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jueves, 26 de septiembre de 2019

PROSEGUR,SECURITAS Y LOS SINDICATOS,CONDENADOS POR ANULAR LA SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO EN EL CONVENIO.

SMI prosegur

Prosegur, Securitas y los sindicatos, condenados por anular la subida del salario mínimo en el convenio


Las dos empresas de seguridad pactaron con CC OO, UGT y USO consolidar complementos al sueldo para evitar subir el SMI.

La Audiencia Nacional ha condenado a CC OO, UGT y USO por haber firmado los convenios colectivos de Prosegur y Securitas en los que se "anulaba" la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 900 euros. La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) había demandado a los tres sindicatos para impugnar estos dos convenios colectivos. En concreto, CSIF asegura que en ambos convenios colectivos, aprobados y firmados por CC OO, UGT y USO, se suprimen los extra de transporte y vestimenta para compensar la subida del SMI
Desde que entró en vigor el real decreto de subida del salario mínimo a 900 euros el pasado 1 de enero, estas dos empresas de seguridad sistemáticamente eliminaron los pluses que sus trabajadores recibían, que rondaban los 40 euros mensuales, para pasar así a integrarlos en el salario base, según denunció CSIF. A finales de abril, añade el sindicato, CC OO, UGT, USO y estas empresas de seguridad firmaron el convenio colectivo en el que se recogía la eliminación de estos pluses con carácter retroactivo a 1 de enero.
En este contexto, la Audiencia Nacionalda la razón a CSIF y les recuerda en la sentencia que la compensación y absorción de los pluses de transporte y vestuario con el nuevo salario base tras la subida del SMI "no es posible". "No es posible legalmente compensar y absorber un concepto salarial y pluses extra salariales por cuanto el Estatuto de los Trabajadores contempla únicamente la compensación y absorción entre salarios, al igual que ocurre con el SMI", apunta la sentencia. Poves ha explicado que las sentencias de la Audiencia Nacional no anulan los nuevos convenios ni la eliminación de los pluses desde su entrada en vigor, en junio, pero sí la aplicación con retroactividad desde el 1 de enero.
La Audiencia Nacional afirma que lo que hicieron ambas empresas en su convenio colectivo es "una técnica de neutralización" de los incrementos, de manera que el salario percibido realmente por la persona trabajadora no varía en este caso tras la aplicación del real decreto de subida del SMI.
El portavoz de CSIF, Pedro Poves, ha criticado que CC OO y UGT actúen "de una manera de cara a la galería", pero ha afirmado que en la práctica "se comportan de manera distinta". Los tres sindicatos firmaron este acuerdo, según CSIF, justificando que se trataba de "evitar una pérdida de competitividad de las empresas con resultados negativos para el mantenimiento del empleo".
CSIF, por su parte, ha rechazado esta premisa, porque "se trata de las dos principales empresas de seguridad de este país" y ambas tienen "las cuentas saneadas". Para conseguir la devolución de los extra de enero a mayo, los trabajadores afectados en ambas empresas tendrán que recurrir ante un juzgado de lo social de forma individual. Según CSIF, en España existen actualmente más de 8.000 trabajadores afectados por esta situación.
¡QUÉ PENA DE SINDICALISMO VENDIDO¡

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