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jueves, 16 de septiembre de 2021

LA AUDIENCIA NACIONAL DESCARTA PROHIBIR EL HOMENAJE A PAROT EN MONDRAGÓN

 La Audiencia Nacional descarta prohibir el homenaje a Parot en Mondragón

El juez recuerda que es la Administración la que tiene potestad para velar por los requisitos constitucionales en el derecho de reunión y lo penal sólo puede actuar a posteriori

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha resuelto que no ha lugar a prohibir la carrera de relevos prevista el 18 de septiembre en Mondragón para homenajear al etarra Henri Parot porque entiende que no concurren en este momento los «elementos necesarios» como para un veto cautelar. Ordena, no obstante, a las Fuerzas de Seguridad que hagan seguimiento del evento para evitar «actos de enaltecimiento» o de «desprecio y humillación» de las víctimas.

Calama se pronuncia así en línea con la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que se había posicionado en contra de prohibir el homenaje por entender, por un lado, que no concurren indicios de delito de humillación a las víctimas y, por otro, que no se puede cercenar el derecho de reunión con carácter preventivo a la luz de la jurisprudencia española y europea al respecto.

El magistrado recaba en el auto la doctrina sobre el contenido de los límites del derecho de reunión, así como la vinculación de la libertad de expresión con la de reunión, y explica que «es a la autoridad gubernativa a quien corresponde velar por el cumplimiento de los requisitos constitucionales en el ejercicio del derecho de reunión y de manifestación, pues es a ella a quien está encomendado el mantenimiento de la seguridad ciudadana y la prevención de la comisión de actos delictivos y sus decisiones sobre el particular son recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa».

A la jurisdicción penal, apunta, compete sólo la persecución y castigo de los hechos ilícitos penales una vez que estos se han producido; actúa ex post, no ex ante, pues carece de competencias preventivas. «Es decir, no puede actuarse el Derecho penal con carácter preventivo pues tal proceder implica asociar consecuencias jurídicas limitativas de derechos o imponer directa o indirectamente sanciones sobre la base de meras hipótesis sobre la futura e incierta comisión de delitos», añade.

Calama se ha pronunciado tras recibir una denuncia presentada por la asociación Dignidad y Justicia en nombre del hijo de un asesinado por Parot. Querían prohibir el acto por entender que el homenaje es ya en sí mismo una humillación de las víctimas.

ESTO ES UN DISLATE

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