Los padres de la pequeña Andrea, en Santiago.
¿Qué diferencia hay entre suicidio asistido, sedación y eutanasia?
La ley permite prácticas como cesar el esfuerzo terapéutico o la sedación terminal.
El caso de Andrea, la niña de 12 años, ha reabierto el debate –nunca cerrado del todo– de la regulación de la muerte digna en España. Pero esto tiene que partir de un consenso acerca del nombre de las distintas posibilidades, entre las legales en España y las que no lo son, sobre las que se discute.
Cesación del esfuerzo terapéutico. Esta definición corresponde a poner fin al encarnizamiento u obstinación terapéutica, empeñarse en dar tratamientos a personas sin posibilidades de recuperación. La ley de autonomía del paciente de 2002 (y las autonómicas de Andalucía, Galicia, Aragón y Navarra) establecen que el paciente (o sus representantes) puede decidir qué tratamientos recibe y cuáles no, independientemente de qué consecuencias tenga para él. El caso extremo (y parecido al de Andrea) fue el de Inmaculada Echevarría en 2007, que consiguió que le retiraran el respirador tras más de 10 años viva gracias al aparato. Juan Pablo II se la aplicó cuando renunció a ser hospitalizado al final de su vida y prefirió morir en el Vaticano. Es lo que antiguamente se llamaba eutanasia pasiva.
Sedación terminal. También llamada sedación paliativa. Es otra buena práctica médica y legal. Consiste en proporcionar a un enfermo terminal y que sufre toda la analgesia u otros tratamientos (por ejemplo, para los ahogos o la agitación) que necesite para controlar estos síntomas. En este caso, se admite que esos fármacos puedan reducir el tiempo de agonía, pero no se busca provocarla, sino que el paciente la pase en la mejor situación posible.
Suicidio médicamente asistido. Es legal en Suiza, por ejemplo, pero ilegal en España, donde la ayuda necesaria al suicidio está penada. Consiste en facilitar a un enfermo terminal los medicamentos (generalmente varios con efecto inhibidor del sistema respiratorio y el cardiovascular, además de un antihemético) para que se quite la vida. Donde se aplica, se busca que sea un médico quien aconseje y recete los fármacos, pero la ingesta debe ser acción del paciente. En España lo llevó a cabo Madeleine Z, postrada en una silla de ruedas que tomó la combinación de medicamentos tomada con helado. También fue el caso del parapléjico Ramón Sampedro, solo que en su caso no fue asistido médicamente, sino que él planeó la compra e ingesta del cianuro con que se mató.
Eutanasia. Es legal en Holanda, Bélgica, Vermont, Washington y parte de Australia. Consiste en que un médico administra una combinación de fármacos letal a un paciente que lo ha pedido reiteradamente cuando está ya en situación terminal y tiene sufrimiento físico o psicológico. En España es ilegal.
EL PROBLEMA ESTÁ EN QUIÉN PONE EL LÍMITE A LA VIDA, CUÁNDO ,EN QUÉ MOMENTO Y QUIÉN LO DECIDE EN ESTA SOCIEDAD TAN MATERIALISTA Y HEDONISTA.
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