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viernes, 22 de marzo de 2013

LA BANCA NO PAGA A LAS COMUNIDADE DE VECIONOS


La banca adeuda a las comunidades de vecinos 250 millones de euros

Los administradores de fincas piden cambios legales a Justicia, Economía y a la Agencia Tributaria ante los impagos de promotores y entidades financieras.

Malas perspectivas para 2013. La crisis no cede y las comunidades de vecinos la acusan por la subida de los gastos a pagar en la primera y en la segunda vivienda. Los ayuntamientos y las empresas de suministros aumentan las facturas de los gastos.
Y los impagos arrecian. Según una encuesta realizada entre más de 800 administradores de fincas que administran 43.000 comunidades en toda España, las deudas alcanzaron los 1.551 millones de euros en 2012. Y este año pueden llegar a los 1.900 millones de euros.
Estos datos se han puesto de manifiesto en la presentación del II Informe nacional sobre la morosidad en las comunidades de vecinos, del Observatorio de las Comunidades de Propietarios, del grupo editorial Francis Lefebvre. Esta plataforma analiza y realiza propuestas como la formulada por Salvador Díez, presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAF), que, ante la morosidad de las entidades financieras, solicita reformas legales. Destacan dos. La primera, que la comunidad pueda solicitar que se considere crédito preferente el pago de la deuda no solo del último año y de la anualidad corriente, como marca la Ley de Propiedad Horizontal (artículo 9.1. E), sino de hasta cinco años naturales inmediatamente anteriores, algo necesario por la dilación en los procesos de ejecución hipotecaria.
Aparte de que la redacción de la Ley de Propiedad Horizontal ha dado lugar a que algunos nuevos propietarios esperen a escriturar en el mes de enero, para afrontar el pago de 13 meses solo, lo que ahora se solicita a los ministros de Justicia y de Fomento, a los grupos parlamentarios y al Defensor del Pueblo es que el nuevo propietario responda a lo adeudado durante cinco anualidades.
La segunda de las peticiones enviadas esta semana es que se modifique la Ley Concursal (artículo 90.1) y se incorporen como créditos con privilegio especial de cobro las deudas contraídas por impago de las cuotas para afrontar los gastos generales de la comunidad.
“Las comunidades, ante la banca, o los promotores que entran en liquidación y dejan deudas impagadas se enfrentan a un retraso en el cobro de varios años y sufren las quitas importantes por la Ley Concursal, y durante ese tiempo, la aportación del resto de los propietarios está sirviendo para que el inmueble esté en condiciones de tener un aprovechamiento del que se beneficiaran los demás acreedores”. El Consejo contabiliza que las deudas de las entidades financieras ascendieron a unos 250 millones, y las de promotores rondaron los 600 millones de euros.
Este año los impagos de las cuotas de gastos generales en las fincas vecinales alcanzará los 1.900 millones
En la presentación del Informe también se alertó de que la subida de las tasas judiciales “supone una nueva carga impositiva para reclamaciones a partir de 2.000 euros, lo que hará que la junta de propietarios renuncie a reclamar deudas que son difícilmente asumibles por una comunidad de propietarios en la que haya un alto índice de impagados”, según explicó Manuel Gambin, consejero del Observatorio.
Díez ha solicitado a la Agencia Tributaria que las comunidades de propietarios sean consideradas como consumidores finales, al no poseer personalidad jurídica propia, con lo que no les sería de aplicación la subida de las tasas judiciales. Tal interpretación ya se venía haciendo con la legislación anterior.
Pero a veces no se logra atajar la morosidad, no por falta de respaldo legislativo, sino por falta de recursos económicos de la comunidad o de profesionalidad a la hora de reclamarla: defectos formales, como notificaciones o certificaciones deficientes y documentación incompleta.

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