lunes, 25 de noviembre de 2019

LA FISCALÍA LAMENTA LA SENTENCIA A LA BAJA CONTRA LOS LÍDERES DEL PROCÉS.

El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, antes de declarar en el juicio del Tribunal Supremo

La Fiscalía lamenta la sentencia «a la baja» contra los líderes del «procés»

Se opone a los incidentes de nulidad presentadas por las defensas, trámite necesario para llegar al Constitucional.

La Fiscalía ha lamentado que el Tribunal Supremo haya optado «por una tipificación penal a la baja» en su sentencia por sedición contra los líderes del «procés». Cabe recordar que el tribunal condenó a los encausados por el delito de sedición y no por rebelión, como demandaba el Ministerio Público.
Así lo ha considerado la Fiscalía al posicionarse sobre los incidentes de nulidad presentados por las defensas, un trámite imprescindible para que los abogados de los líderes sentenciados puedan recurrir ante el Tribunal Constitucional.
La Fiscalía, en sus escritos remitidos al Supremo, se opone a la pretensión de la las defensas de anular la sentencia. Aunque todavía le falta todavía pronunciarse sobre los incidentes presentados por el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y el exconsejero Raül Romeva. Será la Sala Penal del Supremo la que tenga que resolver.

En respuesta al incidente de nulidad presentado por el abogado del exconsejero de Interior Joaquim Forn, por ejemplo, La Fiscalía considera que el tribunal de la Sala Penal presidida por Marchena habría podido otorgarle a los hechos «un encaje normativo más riguroso».
Y es que las defensas, entre otros argumentos, ponían sobre la mesa la supuesta «desproporción de la pena finalmente impuesta». La Fiscalía les responde que «bastaría para rechazar tal alegación reparar en que la ilícita conducta» -en este caso de Forn- no afectó solamente al orden público, sino que también intentó quebrar el orden constitucional».
«Aun cuando el tribunal haya considerado finalmente que los hechos cometidos no tuvieron suficiente eficacia lesiva para el orden constitucional, es lo cierto que el propio relato de hechos probados acredita el desbordamiento de los contornos legales propios de la sedición y la incursión de los mismos en al ejecución de algunos de los elementos típicos de la rebelión», razona la Fiscalía. Y cita expresamente el alzamiento público, la violencia, la declaración de independencia y la derogación de la Constitución.
El hecho de que el Tribunal Supremo optase por condenar por sedición en lugar de rebelión implicó penas para los líderes del «procés» sensiblemente inferiores a las que reclamaba la Fiscalía.
YO OPINO IGUAL.

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