El ex alto cargo socialista que pagaba con dinero público en clubes de alterne denuncia que se violó su intimidad
El exdirector de la fundación Faffe de la Junta de Andalucía pide al tribunal del jurado que anule las pruebas sobre sus cuentas corrientes
El que fuera director general de la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe), Fernando Villén Rueda, ha solicitado al tribunal del jurado que va a juzgarlo por el uso irregular de tarjetas de crédito de la entidad de la Junta de Andalucía que declare nulas las pruebas documentales recabadas por la Guardia Civil. Los agentes, por orden del juez instructor, indagaron las cuentas corrientes de las que era titular el ex alto cargo socialista para averiguar si simuló la devolución a la caja de la Faffe de los fondos públicos que se gastaba en «los servicios recibidos en distintos locales de alterne de Sevilla y otras provincias andaluzas que frecuentaba».
En un escrito remitido el 17 de mayo pasado al tribunal del jurado, que preside la magistrada Mercedes Alaya, el abogado de Villén alega que se ha vulnerado sus derechos fundamentales a la intimidad y a un proceso con todas las garantías, recogidos en la Constitución Española, «lo que ha provocado su indefensión» en el proceso.
Villén, que entre 2008 y 2010 formó parte de la ejecutiva del PSOE andaluz como secretario de Empleo, va a ser juzgado junto a la exdirectora económica-financiera de la entidad pública, Anna Valls Roc, por supuestos continuados de malversación y falsedad documental. Como máximo responsable de la fundación pública dedicada a formar a los desempleados andaluces tenía asignadas tarjetas de crédito para gastos de representación que utilizó en locales de alterne de Sevilla, Cádiz y Córdoba donde se ejercía la prostitución. Abonó 32.566 euros con cargo a las tarjetas Visa de la Faffe en quince días diferentes.
Con posterioridad, para ocultar «esa ilícita disposición de fondos públicos», Villén y Valls idearon un sistema por el que simulaban los reintegros de los referidos cargos en la tarjeta, ya que las reposiciones en metálico eran «inexistentes», explicó el juez de refuerzo de Instrucción 6 de Sevilla José Ignacio Vilaplana en el auto dictado para la apertura de juicio oral.
«Gravísima injerencia en su intimidad»
El letrado de Villén, Adolfo Cuéllar, argumenta que se ha producido una «gravísima, innecesaria y desproporcionada injerencia en el derecho fundamental a la intimidad» de su cliente. Se queja de que, mediante una providencia dictada el 6 de mayo de 2019, «sin motivación suficiente», el magistrado ordenó rastrear los movimientos bancarios realizados por el exdirector de la Faffe a través de todos sus productos financieros, cuentas corrientes, préstamos bancarios, pólizas de crédito y cualquier otra operación en vigor en el año 2019, «aunque los hechos investigados se constriñen al periodo de octubre de 2004 a marzo de 2010».
Las pesquisas habían sido solicitadas por la Guardia Civil y la Fiscalía Anticorrupción. El juez «no razona qué interés podría tener para la investigación tan demoledora injerencia en todos los datos de la documentación» de Villén, de su mujer y su padre, que «quedan absolutamente al descubierto», denuncia el escrito. Solicita la nulidad de las actuaciones realizadas después del 6 de mayo de 2019, con la «expulsión de todos los documentos, atestados e información bancaria» que obran en el sumario.
Tanto el Juzgado como la Audiencia Provincial de Sevilla desestimaron con anterioridad sus recursos en los que se oponía a dichas pesquisas. La Sección Tercera determinó que el derecho a la intimidad no es «absoluto e ilimitado y permite intromisiones legítimas en determinadas ocasiones».
En el escrito enviado al tribunal del jurado Villén insiste en que «en ningún momento» manifestó que las cantidades devueltas a la caja de la Faffe provinieran directamente de sus cuentas corrientes, sino que era dinero en metálico suyo o prestado por terceros, a excepción de los 14.737 euros que se gastó en una noche de fiesta en el club de alterne sevillano Don Ángelo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario