La 'ley del solo sí es sí' obligará a los agresores sexuales menores de edad a someterse a programas formativos
El texto, que se vota en el Pleno del Congreso, no incluye finalmente medidas contra la prostitución
La Ley de Libertad Sexual, conocida como la 'ley del sólo sí es sí' obligará a los agresores sexuales menores de edad a someterse a programas de educación sexual y de igualdad como pena accesoria, tras el acuerdo alcanzado entre PSOE, Unidas Podemos, ERC y EH Bildu.
Estas formaciones registraron ayer una enmienda a la norma para incluir estas medidas formativas. Fuentes del Ministerio de Igualdad, departamento que ha participado en la negociación, han explicado el objetivo de esta propuesta pactada es reforzar la respuesta ante los casos de agresión sexual realizados por menores de edad y a la necesidad de reforzar la Ley penal del menor para evitar que el comportamiento machista y violento se siga repitiendo en estos adolescentes o jóvenes.
Se trata, según han indicado las mismas fuentes, de una propuesta realizada desde un enfoque responsabilizador más que punitivista.
En concreto, el texto que se debatirá y votará en el Congreso este jueves propone en una disposición final la reforma de la ley que regula la responsabilidad penal de los menores para que, en todas las sentencias por delitos relativos a la libertad sexual, sea obligatoria la medida accesoria de someterse a programas formativos sobre educación sexual y educación en igualdad.
Además, recoge que en las decisiones judiciales sobre suspensión de las medidas, esta se condicione al cumplimiento de la medida accesoria de educación sexual y educación en igualdad.
Del mismo modo, busca que, en los casos de delitos contra la libertad sexual o de delitos relacionados con la violencia de género, la medida de conciliación entre víctimas y responsables del delito, esté condicionada a que sea la víctima la que la solicite de forma expresa. En los demás supuestos, no cabrá la conciliación o mediación.
176 votos
La 'ley del solo sí es sí' afronta este jueves su último trámite en la Cámara Baja antes de ser enviada para su tramitación en el Senado. Deberá obtener el apoyo de la mayoría absoluta (176 votos) del Congreso debido a su carácter orgánico. La norma obtuvo en la fase de comisión, la semana pasada, el apoyo de todos los grupos parlamentarios del Congreso, a excepción de PP y Vox que decidieron oponerse a la misma. El texto no incluye finalmente medidas contra la prostitución, aunque se había barajado que la norma prohíba los anuncios de prostitución e incorporar una enmienda a la norma para declararla ilícita.
Esta incorporación era simbólica, por cuanto el PSOE a punto estuvo de tumbar el dictamen la semana pasada y presentó por su cuenta una proposición de ley para abolir el proxenetismo. El proyecto de ley del Ministerio de Igualdad, concebido para combatir las violencias sexuales, no obtuvo el respaldo parlamentario suficiente para castigar el proxenetismo y la tercería locativa, aunque finalmente parece que los grupos de la izquierda parlamentaria habían consensuado el fin de los anuncios sobre prostitución. Según fuentes consultadas por Ep, al final no será así.
Otra novedad a la espera de conocer el texto definitivo hoy es que se incluye el castigo por la vía del Código Penal de la difusión y redifusión sin consentimiento de fotos y vídeos íntimos de una persona. Así, conforme se lee en el texto que analizarán y debatirán hoy los parlamentarios, difundir imágenes o vídeos íntimos sin consentimiento se castigará con pena de cárcel y compartir ese tipo de contenidos con otras personas tras su recepción se sancionará con multa.
Los grupos parlamentarios han acordado que la ley de garantía integral de la libertad sexual reforme a su vez la ley 1/2004, la legislación contra la violencia de género. Modifica doce artículos y dos disposiciones adicionales, además de introducir una nueva disposición adicional. El dictamen, como ya anunció en su perfil en redes sociales la secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez, incorporará por primera vez el concepto de «violencia económica» a las víctimas de violencia machista (en la disposición adicional número 19), cuando el maltratador esquiva el pago de pensiones y el cumplimiento de la pensión alimenticia de los hijos a la mujer agredida, un subterfugio al que muchos agresores recurren cuando están en prisión condenados por violencia sexista. En la norma se impone al Gobierno la obligación de modificar el Fondo de Garantía de Pensiones para lograr que ningún agresor incumpla con sus obligaciones económicas hacia las víctimas.
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