viernes, 13 de diciembre de 2013

LOS CORRUPTOS LEGISLAN PARA ELLOS.

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón. (EFE)
El nuevo Código Penal de Ruiz-Gallardón ‘olvida’ endurecer las penas por corrupción.
La reforma del Código Penal impulsada por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón y que introduce por primera vez la polémica figura de la prisión permanente revisable para los delitos más graves es, sin embargo, una oportunidad perdida para atajar de raíz los males endémicos de la corrupción política. Así lo piensan al menos varios grupos de la oposición, entre ellos UPyD, la Izquierda Plural y ERC, que ayer le reprocharon al ministro la falta de acción en este ámbito, pese a la multitud de escándalos que han ido aflorando en los últimos años en partidos y sindicatos. Gallardón replica que las principales medidas contra la corrupción se abordarán en un próximo paquete de reformas impulsado por la propia vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría.
La más contundente desde la tribuna del hemiciclo fue, sin duda, la portavoz de UPyD, Rosa Díez, quien enumeró una decena de escándalos recientes que seguirán quedando impunes con la nueva redacción del Código Penal que sí ha incluido, en cambio, reacciones a otros temas de actualidad como el fin de la doctrina Parot y la salida a la calle de terroristas y violadores no arrepentidos.
Entre los casos citados por Díez, destacan el caso Barcina, que seguiría archivado con la actual redacción del delito de cohecho, el caso Matas y la figura actual de la prevaricación, que no incluye prácticas como las que llevó a cabo el expresidente balear, que diseñó un concurso público a la medida del periodista que le escribía los discursos a través de una sociedad tapadera. Díez también criticó que no se hayan alterado los requisitos de lo que se entiende por delito de tráfico de influencias a raíz del caso José Blanco o que no se hayan endurecido las penas por financiación ilegal de partidos (caso Pallerols, Gürtel y los ‘papeles de Bárcenas’). Tampoco existe un nuevo tipo de delito que castigue el enriquecimiento ilícito de cargos públicos y que pudiera ser aplicable al expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra.
Díez recordó que el proyecto tampoco contempla ningún delito específico para perseguir la gestión negligente de los responsables de las entidades financieras rescatadas por el Estado (Bankia, Banca Cívica, Banco de Valencia, CAM…) ni incluye delitos relacionados con el mercado como el de la manipulación para alterar el valor de las cosas (la salida a bolsa de Bankia o la estafa de las preferentes). Tampoco una reforma de los delitos societarios para “que las millonarias retribuciones, prejubilaciones y pensiones autoconcedidas por los consejeros de entidades financieras rescatadas sean perseguibles”.
UPyD es, sin embargo, uno de los pocos grupos parlamentarios que, a pesar de sus reticencias, no ha presentado una enmienda a la totalidad de la reforma impulsada por Gallardón y espera poder colar algunas de sus propuestas en el trámite de enmiendas.
La portavoz de UPyD, Rosa Díez. (EFE)La portavoz de UPyD, Rosa Díez. (EFE)Otros portavoces como Gaspar Llamazares, de Izquierda Unida, o Joan Tardà, de ERC, fueron también igual de contundentes al afirmar que este nuevo Código Penal es muy duro con algunas penas como la citada prisión permanente revisable, y, sin embargo, apenas ha tocado estos aspectos.
Para Llamazares, se trata de un Código Penal “de clase” que no está frente a la corrupción”. “He oído esta mañana en los medios de comunicación que este Código Penal era contra la corrupción. ¡Por Dios! Dígame qué artículos utiliza usted en este Código Penal contra la corrupción”, reclamó desde la tribuna. “No hay nada contra la corrupción, nada; muy al contrario, el levantamiento de bienes está tratado prácticamente a la baja; muy al contrario, en la responsabilidad penal de sociedades ustedes quitan todo lo que se había incrementado en revisiones anteriores”, explicó.
Llamazares reprochó también que el texto quiera, incluso, exonerar a los partidos de las actuaciones individuales de algunos de sus miembros o cargos electos. “¿Qué dicen? Que si el partido político o la sociedad tienen un programa preventivo no hay responsabilidad del ente jurídico y no hay responsabilidad de la sociedad, hay responsabilidad personal. Para ese viaje no necesitábamos estas alforjas”, concluyó.
Tardà, por su parte, denunció que la reforma mantiene un “excesivo galantismo” para algunos delitos económicos relacionados con la corrupción urbanística y el blanqueo de capitales.
Gallardón se defiende
En su réplica a todos los grupos, Gallardón no pasó por alto las críticas en este aspecto y recordó que el Gobierno presentará, próximamente, un ambicioso paquete de medidas contra la corrupción, algunas de naturaleza administrativa y otras de carácter penal.
“En ese paquete es donde va la regulación del reproche que esta Cámara tiene que hacer a la corrupción política, pero carecería completamente de sentido que hubiésemos seccionado lo que tiene que ser un discurso con una parte administrativa y una parte penal, pero único, contra la corrupción”, explicó el ministro.
El expresidente de la Diputación de castellón Carlos Fabra. (EFE)El expresidente de la Diputación de castellón Carlos Fabra. (EFE)“Siendo esto así, lo que no es cierto es que no hayamos introducido modificaciones en lo que se refiere a la delincuencia económica, porque la hemos revisado en profundidad. Hemos revisado en profundidad el delito de administración desleal de patrimonios ajenos que causa perjuicio patrimonial, se supera el modelo vigente relativo a los delitos de malversación, tipificamos como delito todos los supuestos de gestión desleal de patrimonio público, contrataciones a precios superiores a los reales, celebración de contratos sin prestación, utilización del patrimonio público para fines privados, se mejoran técnicamente los presupuestos para exigir responsabilidad a las personas jurídicas y se extiende a las sociedades mercantiles públicas el régimen de responsabilidad de las personas jurídicas”. 
 
COMENTARIO:
¿y que esperaban? Primero deben tener claro el concepto mismo de corrupción: no solo robo, apropiación de dinero publico, malversación de fondos, prevaricación, trafico de influencias....también administración desleal, formas de clientelismo, trato desigual, información no veraz....y luego hay que considerar delito no solo el practicar directamente la corrupción, sino, facilitarla, esconderla, disimularla, protegerla, facilitar enjuiciamientos favorables para la misma, y finalmente indultarla.
Endurecer la penas por corrupción y con efecto retroactivo. En esto sí que hace falta el efecto retroactivo porque con el tema de la corrupción no es cambiar las reglas en medio del partido, sino  evitar que los corruptos queden impunes, aunque hayan cometido su latrocinio hace más de veinte años. El tema de la corrupción es quizá el único caso en el que una ley puede ser retroactiva y no prescribir.


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