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jueves, 10 de diciembre de 2020

EL VÍA CRUCIS JUDICIAL DE LA FAMILIA FRANCO PARA RETENER SU PATRIMONIO EN GALICIA

 El «vía crucis» judicial de la familia Franco para retener su patrimonio en Galicia

El proceso que, provisionalmente, otorga la propiedad de Meirás al Estado tras una controvertida sentencia es apenas un avance de los pleitos que están anunciados.

El 15 de diciembre de 1938, en plena Guerra Civil, Francisco Franco viaja a Galicia para recibir, de manos de una junta de notables de La Coruña, la propiedad del Pazo de Meirás. Del pomposo acto quedó constancia en la prensa local y en un «Pergamino» en el que se glosaban las razones por las que se entregaba al general del ejército sublevado la antigua residencia de Emilia Pardo Bazán, adquirida a sus descendientes mediante una controvertida cuestación popular. Cuarenta y dos años después, casi en las mismas fechas, los Franco se ven obligados por sentencia judicial a entregar provisionalmente al Estado la propiedad del Pazo y el conjunto de muebles de su interior. Es un punto de inflexión en la historia, que además abre la puerta a una serie de procesos judiciales impulsados desde las administraciones públicas que obligarán a los nietos del dictador a defender su patrimonio en los tribunales.

La sentencia del pasado 2 de septiembre acogió íntegramente los argumentos expuestos en su demanda civil por la Abogacía del Estado. La titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de La Coruña, Marta Canales, consideró que durante la dictadura el Pazo de Meirás había sido gestionado como una residencia más de la Jefatura del Estado, diferenciando esta figura de Francisco Franco como persona privada, y que fueron las arcas públicas las que sufragaron su mantenimiento y mejora de manera casi exclusiva. El fallo consideró residual que el dictador abonara el IBI del Pazo o los seguros. Por tanto, estimó que en base al principio legal de la usucapión, es decir, la posesión continuada de un inmueble en concepto de dueño, el Estado adquirió la propiedad del mismo, que al convertirse en un bien público no puede revertir nunca a manos privadas, por lo que los herederos de Franco no tienen margen para reclamar su propiedad. Fue este, el de la usucapión, el argumento jurídico que produjo el cambio de titularidad, frente al relato interesado de que la sentencia hacía justicia por la eventual adquisición irregular del Pazo por parte de Franco en 1938 (cuando lo recibió como donación) y en 1941 (cuando decide inscribirlo a su nombre en el registro de la propiedad a través de una compraventa).

No obstante, el fallo arrojaba algunas zonas de sombra que, previsiblemente, habrán de ser clarificadas por la Audiencia Provincial cuando resuelva el recurso de apelación presentado por la familia. Por ejemplo, la juez consideró que los Franco habían sido poseedores de mala fe y les negó el derecho a que se les abonaran los gastos necesarios de mantenimiento de Meirás desde que el Estado dejó de hacerlo en noviembre de 1975, a pesar de que el Código Civil así lo establece. La familia alega que el Pazo ardió por completo en 1978 y que su reconstrucción en los años 90 corrió a cargo de Carmen Franco, sin un solo euro público, por lo que deberían ser indemnizados por ese concepto.

La última controversia, todavía en disputa, ha sido la referida a los muebles de Meirás. La demanda de la Abogacía se refirió en todo momento al bien inmueble (reconocido incluso por el abogado del Estado jefe en Galicia), pero la sorpresa mayúscula de la familia vino cuando en un escrito de medidas cautelares solicitó un inventario de los enseres del interior del Pazo y su depósito judicial hasta que se dirima, ya con sentencia firme, qué objetos son inalienables del inmueble y cuáles pertenecen a los Franco. Cansados de pleitear, los Franco llegaron a proponerle al Estado la cesión de los muebles a cambio de una compensación económica, siempre que previamente se reconociera que son de su propiedad. No han tenido respuesta. En el ánimo del Estado está no abonarle cantidad alguna a la familia, como quedó patente al modificar su criterio entre la presentación de la demanda y la vista preliminar del juicio: inicialmente sí consideró que debía de indemnizar por los gastos, pero en el último minuto optó por negarse, un cambio de opinión consentido por la juez Canales.

El pasado viernes, y siguiendo el guión que ha marcado todo este procedimiento, la magistrada hizo suyas las reclamaciones de la Abogacía del Estado y decretó el depósito judicial de todos los bienes localizados dentro y fuera del inmueble, que quedarán bajo la tutela de la Administración. En su razonamiento, la juez Canales considera legítima la preocupación del Estado de que dentro del inventario de bienes puede haber alguno de su propiedad, pero aplazó dilucidar esta cuestión al momento en que haya sentencia firme. «¿Podía permitirse que los demandados trasladasen todo tipo de bienes, desconocidos, en los camiones?», se preguntó la magistrada, «la respuesta se imponía cautelarmente, no; era necesario saber qué existía en Meirás».

«Será, hecho el inventario, cuando el Estado tendrá que plantear qué bienes entiende que han de ser entregados o no», y la familia Franco «podrá discutir qué bienes forman parte, cuáles no, o lo que tengan por conveniente, incluso negándolo todo». Pero, entendió la juez, de no procederse al inventario y al posterior depósito de todos los bienes «nunca podría debatirse si, por ejemplo, un escudo se integra o no en la ejecución y propiedad del Estado, porque los bienes habrían, simple y llanamente, desaparecido». Además, la juez justificó que el Estado no hubiera reclamado la propiedad de ningún bien mueble de Meirás dado que «no había podido entrar» en el inmueble.

Los Franco solo han podido retirar del Pazo los mínimos «objetos de estricto uso personal o que, por sus características, nada aporten a la significacion del Pazo como Bien de Interés Cultural, y cuya retirada nada comprometa los posibles usos definitivos que se decidan para el Pazo, en el caso de que llegue a confirmarse la sentencia». Es decir, nada o casi nada. Ni siquiera sus abogados han sabido aclarar cuánto abarcaba esta fórmula empleada por la juez Canales. Encima de un armario, en un rellano, quedaron hasta las raquetas de pádel.

Casa Cornide, siguiente pleito

El siguiente inmueble en el punto de mira de las administraciones públicas es la conocida como Casa Cornide, un palacete del siglo XVIII ubicado en la ciudad vieja de La Coruña, frente a la Colegiata de Santa María del Campo. Las vicisitudes históricas fueron inversas a las del Pazo de Meirás: Cornide fue durante un tiempo un bien público, primero comprado por el Ministerio de Educación Nacional en 1949 para instalar allí un conservatorio de música, posteriormente cedido al Ayuntamiento coruñés durante el mandato de Alfonso Molina como alcalde, y finalmente vendido en subasta pública en 1962, cuando lo compró por 300.000 pesetas el financiero Pedro Barrié de la Maza, uno de los notables que en 1938 había promovido que Meirás acabara en manos de Franco. En apenas dos días, Barrié adquirió la Casa Cornide y la revendió a Carmen Polo por el rebajado precio de 25.000 pesetas.

La Casa Cornide no tiene la impronta simbólica de Meirás, porque de hecho no fue una residencia a la que acudiera el dictador con frecuencia. Bien al contrario, era Carmen Polo quien la frecuentaba cuando viajaba hasta La Coruña tras la muerte de Franco en noviembre de 1975 y no quería abrir el Pazo, que por sus dimensiones obligaba a un desplazamiento de personal e intendencia elevado. Mientras que en la documentación de la Casa Civil del Generalísimo quedaron probados abundantes pagos de mantenimientos en Meirás que excedían de largo las necesidades propias de una residencia del Jefe del Estado, de Cornide no se ha hallado ningún desvío de fondos. Sí han aparecido registros de pequeñas obras de restauración y mejora sufragadas por el Ayuntamiento de La Coruña entre 1962 y 1978, por un importe total de 8.105 euros. El consistorio duda además de que conste el pago de distintos impuestos municipales referidos al inmueble. La vía jurídica que está estudiando un comité de expertos impulsado por el Ayuntamiento (gobernado por la socialista Inés Rey) es cómo se pudo desafectar el inmueble para su venta en subasta. Se espera que para antes de final de año se presenten sus conclusiones. La alcaldesa ya ha avanzado que demandará para recuperar Cornide.

Los Franco pusieron a la venta la Casa Cornide en el mes de julio, en mitad del juicio por la propiedad de Meirás. En el anuncio, publicado por un conocido portal inmobiliario, se hacía referencia como principales características a sus 11 habitaciones, 13 baños y 1.430 metros cuadrados. En la descripción que lo acompañaba se hacía alusión a una «exclusiva propiedad del año 1900, reformada en 1964 y recientemente en el 2018». Meses más tarde, en noviembre, el mismo portal deslizó el precio solicitado: 3,5 millones de euros.

Las estatuas del Maestro Mateo

El frente judicial que acecha a los Franco no es solo por estos dos inmuebles, sino también por dos piezas de valor incalculable: las esculturas pétreas de los profetas Isaac y Abraham salidas del cincel del Maestro Mateo, el artista que en el siglo XII moldeó el Pórtico de la Gloria de la Catedral de Santiago, donde estas figuras estuvieron inicialmente. Quien las reclama como propias es el Ayuntamiento de la capital de Galicia, que las compró al Conde de Ximonde en 1948 por 60.000 pesetas, y que decoraron la escalinata principal del Pazo de Raxoi durante los años siguientes. Sin embargo, a mediados de los 50 ya aparecen documentadas en el recinto de Meirás. En los setenta está documentado que estuvieron en el acceso interior de la Casa Cornide, pero en los últimos años se las ubica en la capilla del Pazo, de donde han salido para distintas exposiciones dedicadas al Maestro Mateo.

El consistorio compostelano acumula hasta la fecha dos derrotas en tribunales de Madrid para reclamar la propiedad de las estatuas. En febrero de 2019, una juez rechazó su reclamación en primera instancia al entender que los Franco habrían adquirido la propiedad por usucapión, reprochándole incluso al Ayuntamiento «dejadez» en la protección de su patrimonio. En diciembre de ese mismo año, la Audiencia Provincial de Madrid volvía a dar la razón a la familia del dictador, esta vez cambiando de argumento: Santiago no habría sido capaz de probar que las estatuas que reclama son las mismas que decoran la capilla de Meirás. El proceso judicial, iniciado por el anterior alcalde compostelano, el populista Martiño Noriega, ha sido mantenido por el actual regidor, el socialista Xosé Sánchez Bugallo, con recurso ante el Tribunal Supremo y la constitución de un comité de expertos para abordar un nuevo proceso en primera instancia, luego de que apareciera documentación inédita en los archivos municipales. Las dos estatuas están declaradas Bien de Interés Cultural, por lo que los Franco tienen limitada su capacidad para disponer de ellas en función de lo que establece la legislación autonómica.

HA SIDO UNA INQUINA TOTAL Y CREACIÓN DE UN RELATO POLÍTICO DE DESPRESTIGIO.

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