CUANDO SÓLO QUEDAN LOS ECOS.
Pese a los azares que vivimos en el HGA, me siento muy unido al que fue mi centro de trabajo durante 37 años desde febrero de 1965; y no solo al Hospital, sino también a quienes fueron mis compañeros en sus distintas profesiones y oficios. Y este sentimiento, que creo compartido, creció según nos fuimos jubilando, e incluso aquellos menos afines son ahora amigos. Mi afecto se extiende a los colegas del Covadonga. Por tanto, estas líneas no son de reproche al HGA ni al INSS, que siempre me consideraron un buen profesional; solo relatan una singular aventura administrativa de género novelesco. Añado que aun siendo incómodo contarla en primera persona, esta vez no voy a delegar en el imaginario “amigo de Gijón”, que en otros textos me sirvió de tapadera.
En marzo de 1997, el HGA me jubila, con cinco años de antelación pues mi contrato concluía a los 70 años y no a los 65, como era habitual; cesa el salario y paso a pensionista. El proceso ante la Sala de lo Contencioso del TSJA terminó en octubre del 2000, con sentencia de reincorporación al puesto –que fue el 1 de febrero de 2000– y de abono de las retribuciones dejadas de percibir en esos casi cuatro años, más los intereses de mora; el HGA la cumplió excepto en su particular interpretación del fallo que añadía “previa deducción de las cantidades recibidas en razón de su situación de retiro forzoso”. Lo que no hizo el HGA es devolverle al INSS, como se entendía, tales cantidades abonadas por este como pensión, y retenidas por el HGA; el INSS se las reclamó dos veces al HGA en 2002 y, ante la negativa de este, me reclamó el pago de 96.419 euros, de una vez o, cuando menos, en plazos mensuales de 1.634. Tras dos años de trámites, en julio de 2003 de nuevo hube de recurrir al TSJA, y demandar que el Principado pagara al INSS la cantidad citada, como devolución de mi pensión. El 23 de septiembre de 2003 –festividad de Santa Tecla–, tras tres años más de litis, la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJA resuelve que, naturalmente, es el Principado el que debe devolver al INSS dicha cantidad, e informa a este de tal providencia; y el INSS, a mí de que el HGA ya le ha pagado, que nada le debo y que fumamos la pipa de la paz, pero no me ofrece ni una perrona a título de honorarios por el trabajo que le ahorré, como procurador y letrado en funciones, para que recuperara su dinero de la pensión.
Otra curiosidad, previa a tal episodio, es que, estando a punto de reincorporarme a mi puesto, en enero de 2001 recibo un insólito requerimiento de la secretaria de gerencia para que, antes de incorporarme, acuda a una reunión a cuatro con gerente, director, médico y jefe de personal. Cumplí tal citación, pero, por preferir los vis a vis, les visité de uno en uno, y se me repuso en el puesto. Habían pasado casi cuatro años desde el cese indebido. Aún me quedaban trece meses y una semana para volver las cosas a su sitio y recuperar, ipso facto, el despacho que me encontré ocupado. No imaginaba entonces que se avecinaba la extraordinaria aventura referida.
ESTA CARTA CONFIRMA EL FUNCIONAMIENTO DE NUESTRA SANIDAD PÚBLICA QUE VENGO TANTAS VECES DENUNCIANDO.
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