falacia, sí puede hacer mal, pero no responde porque ningún juez puede citarlo en un banquillo: la justicia se administra en nombre del rey". Por tanto, explica el catedrático, la responsabilidad del monarca se limitaría al terreno histórico-político y el asunto o problema quedaría arreglado, incluso, con un "pacto" o acuerdo puntual, un cierre en falso.
Cita entonces a Isabel II y también a Alfonso XIII, que no cometió ningún acto antijurídico, pero que "se jugó la corona con unas elecciones"; "se fue a Cartagena, ahí cogió un barco y se fue de España", dice. "Cuando las cosas se ponen muy mal, también los reyes responden", continúa Torres, "pero lo hacen de esta manera, no ante un juez, sino exiliándose, perdiendo la Corona o bien con la proclamación de una república". En este contexto hay que citar también un concepto que vuelve a estar estos días en boca de todos: la abdicación. "Es otra forma de solucionar el asunto, con todas las comillas posibles, para que la cosa sea menos grave".
Los casos Nixon y Chirac
La abdicación puede ser pactada, algo parecido a lo que ocurrió con el expresidente de EE UU Richard Nixon tras el Watergate: "Se negoció con él para que dimitiera, fuera sustituido por Gerald Ford, se le perdonó y no se le juzgó", recuerda Torres, matizando que "no es una buena solución, pero se trata de no llevar las cosas al extremo o provocar una crisis nacional". Si el rey de España cometiera, hipotéticamente, un acto antijurídico y abdicara, los términos de inviolabilidad e irresponsabilidad no seguirían vigentes "jurídicamente", pero lo normal, hipotéticamente, sería darle una salida "pactada", insiste el catedrático, para evitar una crisis mayor.
En Francia, por ejemplo, no sucedió así con el expresidente de la República Jaques Chirac, condenado en diciembre de 2011 a dos años de prisión, exentos de cumplimiento, por malversación de fondos públicos, abuso de confianza y apropiación indebida. "En una república se puede hacer, de hecho en Francia el jefe de Estado puede ser procesado por delitos de alta traición. Pero eso en una monarquía es impensable", aclara Torres. En el terreno internacional, la comisión de crímenes contra la humanidad sí haría responder a un jefe de Estado ante la Corte Penal Internacional pero, evidentemente, este no es el caso que nos ocupa.
"La monarquía es lo que es"
¿Es entendible en pleno siglo XXI la figura de la inviolabilidad? "La gente no lo entiende, y no tiene por qué entenderlo", afirma el catedrático. La monarquía, dice, sigue todavía rodeada de un "halo de reverencia, de sacralidad", pero si escogemos tener una, con sus ventajas e inconvenientes, "ya sabemos lo que nos ha tocado"; "La monarquía es lo que es", añade, desatacando entre esas ventajas que "el rey no se presenta a las elecciones, no pertenece a un partido y siempre queda como símbolo de la unidad, pase lo que pase" en el país. ¿Algo de lo nombrado se aplica al resto de la familia real? No.
De hecho, hay muchas cosas en torno a la Corona que siguen sin estar reguladas. Por ejemplo, "el Príncipe se ha hecho cargo ahora de la agenda del rey, pero no existe una norma jurídica que le dé esas funciones", revela el catedrático. Es más, convendría que al heredero se le aplicara un estatuto jurídico similar al del rey; lo que no convendría, por ejemplo, es "que llegara a ser rey una persona que durante su anterior etapa hubiera sido condenado por un delito de falsedad en documento público". "Ya que no es responsable, la monarquía tiene que ser impoluta", concluye Torres.
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