Entradas populares

lunes, 6 de septiembre de 2021

ESTRABURGO TUMBA LAS DOS PRIMERAS DEMANDAS POR LAS CARGAS DEL 1-O

 Estrasburgo tumba las dos primeras demandas por las cargas del 1-O

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera «infundadas» las denuncias de dos heridos leves durante la actuación policial por el referéndum ilegal

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha desestimado los dos primeros recursos presentados contra el Estado por las cargas policiales durante el referéndum ilegal del 1 de octubre en Cataluña. La Corte europea, con sede en Estrasburgo, considera que las denuncias son «infundadas» y no ve indicios de vulneraciones de los derechos fundamentales.

Según ha avanzado la ACN, el tribunal responde así a los recursos que en agosto de 2020, tras agotar la vía judicial interna, dos vecinos del Bages presentaron para denunciar a España por vulnerar su derecho a un juicio justo al considerar que se había hecho una investigación «muy escasa» de las cargas policiales. Estos ciudadanos también denunciaron que se habían vulnerado otros derechos fundamentales como el de reunión, el de libertad de expresión y el de no ser sometido a un trato inhumano o denigrante.

Los denunciantes, J.P.R y S. T. V, fueron dos de las 16 personas heridas leves durante una carga de la Guardia Civil en la escuela Sant Miquel de Castellgalí, un pueblo de unos 2.000 habitantes cercano a Manresa. Al archivarse el caso en España, fueron los dos primeros en recurrir a Estrasburgo.

Ahora, el TEDH también da carpetazo a la queja, al considerar que «a la vista de las pruebas aportadas, no parece que se haya producido una vulneración de derechos y libertades» de la Convención Europea de Derechos Humanos. Eso sí, esta decisión no impedirá a otros afectados por las cargas policiales apelar al mismo tribunal una vez acabe su proceso judicial en España.

Dispositivo del 1-O

Fue este pasado mayo, cuando la Audiencia de Barcelona rechazó investigar a los mandos de la Policía Nacional en Cataluña por su gestión durante el 1-O al considerar que "no hay ningún indicio de la existencia de una instrucción concreta de actuar -aquella fecha- con contundencia o usar una mayor violencia que la imprescindible".

Los magistrados desestimaron así los recursos de la Generalitat y la asociación Irídia, presentados contra la decisión del Juzgado de Instrucción 7, que un año antes rechazó investigar a los responsables del dispositivo. En su auto, la Audiencia también descartó "solicitar la cadena de mando existente" ese día, así como interrogar al coronel Diego Pérez de los Cobos o al por entonces jefe de los Mossos Ferran López.

Por su parte, Instrucción 7 ya había señalado que no existe ningún indicio de que la policía emplease "mayor violencia que la imprescindible" para impedir la votación, tal y como afirmaron los recurrentes al pedir la "imputación genérica" de los mandos policiales.

No hay comentarios: