Todos los hospitales públicos estarán obligados por ley a practicar el aborto de las mujeres desde los 16 años
Las Unidades de Ginecología y Obstetricia contarán con profesionales que sí interrumpan los embarazos, pese a que haya una parte que se declaren objetores de conciencia
El aborto será una prestación pública. Así lo garantiza la ministra de Igualdad, Irene Montero, quien ha comparecido este 23 de febrero en la Comisión del ramo del Congreso de los Diputados para informar sobre las políticas de su departamento. Lo ha hecho a petición propia y ha dicho que, como país, España no puede permitir que sean las mujeres las que asumen el peso del cuidado de los hogares y sus familiares, por lo que todo su departamento participará activamente en los actos centrales del día 8 de marzo.
Montero ha comparecido principalmente para trazar la hoja de ruta de su reforma de la Ley del Aborto y ha asegurado que este país, con su departamento al frente, va a «blindar el derecho a interrumpir el embarazo en la sanidad pública» de forma gratuita, libre y segura.
Entre los principales puntos de la reforma de la Ley del Aborto en la que Igualdad trabaja está derogar el requisito que el PP introdujo en el año 2015 a la Ley 2/2010, de 3 de marzo, para que las menores de 16 a 18 años contasen con el permiso paterno para abortar. Igualdad suprime ese requisito y garantiza el derecho al aborto libre a partir de los 16 años en todos los hospitales públicos de España, porque si una chica a los 16 años elige libremente «con quién mantiene relaciones sexuales», también «puede ejercer su derecho a decidir libremente sobre su cuerpo» con plena autonomía.
Respecto a los servicios públicos, la ministra ha garantizado que si ahora mismo existen provincias y comunidades donde no se practican abortos porque «todos sus profesionales» esgrimen objeción de conciencia, ahora se les garantizará que en todos los centros sanitarios públicos haya profesionales que ejerzan su derecho, con especialistas en las Unidades de Ginecología y Obstetricia que lo van a aplicar.
La ministra ha puesto voz a los datos de un informe de 2020 del Ministerio de Sanidad y en base a él Montero ha señalado que no se cumple el deber constitucional de reconocer por igual a todas las mujeres, con independencia de donde resida, su derecho a interrumpir el embarazo si así lo desea. Cuatro autonomías (Madrid, Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia) no comunicaron ningún aborto en un centro público en el ejercicio de 2020; y hasta doce provincias, junto a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, no notificaron ninguna interrupción voluntaria del embarazo en los últimos cinco años. Sin embargo, según la responsable de Igualdad, de acuerdo con los mismos datos, el 78% de los abortos practicados ese año (también en las provincias y comunidades citados) fueron en centros privados, y en entornos extrahospitalarios se producen el 87,25% de los que tuvo constancia Sanidad en ese mismo año.
La ministra de Igualdad también va a eliminar «la reflexión de tres días» que se requiere para interrumpir el embarazo: Montero ha explicado que ese derecho será inmediato, porque ahora mismo las mujeres reciben un sobre para replantearse una decisión que ya tienen tomada y suficientemente acreditada. Ha escenificado su oposición a esta reflexión: «¿Se imaginan que esto les pasara a los hombres qu eacuden al centro de salud para proteger su derecho a la salud en cualquier otro ámbito?».
La derivación de la mujer a un centro que garantice su interrupción voluntaria del embarazo será inmediata, sin detenimiento. Recibirán información sobre el método que escojan para poner fin a su estado y no será solo el aborto farmacológico, como es mayoritario en estos momentos, ha dicho la ministra, quien también ha ridiculizado que se mande a una mujer «a casa, o lejos de sus familiares, a interrumpir su embarazo con una pastilla». Muchas mujeres, además, se topan con que en «la farmacia de su pueblo no les dan la píldora del día después» por la objeción de conciencia del boticario, que según los sindicatos, supone alrededor del 20% de los profesionales de las farmacias.
La ley vigente entró en vigor el 5 de julio de 2010. En su Título II, artículos 13 y 14, se concreta la despenalización de la práctica del aborto inducido durante las primeras 14 semanas del embarazo. Durante este tiempo, la mujer podrá tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción de su embarazo. Estos plazos no se modificarán en la reforma que ultima Igualdad.
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