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viernes, 2 de mayo de 2014

UNA PATRAÑA QUE RECAERÁ SOBRE EL PROPIETARIO QUE TENGA UNA SEGUNDA VIVIENDA

Los dueños de viviendas vacías deberán inscribirlas en un registro público

El impuesto será finalmente de entre 500 y 1.650 euros anuales

La recaudación servirá para financiar políticas de alojamiento asequible.

El Gobierno catalán creará un registro de viviendas vacías en el que deberán registrarse todas las casas que lleven más de dos años desocupadas y que a partir del 1 de enero de 2015 serán objeto de sanción. Así consta en el anteproyecto de ley del impuesto sobre viviendas vacías, que hoy ha salido a información pública. El texto recoge que los propietarios de pisos sin morador deberán comunicar a la Agencia de Vivienda de Cataluña el número de propiedades que poseen, aunque también fija que la inscripción "podrá hacerse de oficio" de acuerdo al procedimiento que determine el reglamento que despliegue la ley. El documento, que trata de castigar sobre todo a las entidades financieras que retengan sus viviendas, también señala que la recaudación (entre 13 y 35 millones de euros) se destinarán a financiar "las actuaciones protegidas en los planes de vivienda".
La Generalitat sigue adelante con la implantación de un tributo para tratar de movilizar las viviendas que permanecen vacías cuando el año pasado unos 15.000 ciudadanos perdieron su casa. A pesar de que las estimaciones del Departamento de Territorio y Sostenibilidad indican que hay alrededor de 80.000 casas sin ocupar, la ley quiere sacar al mercado unas 15.000. Estas son las casas que se hallan en los 70 municipios en los que el Plan Territorial Sectorial de Vivienda ha detectado una demanda "fuerte y acreditada". Dado que la Generalitat hoy tiene unas 14.000 viviendas para fines sociales, esa cantidad supondría duplicar el parque de pisos en alquiler asequible de Cataluña. La ley se dirige especialmente a las entidades financieras y el banco malo y excluye a las Administraciones y entidades del tercer sector.
El impuesto es gradual y se sitúa finalmente entre los 500 y 1.650 euros anuales, por lo que se rebaja parcialmente lo previsto al principio. A las empresas que posean hasta 120 viviendas vacías, se les aplicará unos 500 euros por unidad; para el tramo entre 120 y 600 pisos el tipo será de 825 euros, y por encima de los 600, de 1.650 euros anuales. Quedan fuera del ámbito de aplicación ley las viviendas que tengan más de 120 metros cuadrados. A partir de ahí, se aplicarán bonificaciones en el caso de que las entidades tengan pisos con alquiler social, que deberán ser reconocidos por la Generalitat. Si la cantidad de pisos que arriendan de forma asequible equivale a entre el 5% y 10%, la bonificación será del 10%, y llegará al 75% en caso de que la proporción sea superior al 40%. Si tienen el doble de viviendas en alquiler que desocupadas, el descuento será del 100%.
En la exposición de motivos, la Generalitat recuerda que la situación económica de los últimos años ha supuesto que se reduzca "a mínimos históricos" la demanda de compra de viviendas a la par que se ha incrementado la de pisos de alquiler social. El texto recuerda que la ley del Derecho a la Vivienda ya preveía medidas coercitivas para movilizar el parque de pisos vacíos (el alquiler forzoso, que el Gobierno de Artur Mas eliminó solo llegar al poder en 2010) y recuerda que países como Dinamarca, Reino Unido o Francia han aprobado medidas tributarias que consideran la "desocupación como hecho imponible".
COMENTARIO:
UNA FALACIA MÁS PARGARÁN TODOS  MENOS LOS BANCOS.
Mal no esta, pero son chorradillas, como siempre. 500 euros anuales el 0,5% del valor de un piso de 100 000 (nada fuera de lo común). El que tenga pisos vacíos esperando un aumento de precios, con que estos suban un 0.6 % mas que antes, le sigue interesando tenerlo vacío. Y los que los tengan vacío por pura necesidad, pues se verán perjudicados, para variar.
 

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