El Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado, la Abogacía de la Comunidad y Manos Limpias también recurrirán.
Concluye el plazo otorgado a las distintas partes para que comunicasen si apelarían o no ante el Alto Tribunal
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha dado a conocer este viernes, a través de un comunicado, qué organismos o entidades y qué personas han anunciado en la Audiencia Provincial que presentarán un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por la sentencia del caso Nóos. En concreto, han sido el Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado, la Abogacía de la Comunidad, el sindicato Manos Limpias —que ejercía la acusación popular— y los respectivos letrados de Diego Torres, de Iñaki Urdangarin y del expresidente balear Jaume Matas. El plazo para comunicar oficialmente la presentación de un recurso ante el Alto Tribunal acababa este viernes.
Cabe recordar que la sentencia del caso Nóos se hizo pública el pasado 17 de febrero. Las penas más elevadas recayeron sobre los dos creadores del Instituto Nóos. Así, Torres fue condenado a ocho años y seis meses de prisión, mientras que Urdangarin lo fue a seis años y tres meses. El fiscal Anticorrupción Pedro Horrach había solicitado en su momento 16,5 años de cárcel para el primero y 19,5 años para el marido de Doña Cristina, como presuntos autores de los delitos de prevaricación, fraude, malversación, contra la Hacienda Pública, tráfico de influencias, falsedad, estafa y blanqueo.
En el caso Nóos se intentaba dirimir, esencialmente, si hubo presuntas irregularidades en los convenios firmados por Nóos con diversas entidades públicas, si las sociedades que conformaban el grupo Nóos habrían realizado los trabajos por los que fueron contratadas y si la facturación utilizada o las condiciones laborales de los empleados fueron conformes a la ley.
En el fallo de esta causa, las tres magistradas de la Sección Primera de la Audiencia Provincial consideraron a Urdangarin autor de los delitos de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación—, fraude, tráfico de influencias y dos delitos contra la Hacienda Pública. En cuanto a Torres, el tribunal le consideró responsable de los delitos de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación—, fraude, tráfico de influencias, un delito contra la Hacienda Pública y blanqueo.
Siete condenados
Con posterioridad, el pasado 23 de febrero, tuvo lugar en la Audiencia Provincial la vista de medidas cautelares, que había sido solicitada por Horrach. Tras la vista, el tribunal acordó mantener la libertad provisional para los dos creadores del Instituto Nóos sin la necesidad de abonar ninguna fianza. En ese sentido, las magistradas rechazaron la petición del fiscal, que había solicitado prisión provisional eludible con fianza para ambos, en concreto, que Urdangarin abonase 200.000 euros y que Torres entregase 100.000 euros para evitar su ingreso en la cárcel.
El auto del tribunal fijó finalmente, como únicas medidas cautelares, que Urdangarin deberá comparecer el día 1 de cada mes ante la autoridad judicial de su actual país de residencia —Suiza— y que deberá comunicar al tribunal cualquier desplazamiento fuera de la Unión Europea o cualquier cambio de residencia, incluso temporal. Por lo que respecta a Torres, el tribunal decretó para él las medidas cautelares de prohibición de salir del territorio nacional, entrega del pasaporte y comparecencias en el Juzgado más próximo a su domicilio el día 1 de cada mes. También deberá comunicar cualquier cambio de residencia, incluso temporal.
De los 17 acusados en el juicio del caso Nóos, finalmente fueron condenados siete, mientras que los diez restantes fueron absueltos. Las cinco personas que, aparte de Torres y de Urdangarin, también fueron condenadas son los integrantes de la llamada «trama balear». A Matas se le impuso una pena de tres años y ocho meses de cárcel, por un delito de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación— y otro de fraude. A los otros cuatro condenados, el tribunal les impuso penas menores de dos años de prisión, que podrán ser sustituidas por una multa.
Diez absueltos
Por lo que respecta a las diez personas finalmente absueltas, se exculpó a la Infanta del delito de cooperadora necesaria que le atribuía Manos Limpias en relación a los dos delitos fiscales cometidos por su marido a través de Aizoon. La titularidad de dicha mercantil era compartida a medias por el matrimonio. La sentencia señalaba que Doña Cristina debería abonar, sin embargo, una multa de 265.088 euros, al considerarla el tribunal responsable civil a título lucrativo de las irregularidades tributarias cometidas por su esposo. El tribunal absolvió también a la esposa de Torres, Ana María Tejeiro, a quien sólo se impuso una sanción de 344.934 euros.
Asimismo, fueron también absueltos los cinco ex altos cargos de la Comunidad Valenciana imputados en esta causa. En concreto, el exvicealcalde de Valencia, Alfonso Grau; el ex director general de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, Jorge Vela; su ex directora de gestión, Elisa Maldonado; el ex secretario autonómico de la Generalitat Valenciana Luis Lobón; y el sucesor de Vela, José Manuel Aguilar. Además, fueron igualmente exculpados el excontable del Instituto Nóos, Marco Antonio Tejeiro, la antigua consejera delegada de la candidatura Madrid 2016, Mercedes Coghen, y el asesor Salvador Trinxet.
EL CASO ES DEMORAR LA ENTRADA EN LA CÁRCEL Y QUE EL TIEMPO PASE, ESTE CASO FUE MUY MAL JUZGADO Y LOS CULPABLES VIVEN COMO SI NADA PASARA EN LA CALLE, TEMO QUE NO ENTREN EN LA CÁRCEL, EL PUEBLO SUELE OLVIDARLOS.
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