Se agotan los plazos para circular sin la etiqueta ECO en el coche
La etiqueta podrá comprarse, con cita previa, en las oficinas de Correos y tendrá un precio de 5 euros
Los coches y motos más antiguos del parque móvil, los que no cuentan con la etiqueta medioambiental de la Dirección General de Trafico (DGT), no podrán circular por Madrid en días de alta contaminación. Así consta en el nuevo protocolo contra la polución, más restrictivo y con mayor radio de acción que su predecesor, expuesto por el Ayuntamiento el pasado mes de mayo. El articulado, entrará en vigor después de verano.
Estos vehículos a los que no les corresponde la etiqueta por considerarse demasiado contaminantes son los de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006, incluidas las motocicletas. Y, según los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), en la Comunidad de Madrid hay 1,8 millones de vehículos con estas características.
No obstante, los titulares de vehículos que lo deseen pueden adquirir el distintivo medioambiental en las oficinas de Correos por un precio de 5 euros. Para hacerse con ella, hay que acudir directamente a las oficinas de Correos con la documentación del vehículo (permiso de circulación). Conviene ponerse previamente en contacto con la oficina para saber si disponen en ese momento de la pegatina que nos corresponde. Pincha aquí para localizar tu oficina más cercana.
También la Confederación Española de Talleres (CETRAA) ha puesto en marcha un plan de emisión de distintivos ambientales que permitirá a los talleres suministrarlos a sus clientes. De esta manera, CETRAA posibilita a los talleres la prestación de un servicio de valor añadido para sus clientes al tiempo que contribuye a la mejora del medioambiente. Las asociaciones provinciales tienen un papel esencial en este proyecto ya que serán las encargadas de emitir los distintivos para los talleres que lo demanden. Pincha [AQUÍ] para acceder al listado de talleres.
Asimismo los colegios de Gestores Administrativos, colaboradores de Tráfico desde los inicios de la tramitación, están imprimiendo y facilitando los distintivos medioambientales de la Dirección General de Tráfico.
Con este servicio los gestores administrativos cierran el círculo de la tramitación y la gestión integral entorno a tráfico y el vehículo, ofreciendo a sus clientes toda la documentación definitiva: matriculación, transferencia, permisos de circulación, fichas técnicas y ahora, distintivos medioambientales. Las pegatinas se pueden solicitar en cualquiera de los casi seis mil despachos de Gestores Administrativos que conforman la red profesional.
La colocación del mismo es voluntaria, pero se recomienda pegarla en lugar visible para facilitar la identificación del vehículo y beneficiarse así de las ventajas que las distintas autoridades puedan establecer a este tipo de vehículos más respetuosos con el medio ambiente. Los titulares de estos vehículos que quieran consultar la etiqueta que les corresponde pueden hacerlo a través de la web de la DGT introduciendo la matrícula de su vehículo.
Esta clasificación tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y ser un instrumento eficaz en políticas municipales, tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente.
Se enmarca dentro de las medidas del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera (Plan Aire) en el que se afirma que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.
Qué pegatinas debemos comprar
La DGT ha puesto en su página web un buscador en el que, escribiendo nuestra matrícula, se nos indica qué distintivo tendremos que llevar. Estas son las cuatro pegatinas de la DGT y su significado:
-Pegatina cero emisiones: De color azul, está reservada para ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
-Pegatina ECO: Mitad verde mitad azul, está destinada a Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km bridos="" c.="" caso="" criterios="" culos="" cumplir="" de="" deber="" del="" en="" enchufables="" etiqueta="" gas="" gnl="" h="" la="" leo="" licuado="" los="" n="" natural="" no="" o="" petr="" por="" propulsados="" strong="" todo="" veh="" y="">40km>
-Pegatina C: De color verde, deberán llevarla turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. También deberán llevarla vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4, 5 y 6 y en Diésel la Euro 6.
-Pegatina B: De color amarillo, deberán llevarla turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. También deberán llevarla vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.
Las motocicletas, también
La clasificación medioambiental incluye también a las motos y ciclomotores, ya que la Dirección General de Tráfico ha clasificado al parque de motocicletas y ciclomotores en función de su potencial contaminante, como hizo meses atrás con el resto de vehículos, cumpliendo así una de las medidas del Plan Aire encomendada a la DGT. Los vehículos que se han catalogado en esta ocasión corresponden a:
Ciclomotores de dos ruedas o de tres ruedas: Vehículo de dos ruedas o de tres ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h.
Cuadriciclos ligeros: Vehículos de cuatro ruedas con una masa en vacío inferior a 350 kg (sin incluir la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos), una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 para los motores de explosión, o una potencia máxima neta inferior o igual a 4 kW para los otros tipos de motores.
Motocicletas de dos ruedas: Vehículos de dos ruedas sin sidecar, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.
Motocicletas con sidecar: Vehículos de tres ruedas asimétricas respecto a su eje medio longitudinal, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.
DEBEN DE DAR AYUDAS PARA CAMBIAR LOS VEHICULOS ANTIGUOS.
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