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lunes, 30 de octubre de 2017

EL FISCAL SE QUERELLA POR REBELIÓN,SEDICIÓN Y MALVERSACIÓN CONTRA PUIGDEMONT Y FORCADELL

El fiscal general del Estado, José Manuel Maza

El fiscal se querella por rebelión, sedición y malversación contra Puigdemont y Forcadell.


El fiscal reclama la "exigencia de fianza y, en su caso, embargo de bienes en la cuantía que prudencialmente se fija en un importe de 6.207.450 euros".

El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ha anunciado este lunes la presentación de dos querellas por rebelión, sedición, malversación y otros conexos en el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional contra los políticos responsables de la declaración de independencia de Cataluña del pasado viernes que ha desembocado en la intervención de la autonomía por parte del Gobierno. En las dos querellas, el fiscal reclama la "exigencia de fianza y, en su caso, embargo de bienes en la cuantía que prudencialmente se fija en un importe de 6.207.450 euros [300.000 euros cada uno]", que corresponden a partidas vinculadas a la celebración del referéndum.
El fiscal general ha explicado que la querella en la Audiencia Nacional se interpone contra los miembros del Govern porque ya no gozan de aforamiento. La querella en el Supremo se presenta contra los miembros de la Mesa de Parlament que permitieron tramitar la votación de la declaración de independencia. El fiscal no pide medidas cautelares ahora, y se reserva hacerlo cuando se les cite "en atención a la gravedad de los hechos imputados".

La querella presentada ante la Audiencia Nacional va contra Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Antoni Comín, Josep Rull, Dolors Bassa, Meritxell Borràs, Clara Ponsatí i Obiols, Joaquim Forn, Lluís Puig i Gordi, Carles Mundó, Santiago Vila y Meritxell Serret. La del Tribunal Supremo, contra Carme Forcadell, Lluís Maria Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet i Pujals, todos miembros de la Mesa de Parlament que permitieron tramitar la votación de la declaración de independencia. Pese a estar disuelto el Parlament, al formar parte de la Diputación Permanente, mantienen el aforamiento del que disfrutan todos los diputados, excepto Nuet, que pese a no ser ya diputado, el fiscal considera que actuó "en unidad de acción" con el resto de querellados.
El fiscal general, en su querella, solicita la comparecencia "urgente" de los políticos querellados, a fin de tomarles declaración como investigados y de valorar la adopción de medidas cautelares personales contra ellos. Todo ello en atención "a la gravedad de los hechos y de los delitos imputados, así como de las penas previstas, la flagrancia en su comisión, la contumacia en la ilegalidad y el riesgo de reiteración en las conductas antijurídicas". En caso de incomparecencia, "el fiscal interesa la inmediata detención" de los querellados.
Maza ha afirmado en su alocución, en la que no ha permitido preguntas, que los querellados actuaron "con total desprecio a la Constitución". Según el escrito del fiscal, el 1 de octubre, el president de la Generalitat "dejaba a las claras" la estrategia del Govern: "Llevar a término el referéndum ilegal desobedeciendo los autos judiciales mediante la presión intimidatoria de la multitud, impidiendo la actuación de las fuerzas del orden público".

