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sábado, 17 de noviembre de 2018

EL CÓDIGO DEONTOLÓGICO MÉDICO, QUE OLVIDAN CON FRECUENCIA.

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CÓDIGO DEONTOLÓGICO MÉDICO.

·         1.‐ La profesión médica está al servicio del ser humano y de la sociedad.

·        Respetar la vida humana, la dignidad de la persona y el cuidado de la salud

·        del individuo y de la comunidad son los deberes primordiales del médico.

·         2.‐ El médico debe atender con la misma diligencia y solicitud a todos los

·        pacientes, sin discriminación alguna.

·         3.‐ La principal lealtad del médico es la que debe a su paciente y la salud

·        de éste debe anteponerse a cualquier otra conveniencia. El médico no

·        puede negar la asistencia por temor a que la enfermedad o las

·        circunstancias del paciente le supongan un riesgo personal.

·         4.‐ El médico jamás perjudicará intencionadamente al paciente. Le

·        atenderá con prudencia y competencia, evitando cualquier demora

·        injustificada en su asistencia.

Artículo 6

1.‐ Todo médico, cualquiera que sea su especialidad o la modalidad de su

ejercicio, debe prestar ayuda de urgencia al enfermo o al accidentado.

2.‐ El médico no abandonará a ningún paciente que necesite sus cuidados,

ni siquiera en situaciones de catástrofe o epidemia, salvo que fuese

obligado a hacerlo por la autoridad competente o exista un riesgo vital

inminente e inevitable para su persona. Se presentará voluntariamente a colaborar en las tareas de auxilio sanitario.
 
¿LES SUENA ALGO ESTO?PUES TODAVÍA ESTÁ PRESENTE Y ES VÁLIDO.

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