viernes, 26 de noviembre de 2021

EL SUPREMO TUMBA LA POLÍTICA LIGUISTICA DEL VALENCIANO DE XIMO PUIG

 El Supremo tumba la «policía lingüística» del valenciano de Ximo Puig

El alto tribunal coincide con el TSJ y anula parte del decreto que regula su funcionamiento al considerar que las reclamaciones no se tramitan conforme a la legalidad

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat Valenciana contra la sentencia que declaró nulos doce artículos del decreto que regula el funcionamiento de la Oficina de Derechos Lingüísticos del Consell por considerar que no atienden a la legalidad y generan indefensión ante los denunciados.

Una decisión que da la última estocada a un proyecto que la oposición al tripartito que lidera Ximo Puig –PSPV, Compromís y Unides Podem– criticó desde el primer momento y llevó ante los magistrados, ante lo que entendían que era una especie de «policía lingüística». Durante 2018, el primero y último año del que se tienen datos, la oficina recibió 87 solicitudes, de las que solo 31 fueron reclamaciones. El grueso de esas peticiones fueron sugerencias (53), además de tres consultas.

Desde el Gobierno autonómico se han limitado a decir en un comunicado que respetan el auto, pero no lo comparten, y que seguirán «trabajando en fórmulas para asegurar los derechos lingüísticos» porque «la ciudadanía valenciano hablante no los tiene todos asegurados».

Este organismo público, creado por la Conselleria de Educación en 2017, atiende las reclamaciones, sugerencias y consultas que se formulan ante supuestos casos de discriminación esta materia. De hecho, asume el papel de mediador cuando cualquier persona denuncia que una institución pública, empresa o ciudadano ha perjudicado sus derechos lingüísticos, aunque no tiene carácter sancionador.

Por ello, la Generalitat mantenía que esas reclamaciones no constituían actos administrativos y no debían procesarse como tal, siendo innecesario, por tanto, regular la oficina por ley. Un criterio que no compartió el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana - que tumbó la norma en julio de 2020- y con el que tampoco coincide ahora el Supremo.

El alto tribunal asegura que el funcionamiento de este ente público no es conforme a derecho por no adaptarse al resto de procedimientos administrativos y no ofrecer la posibilidad de que las denuncias puedan ser recurridas o impugnadas por la parte infractora. Algo que «es claramente contrario a los principios de seguridad jurídica y responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad» recogidos en la Constitución, así como a los artículos que consagran la obligación de que la Administración actúe «con sometimiento pleno a la ley y al Derecho».

El Supremo señala que el decreto determina en su artículo 10 que, en todos los casos, la oficina «iniciará un expediente informativo para averiguar si los hechos expuestos por la persona interesada constituyen una vulneración de los derechos lingüísticos de acuerdo con la normativa vigente» y que «las personas interesadas serán informadas con respecto al estado de su tramitación. La comunicación de la respuesta se regirá por las normas que regulan el trámite de la notificación para los actos administrativos».

Por tanto, añade el tribunal, «nos encontramos con que la Administración -la ODL- recibe una denuncia (pero también puede actuar de oficio por conocimiento propio ex artículo 4), inicia un expediente informativo para investigar unos hechos, califica los hechos como vulneradores o no de los derechos lingüísticos, actúa frente a terceros públicos y privados si aprecia esa vulneración, y da una respuesta que se notifica al interesado afectado en la misma forma que los actos administrativos».

La sentencia concluye que, en todos los casos, la actuación de la oficina «se caracteriza por tomar conocimiento de los hechos, hacer una valoración en cuanto a su incidencia en los derechos lingüísticos, remitirla a los interesados/afectados por considerar que han llevado a cabo actuaciones vulneradoras de los derechos lingüísticos que la ODL defiende, e imponiendo, a modo de corrección jurídica, la adopción de las medidas adecuadas para enmendar los hechos y prevenir que no se reproduzcan en adelante».

Imagen del presidente de la Generalitat, Ximo Puig, este jueves en rueda de prensa
Imagen del presidente de la Generalitat, Ximo Puig, este jueves en rueda de prensa - ROBER SOLSONA

«Incide en la esfera de derechos de particulares»

Recuerda, además, que el preámbulo del decreto justifica su creación afirmando que responde a «la necesidad de que los poderes públicos pongan al alcance de la ciudadanía un recurso de carácter institucional especializado en la atención de casos de discriminación en materia lingüística, que sirva de canal para corregir los hechos objeto de denuncia y que al mismo tiempo ayude a restablecer en la sociedad la normalidad de los usos que corresponden al valenciano como lengua oficial».

Es decir, la administración crea un órgano para atender «casos de discriminación en materia lingüística», que califica abiertamente como tales y por ello actúa frente a terceros, y lo hace con la finalidad de «corregir los hechos objeto de denuncia» y llegar «a restablecer en la sociedad la normalidad de los usos que corresponden al valenciano como lengua oficial».

En definitiva, para el alto tribunal, la actuación final de asesoramiento de este organismo «conlleva previamente una clara decisión declarativa atribuible a una Administración Pública, que ha sido adoptada en ejercicio de una potestad administrativa tendente a un específico interés público, que produce un efecto sobre los destinatarios por así establecerlo el ordenamiento jurídico, llegando a incidir en la esfera de derechos de particulares, que no responde a situaciones de inmediatez que impidan o imposibiliten la tramitación de un procedimiento».

«Lo ha sido de tal manera que la decisión ha sido adoptada sin ningún tipo de garantía administrativa previa y sin que se contemple la posibilidad de impugnarla, es más, el artículo 7.2 dispone que no se podrán interponer recursos contra la respuesta de la Oficina», zanja.

El PP, contra la «imposición»

Sobre esta cuestión se ha pronunciado este viernes el PP, que llevó el asunto a los tribunales. «Los valencianos no necesitamos una policía linguística, como la que quería imponer Ximo Puig, que nos vigile y que imponga la agenda catalanista en nuestra Comunitat porque nosotros defendemos el bilingüismo activo y seguiremos trabajando, desde el sentido común y la protección de la legalidad, por la cooficialidad de castellano y valenciano en esta Comunitat», ha asegurado líder de los populares valencianos Carlos Mazón.

Mazón ha pedido a Puig que «abandone ya sus proyectos de implantación del modelo catalán» y ha abogado por «seguir promocionando el valenciano pero no desde la imposición y desde el dogma» porque «nuestra lengua es riqueza para todos y no se puede seguir con esta agenda de imposición».

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