Violencia en el delito de rebelión

Según la querella, "la violencia que requiere el tipo" [de rebelión] no exige que se esgriman armas, ni combate, ni violencias graves contra las personas", y se basa en la sentencia de abril de 1983 contra Tejero y los golpistas del 23F. Así explica el texto la imputación por rebelión: "La concurrencia de violencia física puede no ser necesaria cuando el alzamiento por sus características y por el número indeterminado de personas implicadas, es de tal dimensión que tiene capacidad intimidatoria suficiente para disuadir de una posible actuación a las fuerzas del orden sabedoras de que cualquier oposición a los planes rebeldes, tornará el alzamiento en violento y belicoso".
"Las movilizaciones y las concentraciones tumultuarias desarrolladas en oposición a las órdenes de las autoridades judiciales, las convocatorias masivas para impedir a los agentes de la autoridad cumplir con sus funciones, los actos de acoso en forma de escraches a los miembros de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en sus lugares de trabajo y de descanso, ejemplifican cómo por parte de los querellados no se buscaba simplemente contar con el apoyo de los ciudadanos para llevar a cabo su proyecto independentista dentro de la legalidad constitucional, lo cual no sería objeto de reproche alguno, sino de llamamientos directos o indirectos, a través de las entidades soberanistas, a la movilización popular o ciudadana como medio intimidatorio y violento para conseguir el fin secesionista", detalla el texto.
"Todos los querellados, de común acuerdo con otras autoridades, funcionarios públicos y entidades públicas y privadas, unieron sus voluntades para, dentro de su respectivo ámbito de actuación, llevar a cabo el referéndum independentista y con ello la separación de Cataluña de España, promoviendo y utilizando la fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población, llamando a esta a la insurrección", resume la querella.
El texto de Maza sitúa a los Mossos como clave para los planes de los supuestos rebeldes: "La declaración de independencia impulsada por los querellados lleva ontológicamente anudada la asunción en exclusiva del mando sobre los Mossos d'Esquadra, cuerpo policial integrado por más de 17.000 efectivos armados, con el potencial efecto intimidatorio que los mismos representan para quienes intenten hacer efectiva la vigencia de la Constitución". Para el ministerio público, el delito de rebelión incluye "las invitaciones que hayan podido realizarse a determinados mandos de los Mossos d'Esquadra para facilitar la realización del referéndum, con independencia de que los mismos hayan o no aceptado la proposición".
La querella sitúa el delito de sedición como subsidiario de la posible rebelión, en caso de que los jueces entiendan que el elemento de violencia no se da en este caso. "De entenderse que algún elemento del delito de rebelión no concurre en los hechos objeto de esta querella, estos serían constitutivos de un delito de sedición", dice. "La afinidad entre el delito de rebelión y el de sedición se observa igualmente en el carácter público del alzamiento si bien aquél requiere violencia, y éste que sea tumultuario, lo que en principio equivale a que el alzamiento sea caótico, anárquico, inorgánico y desordenado, “aunque nada impediría, según opinión unánime, que de ser organizado y ordenado también se aplicara el precepto analizado”, recuerda Maza.

Declaración de independencia inequívoca

Aunque el grueso de la querella se centra en los acontecimientos de las últimas semanas, el escrito abarca todo el procés desde la declaración independentista del 9 de noviembre de 2015 a la declaración de independencia del pasado viernes. El escrito del ministerio público pretende que se acumulen en la Audiencia Nacional las causas seguidas en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y en los juzgados 3 y 13 de Barcelona.
La fiscalía concluye que "los días previos y posteriores al de la celebración del referéndum, y desde luego, el mismo día 1 de octubre de 2017, constituyeron una insurrección, un levantamiento violento alentado por los querellados, en el que el sector de la población partidario de la secesión, enardecida por sus dirigentes, desobedeció públicamente y mostró su resistencia colectiva a la autoridad legítima del Estado". Este supuesto levantamiento trataba de "impedir por la fuerza el cumplimiento de las resoluciones judiciales mediante una actuación propiciada e impulsada por los querellados para la preparación y celebración del referéndum y la consiguiente consagración de Cataluña como una república independiente".
Para la fiscalía, la votación del pasado viernes fue para una declaración de independencia en toda regla: "Los querellados, miembros del Govern, así como también los miembros de la Mesa del Parlament conseguían así su objetivo secesionista, de llegar a la declaración formal de independencia, marcado desde el inicio de la legislatura, y obtenido por la fuerza de los hechos consumados y por la imposición violenta de su objetivo frente a las resoluciones de las autoridades judiciales y las fuerzas del orden público, y en contra de la Constitución y de los fundamentos del Estado Español".
La querella de la Audiencia Nacional ha entrado inicialmente en el Juzgado Central de Instrucción número 3, en funciones de guardia este lunes y cuyo titular es Carmen Lamela. Esta magistrada deberá decidir si acumula esta querella a la causa por sedición por los altercados del 20 y 21 de septiembre, en el que fueron encarcelados Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, líderes de la ANC y Ómnium, o bien la envía a reparto.
El fiscal general del Estado ha comparecido acompañado por Luis Navajas, teniente fiscal del Tribunal Supremo; Fausto Cartagena, fiscal jefe de la Inspección; José Miguel de la Rosa, fiscal jefe de la Secretaría Técnica y Jesús Alonso, fiscal jefe de la Audiencia Nacional.
QUE PAGUEN DE SUS BOLSILLOS LOS GASTOS PÚBLICOS QUE HAN OCASIONADO Y EL DAÑO A LA ECONOMIA POR SUS LOCURAS, EL QUE QUIERA LOCURAS QUE LAS PAGUE DE SUS BOLSILLOS.

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