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martes, 5 de noviembre de 2013

UN INTERVENTOR GENERAL DEL ESTADO VENDIDO AL PP

Luis Bárcenas  (Efe)
La Intervención General no ve conexión entre las donaciones al PP y contratos.
La Intervención General del Estado (IGAE), a través de su unidad de apoyo a la Fiscalía, ya ha entregado su informe definitivo sobre los apuntes elaborados por el extesorero del PP, Luis Bárcenas, en el que certifica que no ve relación entre las donaciones presuntamente ilegales por parte de empresarios y las adjudicaciones de contratos públicos a estas empresas por parte de Gobiernos del PP.
Así lo recoge la Fiscalía Anticorrupción en un informe en el que se opone a admitir una ampliación de la querella presentada por Izquierda Unida contra otros dirigentes del partido y trece empresarios.
Este informe de Hacienda era de los pocos que quedaba pendientes en la pieza separada conocida como ‘papeles de Bárcenas’, en la que se investiga la presunta contabilidad B del partido. Este documento sustenta la teoría de la Fiscalía de que no se puede certificar que la entrega de dinero de empresarios a la sede central del partido tenga conexión con la adjudicación de contratos en administraciones autonómicas o locales gobernadas por el PP. O por lo menos, no hay sustento probatorio para continuar con una causa penal.
En su escrito, el fiscal explica que a los querellados se les acusa de un posible delito contable. Afirman los querellantes que todas las personas imputadas en la pieza separada “han venido falseando las cuentas anuales de las entidades que administraban, ya fuere con el fin de ocultar en la contabilidad de las empresas el dinero con el cual se efectuaban pagos irregulares, “dinero negro”, al tesorero y al gerente del Partido Popular, o ya fuese, en el caso de estos últimos, con el fin de ocultar el dinero entregado por los empresarios y recibido a través suyo por el Partido Popular”.
Cospedal en el juzgado para declarar en su juicio contra bárcenasCospedal en el juzgado para declarar en su juicio contra bárcenas
Aparte de la mención al falseamiento de cuentas, Anticorrupción señala que no existe ningún relato fáctico de hechos concretos y determinados que se pueda someter al examen. “La ausencia de hechos no nos impide apreciar y referirnos a que el tipo del artículo 290 del Código Penal requiere para su aplicación, como presupuesto necesario, que la persona jurídica de la que se trate participe, para el cumplimiento de sus fines, de modo permanente en el mercado, circunstancia que no concurre en los partidos políticos a los que no les son de aplicación los delitos societarios”.
El escrito de la Fiscalía apunta ya a cómo va a ir dirigido su escrito final para la solicitud de procesamiento o de archivo de la causa. “El relato de hechos y manifestaciones a modo de conclusiones que realizan los querellantes, no describen conducta delictiva alguna que justifique la admisión de la ampliación de la querella. No se asocian conductas y hechos determinados a calificaciones delictivas, se deja, tras una invocación de numerosos delitos, al juez instructor la búsqueda y subsunción  de los hechos en los tipos penales previamente relacionados”, recalca.
COMENTARIO:
¡AY ALI-BABÁ¡ QUÉ PEQUEÑO TE ESTÁN HACIENDO ESTOS MAFIOSOS GUBERNAMENTALES.
¿Y de donde cobra la Intervención General?
 
¿Y quién es su jefe?
 
Vale, vale, ya está claro.
 
Gracias.

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