El juez rechaza prohibir el acto contra la Guardia Civil en Alsasua
La Fiscalía apreciaba que el Ospa Eguna –día de la expulsión– tiene carácter de delito de terrorismo.
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha rechazado este viernes prohibir el Ospa Eguna, —día de la expulsión, en euskera— un acto festivo contra la presencia de la Guardia Civil en el País Vasco y Navarra y que se va a celebrar este sábado en Alsasua (Navarra). La Fiscalía pidió el jueves al magistrado que impidiera el acto al entender que podía suponer delitos de odio y terrorismo tras recibir una denuncia de la asociación de la Guardia Civil JUCIL.
El magistrado, no obstante, ordena a la Policía Foral de Navarra y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que efectúen un control y seguimiento del Ospa Eguna “para evitar que puedan producirse actos de enaltecimiento y justificación del terrorismo, o humillación a las víctimas” y si se produjeran que se identifique a los autores y se ponga en conocimiento del juzgado. El juez Moreno considera que con carácter previo no hay constancia de que se puedan producir delitos que aconsejen la restricción de derechos fundamentales como los de expresión y manifestación, y que deberá ser la autoridad gubernativa competente, en este caso el Gobierno de Navarra, quien decida si el Ospa Eguna se ajusta a la normativa.
El Ospa Eguna es uno de los actos en los que participaban algunos de los jóvenes de Alsasua que fueron condenados a penas de entre 2 y 13 años de cárcel por la agresión a un teniente y un sargento de la Guardia Civil y las parejas de estos el 15 de octubre de 2016, durante las fiestas del pueblo. Esta celebración forma parte del movimiento Alde Hemendik —“fuera de aquí”, en euskera—, que busca la salida de las fuerzas de seguridad estatales del País Vasco y Navarra y que la Fiscalía considera parte del entorno de ETA, que anunció su disolución en mayo de 2018 tras dejar un rastro de 854 muertos en medio siglo de actividad terrorista. Los ocho jóvenes de Alsasua fueron condenados por delitos de amenazas, lesiones, atentado a la autoridad con agravante de odio, aunque el tribunal que los juzgó no apreció que existiera el elemento terrorista que defendía la Fiscalía.
El ministerio público, siguiendo el razonamiento que ya utilizó en el caso Alsasua, estima que la finalidad del acto "no es otra que generar un ambiente de presión y hostilidad sobre los miembros de la Guardia Civil, generando un clima de terror entre sus componentes destinados en las comunidades autónomas de Navarra y el País Vasco, hasta conseguir su aislamiento social y su expulsión". El ministerio público recuerda que la salida de las fuerzas estatales "es una reivindicación que históricamente ha llevado a cabo la organización terrorista ETA y que en la actualidad se sigue llevando a cabo por cierto sector de la izquierda abertzale".
En su auto, de seis páginas, el juez Moreno recuerda que a la jurisdicción penal "compete sólo a la persecución y castigo de los hechos ilícitos penales una vez que estos se han producido" y que el juez "carece de competencias preventivas". Y añade: "Tal proceder [prohibir un acto de antemano] implica asociar consecuencias jurídicas limitativas de derechos o imponer directamente o indirectamente sanciones sobre la base de meras hipótesis sobre la futura e incierta comisión de delitos".
Y SUPLICAN QUE LA GUARDIA CIVIL, LOS SAQUE DE INCENDIOS E INUNDACIONES.ESE JUEZ NO ES IMPARCIAL ASI QUE A LA CALLE CON ÉL.
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