La Justicia da la razón al Govern balear y avala el confinamiento forzoso de los estudiantes por el macrobrote
El TSJB anula la decisión judicial que ordenó la salida de los jóvenes del hotel medicalizado en Palma el pasado mes de junio
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha dado la razón al Govern balear y avala el confinamiento forzoso de los estudiantes en viaje de estudios que fueron obligados a guardar cuarentena en el hotel Covid de Palma este verano, tras el macrobrote originado en Mallorca. La resolución judicial revoca, en parte, el auto dictado por el juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Palma que anulaba la decisión de la directora general de Salud Pública, Maria Antònia Font, de ingresar a todos los jóvenes en el hotel medicalizado para cumplir la cuarentena. Font fue imputada por un presunto delito de detención ilegal, al ordenar el traslado forzoso de todos los estudiantes al hotel medicalizado y prohibir el retorno a sus casas.
De este modo, el Govern que preside la socialista Francina Armengol ha ganado el recurso de apelación contra la sentencia que obligó a dejar en libertad a todos los estudiantes que no habían dado positivo en coronavirus o a los que se negaron a hacerse la prueba. En concreto, fueron 181 jóvenes los que pudieron abandonar el hotel y regresar a sus lugares de origen. La sentencia no tiene ningún efecto práctico, ya que no queda ningún estudiante confinado en el hotel Covid.
Cabe recordar que la juez tomó esta decisión señalando que el Govern no había acreditado que estas personas eran contactos estrechos de los contagiados en el brote detectado. Asimismo, consideraba que no era una medida proporcionada al limitar un derecho fundamental. Sin embargo, los magistrados del TSJB sí creen, a diferencia de la magistrada, que la decisión del Govern «fue proporcionada» y que no existía «alternativa posible» porque se limitó a aplicar el consejo de los técnicos epidemiológicos, que recomendaban el confinamiento masivo.
«La juez carecía de conocimientos epidemiológicos»
En el auto del TSJB conocido este martes, sobre el que cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, los jueces concluyen que «la juez, como nosotros mismos y, en fin, como cualquier otro juez, carecía de conocimientos epidemiológicos», y que en ese momento existía un peligro grave para la salud pública, ante la posibilidad de un contagio masivo, por lo que la decisión era «idónea».
No obstante, añaden los magistrados, si en lugar de la ratificación de las medidas sanitarias se tratara de un proceso de impugnación de la decisión de la Administración por cualquier afectado, la parte recurrente «seguramente afrontaría la necesidad de desvirtuar la conclusión del informe técnico epidemiológico en el que se sustenta la decisión administrativa».
En tal caso, la juez, «de llegar a contar en ese proceso con informes discordantes» con el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, «sí que podría concluir» que se había desvirtuado la decisión. «Pero no es el caso», concluyen.
Ante estos argumentos, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJB estima el recurso de apelación presentado por el Govern contra el auto judicial y lo revoca, pero únicamente sobre su decisión de no avalar el confinamiento forzoso de los estudiantes del macrobrote que no dieron positivo en Covid.
LA CONSTITUCIÓN EL PAPELERA
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