Así será el nuevo «derecho a morir» tras su aprobación por el Senado
Los médicos tendrán acceso al registro de últimas voluntades para poder ejecutar la eutanasia sin necesidad de consultar con los familiares.
La proposición de ley orgánica de regulación de la eutanasia superó este miércoles su tramitación en el Senado y pasará ahora al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva, probablemente el próximo jueves 18 de marzo. Tras incorporar algunas enmiendas del PSOE y de sus socios en el Gobierno durante su segunda lectura, así quedará la nueva «prestación de ayuda a morir», que ofrecerá el Sistema Nacional de Salud (SNS) cuando entre en vigor la nueva regulación.
Dos modalidades: España se sumará al reducidísimo número de países que permiten las dos modalidades del «derecho a morir»: la eutanasia y el suicidio asistido. Hasta ahora solo era así en Bélgica y Holanda. El resto de países tiene legalizado uno u el otro. En Luxemburgo, Canadá y Colombia es legal la eutanasia y el suicidio asistido está despenalizado en Suiza, Alemania, Japón y algunos estados de EE.UU. (Washington, Oregón, Colorado, Vermont, Montana y California) y uno de Australia.
Enfermos crónicos, personas con discapacidad y enfermos psiquiátricos. La eutanasia y el suicidio asistido estarán disponibles en el Sistema Nacional de Salud no solo para los enfermos «terminales o incurables». La discapacidad o una enfermedad psiquiátrica también será un motivo para poder pedir la «prestación de ayuda a morir», ya que la ley reconoce ese derecho a aquellas personas que sufren «un padecimiento crónico e imposibilitante» o «una enfermedad grave e incurable causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables». La Sociedad Española de Psiquiatría reivindicó una «valoración psiquiátrica obligatoria» de los pacientes que soliciten la «prestación de ayuda a morir» cuando «el juicio o el consentimiento estén en cuestión» y «una revisión del proceso de realización de las voluntades anticipadas». Sin embargo, el PSOE ha desatendido estas recomendaciones.
Un año de empadronamiento. Entre los requisitos para poder acceder a la eutanasia se apunta a que bastará con un año de empadronamiento. Además el solicitante de este nuevo derecho deberá ser mayor de edad.
En centros privados y también a domicilio. La «prestación del derecho a morir» se podrá realizar en «el domicilio», abriendo la puerta a las residencias y los centros sociosanitarios en caso de que la persona esté ingresada de manera continuada. Además de los centros públicos, también podrá realizarse en los hospitales privados.
Exprés. El espacio de tiempo entre que se presenta la solicitud y se recibe la «prestación de ayuda a morir» será muy corto. Con la ley del PSOE, la eutanasia se aplicará con un tiempo máximo de 32 días.
El médico puede hacer la solicitud. En aquellos casos en los que el paciente «no se encuentre en pleno uso de sus facultades», será «el médico» el que podrá presentar la solicitud de eutanasia a través «del testamento vital o de un documento equivalente legalmente» suscrito por el enfermo con anterioridad.
Acceso al registro de últimas voluntades. El facultativo que trata al paciente, además, «estará legitimado para solicitar y obtener el acceso al documento de instrucciones previas, voluntades anticipadas o documentos equivalentes». Con esta modificación del texto en el Senado por parte del PSOE, se confiere una nueva atribución al médico al permitirle también tomar la iniciativa sobre el proceso y poder consultar por iniciativa propia esos ficheros. Para estos casos, la proposición de ley no establece ningún control específico para garantizar que realmente se está cumpliendo con la voluntad del paciente, más allá de lo suscrito en el documento de últimas voluntades. Tampoco establece ni exige una consulta previa a los familiares.
Muerte natural. La muerte producida derivada de la prestación de ayuda para morir «tendrá la consideración legal de muerte natural a todos los efectos».
Estigmatiza a las personas con discapacidad. El PSOE se ha negado a retirar el sesgo de la nueva normativa contra las personas con discapacidad como le había pedido el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU. El pasado mes de diciembre, este comité manifestó su «preocupación» al Gobierno por los artículos 4 y 5 de la proposición de ley en el que se permite el acceso a la eutanasia y al suicidio asistido a las personas que «sufran» un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante». Tanto para la ONU como para el Cermi (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) el término «imposibilitante» supone «una clara alusión a las situaciones de discapacidad, en la medida que habla de las limitaciones en la autonomía de las personas». En las enmiendas aprobadas por el Senado no ha retirado esa palabra del articulado y solo ha cambiado la redacción del texto para dejar claro que al hablar de «imposibilitante» se refiere a «una situación» y no a «personas».
Registro de objetores de conciencia. La ley establece la creación de un «registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir». El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM) avisó al Gobierno de que «no es oportuna» la creación de estos listados porque van «en contra del derecho a la confidencialidad y la no discriminación». El PSOE ha desoído esta recomendación.
AHORA LOS VIEJOS Y ENFERMOS CRÓNICOS AL HOYO FELICES
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