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miércoles, 10 de marzo de 2021

JURISTAS SEÑALAN QUE LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES PRIMA SOBRE LAS MOCIONES

 Juristas señalan que la convocatoria de elecciones prima sobre las mociones

Apuntan que la disolución del Parlamento es una facultad que corresponde a la presidenta y que sin Parlamento, no hay moción que debatir.

La coexistencia de la convocatoria de elecciones por parte de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, con la moción de censura que contra ella han registrado varias formaciones políticas abre un escenario jurídico insólito que podría incluso acabar en los tribunales. Sobre el escenario, varias incógnitas.

¿Son válidas mociones de censura registradas después de la convocatoria de elecciones?

Depende de la validez del acto de convocatoria de esos comicios. Objetivamente las mociones de censura son posteriores al decreto del Consejo de Gobierno. La cuestión es si ese decreto es válido desde la firma o desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Fuentes jurídicas consultadas por ABC sostienen que el decreto de

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