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viernes, 27 de octubre de 2017

¿CUÁNDO EL GOBIERNO PODRÍA DESTITUIR A PUIGDEMONT?

¿Cuándo podrá el Gobierno destituir a Puigdemont?.

Rajoy podría convocar hoy mismo un consejo de ministros para aplicar el 155 y tomar las primeras decisiones.

La celebración de elecciones autonómicas en Cataluña la próxima primavera supone, de facto, el relevo de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat. Con el adelanto de los comicios catalanes, el Gobierno despojará por la vía de los hechos a Puigdemont de la competencia exclusiva que tiene el actual jefe del Gobierno autonómico para decidir cuándo serán las elecciones.
Por tanto, la primera medida que emanará de la activación del artículo 155 de la Constitución representará la caída del president y posiblemente la de todo su Gobierno ya que para poder disolver el Parlament y llamar a las urnas a los catalanes ha de intervenirse también la logística que gestionan otras áreas del Gobierno, entre ella la de Interior y Seguridad.
Pero, ¿cuándo podrá el Gobierno proceder al relevo del 'president'? El pleno del Senado vota este viernes las medidas del artículo 155 de la Constitución que el Gobierno podrá aplicar en Cataluña y que, a iniciativa del PSOE, podrán matizarse si desaparece la causa que ha provocado su activación o si cambian las circunstancias políticas.
En una sesión en la que el jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, defenderá las medidas del 155, el Senado autorizará de forma definitiva al Gobierno para poner en marcha las actuaciones previstas tras la maratoniana sesión de ayer en comisión, en la que el PP aceptó modularlas a la espera de una salida "in extremis".
En el pleno no habrá finalmente debate entre el Gobierno de Rajoy y el de la Generalitat, después de que el presidente catalán rechazara acudir a esta sesión, como le había ofrecido el presidente del Senado, Pío García Escudero.
Los grupos podrán presentar votos particulares hasta el mismo momento en que se celebre la votación, al haberse ampliado ayer el plazo que inicialmente vencía hoy a las 9,30 horas para facilitar la negociación de las enmiendas.
Una vez aprobada la resolución en el Senado, se abren varias vías. La primera, y más probable, es que el gobierno convoque hoy mismo un Consejo de Ministros y en él se aprueben los ceses de todos los integrantes del Govern y la intervención de las áreas. Además, en esa reunión se nombraría a la comisión u órgano que coordinará la aplicación de las medidas del 155, sin que se descarte la posibilidad de que sea un mando único. Tanto la rssolución del senado como la decisión del Gobierno se publicarían en un BOE extraordinario hoy o en el ordinario de mañana sábado.
La otra opción sería retrasar a mañana el inicio de la aplicación del 155. De este modo, el Ejecutivo esperaría a que el BOE publicara el acuerdo en el Senado. Después, se celebraría un Consejo de Ministros y allí se aprobarían las destituciones.
Y SI LO DESTITUYE Y SIGUE EJERCIENDO AUNQUE LE CIRREN EL PARLAMENTO ¿QUÉ PASARÍA SI TIENEN QUE ESPERAR A ENJUICIARLO SIENDO AFORADO?

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