La Fiscalía pide que se mantenga la prohibición de las manifestaciones del 8-M en Madrid
El TSJM decidirá hoy si autoriza las manifestaciones del 8-M en Madrid mientras la Fiscalía califica las medidas de seguridad de «insuficientes».
La Fiscalía de la Comunidad de Madrid ha expuesto hoy ante la Sala de Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sus motivos para justificar que se mantuviera la prohibición acordada por la Delegación del Gobierno para que no se celebren las manifestaciones previstas durante el 8-M. La fiscal puso de manifiesto el «riesgo» que supone para la salud pública la celebración de este tipo de actos y calificó de «insuficientes» la medidas de seguridad propuestas por los organizadores de dichas concentraciones.
En su exposición, la representante del Ministerio Público sostuvo que tras analizar el contenido de la demanda presentada por la Confederación General de Trabajadores (CGT) entendió que la razón que llevó a la Delegación del Gobierno a prohibir las concentraciones conmemorativas al 8-M no solo se basaban en la normativa propia del estado de alarma sino en las «imperiosas» necesidades de salud públicas derivadas de la existencia de la situación de pandemia provocadas por el Covid-19.
En su opinión, a la hora de autorizar este tipo de manifestaciones durante el estado de alarma existe una «situación de conflicto» entre el derecho a la vida (art. 15 CE) y a la salud (art. 43 CE) frente al derecho de reunión (art. 21 CE). Ante este conflicto, para la fiscal resulta «procedente» realizar un ejercicio de ponderación con el fin de otorgar «prevalencia» al derecho a la vida «dado que el propio texto constitucional prevé la posibilidad de limitar el derecho de reunión en los supuestos que exista una puesta en peligro para las personas y bienes».
Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSM) se reúnen este sábado para deliberar sobre los siete recursos interpuestos contra la decisión de la Delegación de Gobierno de Madrid de prohibir los actos que estaban previstos por el Día Internacional de la Mujer para el 7 y 8 de marzo, siguiendo el criterio adoptado en otras resoluciones similares, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.
La prohibición a manifestarse por el Día de la Mujer ha sido recurrida por los sindicatos UGT, CC.OO., CGT, el Movimiento Feminista de Madrid y otros tres colectivos, en cuyos recursos solicitan medidas cautelares.
A partir de las 17.00 horas de este sábado, los magistrados deliberarán en la sede del TSJM con una vista pública por cada recurso y a la que acudirán las partes.
El Movimiento Feminista de Madrid ha anunciado ya que adaptará sus acciones para burlar la decisión y «tener presencia» durante dichas jornadas. Según el colectivo, se considera concentración a grupos mayores de 20 personas, así que realizarán actos en los que la presencia de asistentes no supere esta cifra, además de mantener las directrices de las autoridades sanitarias.
Por su parte, los sindicatos UGT y CC.OO. alegan en su recurso conjunto que la prohibición vulnera el derecho de reunión y manifestación al no estar restringido dentro del estado de alarma por la pandemia. Además, sostienen que su convocatoria tiene un riesgo «mínimo» de contagios al tener previsto la asistencia de 250 personas sin un recorrido al ser fija en la Plaza de Cibeles.
La Sala seguirá el criterio de otras resoluciones «idénticas» en las que se ha mostrado a favor de preservar el derecho de reunión pero siempre cumpliendo estrictamente con las medidas sanitarias para evitar contagios como aforo, uso de mascarilla y distanciamiento social.
NO HABRÁ EXPLICACIÓN PARA JUSTIFICAR LAS MANIFESTACIONES DEL 8-M
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