martes, 29 de junio de 2021

TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE LA REFORMA DE LAS PENSIONES.

 Todo lo que hay que saber sobre la reforma de pensiones

El Gobierno llega a un acuerdo con los agentes sociales sobre las pensiones.

A falta de ratificación por los órganos de dirección de los interlocutores sociales, empresarios, sindicatos y el Gobierno de España han cerrado hoy el primer acuerdo en pensiones, una de las reformas más importantes que reclama Bruselas. Los cambios consensuados garantizan a los jubilados la revalorización de sus nóminas con el IPC, pero a cambio impone importantes recortes en las jubilaciones anticipadas voluntarias, que llegarán hasta el 21 % si se adelante el paso al sistema dos años antes de la edad legal de retiro.

Entre los puntos más importantes encontramos los siguientes:

Nóminas: El pacto entre los agentes sociales y el Gobierno refleja que las nóminas de las pensiones se revalorizarán con el IPC del año anterior, renunciando a exigir ajustes en los casos en que los precios bajen. Así, se elimina el índice de revalorización de la reforma del año 2013, con la cual se obligaba a subir las nóminas de los jubilados un 0,25 % si las cuentas no estaban equilibradas.

Jubilaciones anticipadas: Aquellas personas que decidan jubilarse voluntariamente 23 o 24 meses antes del límite legal podrán ver reducciones en su nómina de hasta el 21 % (hasta ahora era el 16 %). Por otro lado, los que abandonen el mercado laboral 22 meses antes de cuando les corresponde, verán reducida su pensión en un 14,67 %, y no en un 16 %. Las penalizaciones comienzan a aplicarse cada mes en lugar de cada trimestre, pero no serán efectivas hasta 2024 y diluidas en diez (hasta 2023). Los despedidos a causa de la situación epidemiológica derivada del coronavirus no verán repercusiones en su nómina.

Cotizar después de los 65: No pagan cotización por contingencia las empresas y los trabajadores con más de 65 años que siguen trabajando, salvo a causa de una incapacidad temporal. No obstante, los periodos no cotizados se computarán como cotizados.

- Retrasos en la jubilación: Aquellas personas que decidan retrasar su jubilación tendrán una bonificación. Se fija una prima que se abonará de una sola vez de hasta casi 11.000 euros (en el caso de 37.567 euros de pensión) por cada año de retraso. En los casos en los que el trabajador tenga a sus espaldas más de 44,5 años cotizados, el incentivo llegará a los 12.060 euros por cada año de aplazamiento.

Jubilación forzosa: Las empresas no podrán obligar a jubilarse a aquellos trabajadores de emnos de 68 años, salvo que pertenezcan a sectores en los que las mujeres representen menos del 15 % de los empleados. Existen dos condiciones: que la baja laboral lleve aparejada una contratación fija y a tiempo completo de al menos una mujer, y que el que se jubila tenga derecho al 100 % de la pensión.

Autónomos: A partir del 1 de enero de 2022 se establecerán tramos a los que los autónomos se acogerán en función de sus ingresos y que podrán modificar hasta en seis ocasiones. Estos tramos se establecerán en el marco de diálogo social y se da un plazo de un año para abordar las diferencias entre el régimen general y el de los autónomos para equiparar la protección social entre ambos. Estos tramos se regularán en función del rendimiento.

Viudedad: En seis meses se equipararán las pensiones de viudaded de las parejas de hecho a las que disfrutan los matrimonios.

Becarios: En tres meses un reglamento garantizará que la actividad de los becarios esté incluida en la Seguridad Social, incluso cuando no reciban ningún tipo de sueldo o beca.

HAN MACHACADO YA LAS PENSIONES.

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