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miércoles, 7 de abril de 2021

DALE PODER Y VEREIS....

 CUANTO MAS IGNORANTE MÁS PELIGROSO.

En efecto. Me estoy refiriendo, una vez más, al pago de las retribuciones de los abogados y procuradores del turno de oficio. Como sabrá, hace escasas fechas el Gobierno central ha decidido abonar en aquellas comunidades autónomas sin competencias en la Administración de Justicia el pago mensual de los asuntos llevados por el turno de oficio a cada profesional.

Desgraciadamente, entre dichas comunidades autónomas no se encuentra Asturias, aunque ello no significa que Asturias tenga el total de competencias en el ámbito de la Administración de Justicia, pues, por poner un ejemplo, si se quiere demandar por responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia por funcionamiento normal o anormal de esta solo cabe recurrir, a nivel administrativo, al Ministerio de Justicia y sus direcciones generales.

En todo caso, parece de puro sentido común que así como la práctica totalidad de los trabajos de la naturaleza que estos sean se abonan al finalizarlos y al margen de funcionarios, asalariados, etcétera, que cobran mensualmente, como digo, parece de puro sentido común que en los colectivos de abogados y procuradores del turno de oficio suceda exactamente lo mismo, es decir, se abonen las retribuciones, mayores o menores, de forma mensual como es costumbre general.

Por otro lado, vuelvo a instar a que se traslade más personal funcionarial expresamente a la resolución de expedientes de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, ya que es sabido que está absolutamente desbordado de carga de trabajo pues el personal dedicado a estas labores hace todo lo que puede pero resulta absolutamente escaso. Ello conlleva indefectiblemente que todo vaya con una lentitud exasperante, se cometan errores como entender que un ciudadano no tiene derechos a los beneficios de la justicia gratuita por superar los baremos económicos para ello cuando, finalmente, ello no es así y somos los profesionales los que tenemos que vérnoslas y deseárnoslas para finalmente poder cobrar, si bien ello resulta sumamente difícil, pues si se deniega la justicia gratuita y a la par el ciudadano en concreto no tiene recursos económicos, en lugar de revisar la denegación de la justicia gratuita por motivos económicos y, una vez ello, rectificar y abonar los gastos ocasionados por ese ciudadano que tiene el derecho reseñado, que sería lo normal y razonable, finalmente en la grandísima parte de los casos tanto el abogado como el procurador han realizado su trabajo como mejor han entendido y quedan finalmente sin cobrar por ello, lo cual resulta injusto a todas luces. E insisto en que ello seguramente obedece al muy escaso funcionariado destinado en este campo, con los consiguientes errores normales dada la cantidad inmensa de asuntos que deben resolver.

En conclusión, un buen gobernante lo que en esta situación decidiría es acordar el pago mensual a abogados y procuradores del turno de oficio a fin de no entrar en agravios comparativos con las comunidades autónomas donde se van a abonar mensualmente merced a la decisión del Ministerio de Justicia; aumentar de forma muy considerable la plantilla que compone la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita a fin de agilizar todos los trámites y evitar errores como el expuesto de realizar un trabajo y por una deficiente cuantificación económica dejar al ciudadano sin el derecho a pleitear de forma gratuita teniendo todo el derecho a ello; y que, por otro lado, no hay que ser muy visionario para ser conscientes de la situación económica precaria que actualmente vivimos y el consiguiente número de personas sin trabajo, todo lo cual no hará sino que cada vez más ciudadanos tengan derecho a la justicia gratuita, por lo cual es ahora el momento de tomar las decisiones pertinentes para que el presente caos al respecto se vaya transformando en un adecuado orden.

Deseo y le insto a que por el bien común y de todos adopte decisiones que resuelvan los problemas indicados a la mayor celeridad posible. Que así sea.

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