El Supremo pregunta a Alemania si hacía falta una masacre para entregar a Puigdemont
Muestra su malestar por que se compare una protesta puntual con la «laminación» de las leyes en Cataluña
Las protestas contra las obras de ampliación de un aeropuerto no son comparables a los dos años en los que se gestó el golpe al orden constitucional, el concierto entre el Gobierno, el parlamento catalán y las entidades soberanistas para declarar la independencia en Cataluña al margen de la legalidad.
Así lo considera el Tribunal Supremo en un auto en el que reprende al tribunal regional de Alemania que está estudiando la entrega de Carles Puigdemont por rebelión y malversación. Los magistrados se preguntan si para justificar la intensidad de la violencia era necesario que el 1-O se hubiera producido «una masacre» en Cataluña.
Para justificar sus objeciones a la entrega por el delito de rebelión, los jueces de Schleswig-Holstein aludieron a una sentencia que poco tiene que ver con los hechos que aquí se investigan: la manifestación en la que miles de personas bloquearon durante unas horas el aeropuerto de Fráncfort para forzar la paralización de unas obras que invadían una reserva natural. La violencia no fue «suficiente» como para doblegar a las instituciones y abortar el proyecto, argumentan aquellos jueces. Extrapolado al mal traído -según el TS- ejemplo del aeródromo, tampoco en este caso la rebelión de Cataluña fue capaz de doblegar a la voluntad del Estado.
Cuando faltan pocos días para que Alemania resuelva sobre la entrega del expresidente, y en un momento en el que la Fiscalía y el juez Llarena se están esforzando por hacer entender a aquel tribunal que en el órdago secesionista hubo el compenente de violencia que también exige su delito de alta traición, el auto de la Sala de Apelaciones no puede ser más oportuno.
Por esa razón y, porque a falta de voces políticas que expliquen a Alemania las circunstancias en las que esta rebelión se produjo, la resolución del TS supone un espaldarazo en la Unión Europea a las tesis del juez Llarena por parte de tres magistrados de la Sala Penal, máxima instancia jurisdiccional de España.
«En nuestro caso no se trataba de ampliar o no una de las pistas del aeropuerto de El Prat de Llobregat -dice el tribunal en una intencionada primera persona del plural que tanto se ha criticado en Llarena-, y que ello generara la protesta de miles de manifestantes para impedirlo. Lo que aquí realmente sucedía era que después de más de dos años dedicados a laminar el ordenamiento jurídico estatal y autonómico, y de oponerse frontalmente al cumplimiento de sentencias básicas del Tribunal Constitucional, se culminaba el proceso secesionista dentro de un país de la Unión Europea, con una democracia asentada, poniendo las masas en la calle para que votaran en un referéndum inconstitucional oponiéndose a la fuerza legítima del Estado que protegía unos supuestos colegios electorales», señala la Sala. Para los magistrados hubo rebelión -regulada en los delitos contra la Constitución- desde el momento en que se atacó la soberanía nacional y la unidad territorial de la Nación española.
«Si los hechos que se han venido cometiendo en España se hubieran perpetrado en un Land de Alemania con los mismos factores de evolución, tiempo y resultado, no parece muy factible que todo ello se saldara con una sentencia condenatoria meramente simbólica», dice el TS.
Rebelión desde dentro
A su juicio, no se trata de la «rebelión de una muchedumbre de personas, más o menos organizada contra el Estado español para tomar sus centros de poder», sino que las personas que llevaron la iniciativa de la ruptura eran «sujetos que ocupaban oficial y legítimamente los poderes constitucional y legalmente establecidos en una comunidad autónoma».
En lugar de valerse de la violencia para tomar el poder central del Estado, «trataban de desconectar o desgajar del Estado español las instituciones autonómicas cuyos poderes ejercían». En ese contexto, la violencia física pasaba a un segundo lugar, pues sólo era preciso utilizarla en algún cruce o tránsito puntual de la línea de ruta que se habían marcado, especialmente el 1-O.
Ese día, prosigue el auto -que resuelve un recurso de Jordi Sànchez- el Gobierno central envió a Cataluña a unos 6.000 agentes que tenían la obligación de prohibir la consulta ilegal. Pese a estar prohibida por el TC y las advertencias de los tribunales, «los protagonistas del procés prosiguieron con su hoja de ruta e indujeron a unos dos millones de personas a que salieran a la calle para votar ilegalmente».
En este contexto, y sobre la intensidad de la violencia que cuestiona Alemania, los magistrados destacan que esos 6.000 agentes «resultaron ostensiblemente superados por esos dos millones de votantes», y prueba de ello es que la consulta acabó realizándose. «Si hubieran intervenido un número bastante mayor de policías es muy probable que todo acabara en una masacre y entonces sí sería muy factible que el resultado de la euroorden fuera muy distinto».
ALEMANIA SE HA QUITADO LA CARETA CON LOS QUE LES GUSTA EL JAMÓN VINOS ESPAÑOLES Y PARECE QUE NO CONOCEN QUE SOMOS DEMÓCRATAS DESDE EL 78.
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