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miércoles, 4 de agosto de 2021

EL ABOGADO DEL ESTADO ANTE EL TRIBUNAL DE CUENTAS SE INHIBE EN LA DECISIÓN DE LOS AVALES DEL PROCÉS

 El abogado del Estado ante el Tribunal de Cuentas se inhibe en la decisión de los avales del 'procés'

Eleva una consulta a Consuelo Castro, Abogada General del Estado, al observar «un posible conflicto de intereses».

El abogado del Estado ante el Tribunal de Cuentas, Rafael García Monteys, ha elevado a la directora del Servicio Jurídico de Estado, Consuelo Castro, una consulta sobre si la Abogacía del Estado debe o no emitir el informe que la delegada instructora del Tribunal de Cuentas, Esperanza García Moreno, ha solicitado en relación a los avales emitidos por el Instituto Catalán de Finanzas (ICF) y presentados por 29 ex altos cargos de la Generalitat de Cataluña.

En un informe, firmado este miércoles y consultado por ABC, García Monteys señala que puede «existir un posible conflicto de intereses» por ser la Abogacía del Estado «también parte en el procedimiento en cuyo marco se ha planteado la petición de informe» de la delegada instructora. Y, por lo tanto, se inhibe de la decisión elevándola a la jefa de la Abogacía General del Estado, a quien García Monteys le pide que responda «a la mayor brevedad posible».

El asunto que plantea el abogado del Estado ante el TdC a su superior es que hasta la fase de la liquidación provisional complementaria de la causa en el TdC que investiga el posible gasto indebido de 34 ex altos cargos de la Generalitat por la acción exterior del 'procés' entre 2011 y 2017, a los que se les reclama una fianza solidaria de 5,4 millones de euros, el Servicio Jurídico del Estado era parte, en tanto que se consideraba para perjudicada. La delegada instructora, finalmente, apartó a la Abogacía del Estado de la causa tras la liquidación provisional.

Sin embargo, a finales de julio, García Moreno pidió a la Presidencia de la Sección de Enjuiciamiento del TdC que solicitara un informe a la Abogacía del Estado ante el TdC, en base al artículo 20.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, antes de decidir si aceptaba los 29 avales presentados por otros tantos encausados (de 34 en total) que llevaban el sello del ICF como fianza legal. La Generalitat había aprobado unos días antes un decreto ley para habilitar al ICF y convertirlo en avalista de particulares con dinero público. García Moreno también preguntó a la Abogacía del Estado si los ex altos cargos de la Generalitat, en esta caso, se pueden acoger al principio de indemnidad.

«Relevancia jurídica y pública»

Así pues, García Monteys plantea dudas sobre la actuación de la Abogacía del Estado. «La cuestión que suscita dudas previas a la emisión del informe y que se somete a esa superioridad es si es posible ejercer la función consultiva en relación con cuestiones que se suscitan en procedimientos, en este caso no jurisdiccionales (pues se trata de la fase de instrucción previa a la vía jurisdiccional), en los que la Abogacía del Estado interviene como parte, habiendo evacuado trámites en los que ha promovido la actuación del Tribunal de Cuentas para investigar la existencia de posibles responsabilidades contables».

Y advierte que «la posición como parte en el procedimiento que da lugar a la solicitud del informe podría afectar directamente a la necesaria objetividad e imparcialidad que ha de regir la función consultiva» y «podría afectar» a la posición de la Abogacía del Estado ante el TdC «en el procedimiento en trámite, condicionando el resto de su actuación, y también a la propia tramitación de las actuaciones previas, al poder dar lugar a un supuesto de nulidad de actuaciones si se llegase a considerar que el informe emitido habría alterado el equilibrio entre las distintas partes intervinientes».

Por ello, García Monteys considera que «pueden existir dudas sobre la existencia de un conflicto de intereses que impidan la emisión del informe» y apunta que, en su opinión, el artículo 20.3 de la Ley del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, que señala que el TdC puede pedir informes a la Abogacía del Estado, no implica «una competencia exclusiva», ni que sea «un derecho del Servicio Jurídico del Estado evacuar estos informes en Derecho».

Será, de esta manera, Castro, la jefa de la Abogacía General del Estado, quien tenga la última palabra sobre la elaboración, o no, del informe solicitado por García Moreno, que a su vez decidirá sobre los avales que presentaron, entre otros y hasta 29 implicados, Artur Mas, Oriol Junqueras y Carles Puigdemont. García Monteys reconoce en su informe de este miércoles que el caso es complejo y sustenta parte de su decisión de elevar el caso porque es «un asunto de gran complejidad jurídica, por tener una especial transcendencia social, por afectar a un elevado número de interesados y por su especial interés general, así como por su relevancia jurídica y pública».

ES VERGONZOSO

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