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martes, 19 de abril de 2022

SEGURIDAD NACIONAL ABUSIVA.

 Seguridad nacional abusiva

El Consejo de Estado ha emitido un informe con un severo rapapolvo a una nueva ley del Gobierno por su indiscriminado afán requisatorio, impositivo e intervencionista

Una vez más, las instituciones del Estado que tienen atribuida la función de asesorar al Gobierno con informes preceptivos, aunque no sean vinculantes, se han topado con el afán intervencionista del Gobierno. Tal y como revela ABC, ahora es el Consejo de Estado quien deja en evidencia al Ejecutivo con serios reproches al proyecto de ley de Seguridad Nacional, en especial contra la pretensión de La Moncloa de que en supuestos de crisis nacionales se suprima sin excepción cualquier indemnización del Estado a los ciudadanos que vean restringidos sus derechos y libertades, o les sean requisados temporalmente bienes de todo tipo. La nueva ley regula la imposición de prestaciones obligatorias -por ejemplo a los sanitarios durante una pandemia- sin derecho a compensación alguna.

El Consejo de Estado no llega a alertar de la inconstitucionalidad de esa medida, pero sí sostiene que ni esto está expresamente previsto en la Constitución ni se garantiza el derecho de cualquier ciudadano de ver protegido el principio de indemnidad. En definitiva, lo que propone Pedro Sánchez es tener libertad absoluta desde el Consejo de Ministros para una requisa general de bienes con carácter confiscatorio y sin compensación para los particulares, bien sean del sector privado o del público.

Además, el Consejo de Estado desvela el tramposo doble juego del Gobierno con esta ley. Por un lado, La Moncloa argumenta que esta previsión de requisar, imponer e intervenir sistemáticamente en caso de emergencias es idéntica a la que en su día se reguló en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil. Y por otro, el Gobierno añade que esa ley fue declarada constitucional por el TC. Sin embargo, oculta ladinamente que si bien el TC rechazó un recurso de la Generalitat de Cataluña contra esa norma de Protección Civil, lo hizo porque ese Ejecutivo autonómico no tenía competencias, y no porque entrase a enjuiciar el fondo del asunto. El Gobierno, por tanto, no dice toda la verdad, sino solo la que le conviene, olvidando por cierto que el antecedente de esa idea era otra ley sobre protección civil de 1985 que sí fue declarada inconstitucional. Aquella ley preveía que en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, el Gobierno podía obligar a todos los residentes de una zona geográfica a realizar prestaciones personales sin derecho a indemnización. Pero lo regulaba de modo muy distinto a como se hace ahora: eludía la indiscriminación y solo forzaba a los desempleados que estuvieran recibiendo una prestación pública, a quienes realizaban la prestación sustitutoria del servicio militar, y a los excedentes anuales de la ‘mili’. Hoy, con las fases más duras de la pandemia como infausto recuerdo, el Consejo de Estado sostiene que algunas autonomías impusieron a sus sanitarios prestaciones forzosas -y era natural-, pero en muchas de ellas la reacción que provocaron los gobiernos regionales fue adversa, incluso aunque esos sanitarios cobraran dietas e indemnizaciones. Si eso se extendiese ahora también al sector privado, las consecuencias serían imprevisibles.

El Gobierno sigue legislando a su manera, sin apenas dejar margen a los órganos consultivos del Estado o a las autonomías para dar su opinión. Las comunidades tuvieron un día para alegar; el Consejo de Estado, seis, y las casi 4.000 alegaciones de ciudadanos, empresas y asociaciones se tuvieron que plantear en tiempo récord, sin poder analizar a fondo el proyecto. Y por cierto, la mayoría de ellas apuntando a su inconstitucionalidad. El tiempo dirá con qué textualidad se aprueba la ley, pero dada la reactividad del Gobierno a asumir recomendaciones, cabe dar por garantizadas altas dosis de intervencionismo abusivo.

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