Declaran procedente un despido por «ineptitud sobrevenida»: tardaba más de una hora en hacer tareas de cinco minutos
El TSJM declara válidos los argumentos de la empresa, mientras que la trabajadora aseguró que detrás existía otro tipo de conflicto laboral
El uso de redes sociales para vender productos durante la jornada laboral es motivo de despido procedente
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado procedente el despido de una trabajadora a la que su empresa comunicó el cese por causa de «ineptitud sobrevenida» amparándose en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores que reconoce esta situación.
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