La CNMC ha abierto expediente al grupo por un episodio de «La que se avecina» emitido en 2008.
Solo en el mes de mayo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), regulador del sector audiovisual, abrió siete expedientes sancionadores a distintos operadores –cinco a Mediaset, uno a RTVE y otro a Atresmedia– por posible vulneración de la Ley General Audiovisual en diversas cuestiones relacionadas con sus mensajes publicitarios. Una de las investigaciones más llamativas, que se hizo pública el pasado 30 de mayo, se centra en un episodio de «La que se avecina» emitido recientemente en Factoría de Ficción, que está bajo la lupa del organismo regulador por incluir «una publicidad que pudiera ser calificada como encubierta de una empresa de distribución y venta de juguetes y productos eróticos, y de una marca de un estimulador de próstata».
Lo curioso es que este capítulo, titulado «Un aniversario, un peluquín y una reunión de tupper-sex», se estrenó en 2008 en Telecinco y, desde entonces, se ha repuesto 107 veces, según ha podido saber este diario. Hasta ahora, ninguna de las emisiones anteriores había sido investigada por los reguladores, quienes en esta ocasión han abierto el expediente de oficio, sin que medie denuncia de un tercero.
«Realmente no alcanzamos a entender a qué razón obedece la incoación de este expediente sancionador. Seguramente la CNMC no sea consciente de cuándo fue producido este capítulo de “La que se avecina” y cuántas veces ha sido emitido. Lo contrario sería tanto como decir que, después de diez años, Mediaset seguiría aún dando cumplimiento a un presunto (inexistente) compromiso publicitario sobre un producto que ya no es posible encontrar en el mercado, lo cual no puede ser más absurdo», explican fuentes de Mediaset. La cadena, que tiene un plazo de diez días desde que se incoa el expediente correspondiente para presentar sus alegaciones, ya ha presentado sus propios argumentos de defensa.
Desde la CNMC recuerdan que la apertura de un expediente sancionador no implica la imposición directa de una multa. La investigación puede concluir que no hubo publicidad encubierta y, por tanto, que no se vulneró la Ley General Audiovisual. En el caso contrario, las sanciones por realizar comunicaciones comerciales con técnicas subliminales oscilan entre los 100.001 y los 500.000 euros. Asimismo, recuerdan que, aunque el estreno se produjera hace unos años, se puede abrir ahora un expediente por su reciente emisión en FDF. En cualquier caso, la resolución llegará en un plazo de tres meses.
«Animadversión»
A principios de mayo, Mediaset publicó un comunicado en el que, tras las filtraciones del rechazo de sus alegaciones en otro expediente sancionador contra la compañía, protestaba por «la animadversión mostrada públicamente de forma reiterada por el presidente de la CNMC, José María Marín Quemada».
ENTRA DENTRO DE LA DESCOMPOSICION SOCIAL DE VALORES
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