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miércoles, 9 de mayo de 2012

ESPAÑA EN LA QUIEBRA MORAL Y ECONÓMICA

Ruta del Cares-Picos de Europa.España(Foto J.A.Miyares)

Un vocal del Poder Judicial denuncia al presidente del Supremo por malversación.

Gómez Benítez acusa a Dívar ante el fiscal general del Estado de gastar 5.658 euros de dinero público en viajes privados de fines de semana a hoteles de lujo
El vocal del Poder Judicial José Manuel Gómez Benítez denunció ayer ante la Fiscalía General del Estado a Carlos Dívar, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, por considerar que ha podido cometer un delito de malversación de caudales públicos al cargar a los presupuestos de este último organismo gastos de viajes privados, siempre coincidiendo con fines de semana, muchos de ellos ampliados a cuatro días, en hoteles de lujo de Puerto Banús (Marbella, Málaga) y restaurantes caros.

El citado vocal, que ya propuso hace varias semanas un plan de austeridad para evitar despilfarros del organismo en los viajes, presentó ayer un escrito ante el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, en el que explica que el presidente Carlos Dívar endosó al Consejo las facturas de al menos seis viajes no oficiales, todos ellos realizados en fines de semana entre septiembre de 2010 y noviembre de 2011 por importe de 5.658,88 euros y todos con el mismo destino: uno de los hoteles de lujo de Puerto Banús.

Gómez Benítez recuerda en su denuncia que el presidente Dívar “no tiene su domicilio en Málaga, sino en Madrid, y no consta en los expedientes [cuyos datos ha puesto a disposición de la Fiscalía] actividad oficial alguna que los motive, y que estas actividades no suelen tener lugar los fines de semana”.

Señala también Gómez Benítez que los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los escoltas del presidente del Consejo General del Poder Judicial (entre cinco y siete agentes) por estos viajes ascendieron a 26.741,85 euros y que, aunque “deben legalmente ser cargados al presupuesto del Consejo, se incluyen en el escrito porque son indicativos del gran costo que estos desplazamientos de fines de semana con tan elevado número de escoltas suponen para la Hacienda Pública”.

Infraestructuras propone cobrar una tasa por el uso de la red viaria.
El borrador de la Lei de Estradas incluye el canon para “generar recursos”
La Xunta sostiene que la norma se limita a fijar el uso de los actuales peajes

Más allá del peaje en las autovías, la Xunta plantea otra alternativa para contribuir a la financiación de las actuaciones en la red de carreteras de Galicia: cobrar una tasa por su uso. Así figura en el borrador de la Lei de Estradas de Galicia, que la Consellería de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio llevará al Consello de la Xunta este verano. La norma modifica por completo el sistema de financiación actual, basado en la consignación de la Administración a través de sus Presupuestos y de los peajes.

La futura ley establece la posibilidad de generar recursos por la explotación de las carreteras. Es ahí, en el apartado b de su artículo 31, donde se introduce “la implantación de una tasa por uso de la red de carreteras”. La redacción remite a propuestas como la realizada hace semanas por el Colegio de Ingenieros de Caminos y Puertos de Galicia para crear un canon por la utilización de la red viaria, rápidamente rechazada por las asociaciones de transportistas. La consellería, sin embargo, sostiene que no implica ningún cambio con respecto a la ley en vigor.

La norma que rige en la actualidad el sector, de 1994, no establece tasas de ningún tipo. Pese a ello, Infraestructuras señala que la nueva ley “no crea tasas”, sino que “indica cuáles de las existentes se pueden destinar a la financiación de las actuaciones en carreteras”, en referencia a los peajes. Pese a esta explicación, la norma que tramita la consellería de Agustín Hernández diferencia claramente entre peajes y tasas, y en su artículo 34, sobre modos de explotación de la red viaria, establece que esta, travesías incluidas, será de utilización gratuita para el usuario, “salvo que se establezca una tasa por su uso”.



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