El TSJC se inclina por mantener las elecciones para no afectar al «normal funcionamiento de las instituciones»
En una resolución que no es definitiva, apunta que no hay «obstáculos insalvables» para votar el 14-F
Aunque no será, posiblemente, hasta el próximo 8 de febrero que el Tribunal Superior e Justicia de Cataluña (TSJC) confirme si se suspende o no la jornada electoral del 14-F, en su resolución de medidas cautelares, anunciada ayer, y redactada este mismo viernes, ya advierte de que un «aplazamiento tan prolongado» de los comicios autonómicos, como pretende la Generalitat, como mínimo hasta el 30 de mayo por la pandemia, afectaría al «normal funcionamiento de las instituciones democráticas».
«También debe valorarse que ni tan siquiera es seguro que las elecciones se celebren el 30 de mayo», recoge la resolución del TSJC, en la que decide, de momento, y como medida cautelar, que siga sin efecto el decreto con el que la Generalitat pretendía suspender los comicios catalanes del 14-F. Y, añade que, al menos por ahora, no hay «obstáculos insalvables» para que los comicios se celebren el día en que inicialmente estaban previstos. La resolución dictada cuenta con un voto en contra de entre los siete magistrados reunidos.
Sobre el papel, y a efectos prácticos, el auto de la sala contenciosa administrativa del TSJC hecho público hoy no es más que la decisión de mantener una medida cautelar -dejar sin efecto provisional el decreto del Govern- hasta dictarse una sentencia definitiva. La cuestión es que mientras la Fiscalía -cuando el TSJC le consultó al respecto- prácticamente se limitó a argumentar la conveniencia de mantener la suspensión por que, si finalmente la sentencia diese la razón a los demandantes, no habría tiempo material a engrasar la maquinaria para el 14-F, el tribunal va mucho más allá.
«Hay un interés público muy intenso en la celebración de las elecciones suspendidas, porque si no se celebran se abre un periodo prolongado de provisionalidad que afecta al normal funcionamiento de las instituciones democráticas», dice la resolución.
De momento, el TSJC lo que hace es que «provisionalmente» mantiene la fecha del 14 de febrero, con lo lo que continúa «el proceso electoral con toda normalidad en sus diferentes facetas«, entre ellas la campaña electoral, que ya estará en marcha cuando el tribunal dicte su resolución definitiva.
Una puerta abierta
El tribunal, en uno de sus puntos, también ha querido dejar claro que el tribunal no obliga a votar «irreversiblemente» el 14-F, y recuerda que no es el TSJC «quien ha fijado esa fecha». «Lo que se hace por el tribunal es mantener la celebración de las elecciones en la fecha en que las convocó la autoridad competente». Lo firmó el vicepresidente de la Generalitat en funciones de presidente, Pere Aragonès, el pasado 21 de diciembre. Lo que hace este auto es suspender provisionamente el aplazamiento que luego decidió la Generalitat y apurar plazos para dar una resolución definitiva «cuanto antes».
Eso sí, el TSJC recuerda que de aquí al 14 de febrero pueden darse «cambios sustanciales» tanto en las «normas reguladoras del estado de alarma» como en el «ámbito sanitario» de haber una evolución negativa de pandemia. En ese caso, se «podría justificar otra decisión de las autoridades competentes adoptada conforme a derecho, teniendo en cuenta dichas nuevas circunstancias«.
NO LE PREOCUPA TU VIDA SINO TU MUERTE.PRIMERO INTERESES POLÍTICOS.
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