viernes, 21 de junio de 2019

EL TRIBUNAL SUPREMO ENDURECE LA CONDENA A LA MANADA A 15 AÑOS DE PRISIÓN POR VIOLACIÓN

El Tribunal Supremo endurece la condena a La Manada a 15 años de prisión por violación

El Alto Tribunal zanja el debate que desató una ola de protestas en España y aprecia una agresión sexual por parte de los miembros de La Manada


El Tribunal Supremo ha elevado este viernes a un delito de violación la condena a los cinco acusados de La Manada, que agredieron sexualmente a una chica de 18 años en los sanfermines de 2016, y ha zanjado un debate que desató una ola de protestas en toda España. El Alto Tribunal ha adelantado su fallo tras escuchar los alegatos de las partes del caso, después de deliberar tras celebrar una vista pública sobre los recursos de casación. Fue una agresión sexual y no un abuso sexual.
Con su decisión, el Supremo ha endurecido la pena de los cinco acusados, elevándola desde los nueve años de prisión hasta una pena de quince años de cárcel. Cinco magistrados de la Sala de lo Penal han revisado la sentencia de apelación del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TJSN), que ratificó la primera sentencia del caso, la que dictó la Audiencia Provincial de Navarra. Ha comenzado la cuenta atrás para que los cinco acusados de La Manada, que ya llevan un año en libertad provisional, vuelvan a la cárcel.
Los dos tribunales que enjuiciaron los hechos antes de que el caso llegase al Supremo consideraron que lo que sucedió en un portal de Pamplona aquel 7 de julio de 2016, en plenas fiestas de los sanfermines pro parte de La Manada, fue un abuso sexual con prevalimiento, un delito menor a la agresión sexual, al no ver intimidación. Los magistrados siempre creyeron a la víctima, al considerar probado un relato de hechos que encaja de lleno con el testimonio de la chica; pero no apreciaron la intimidación que exige una agresión sexual. El Supremo, que había indicado el camino en otras resoluciones recientes, da la vuelta a ese razonamiento y condena por el delito más grave, la agresión sexual.

En un comunicado difundido por el tribunal, los magistrados argumentan que «la redacción de los hechos probados determina que éstos no pueden constituir un delito de abuso sexual, sino un delito de violación, siendo incorrecta por tanto la calificación jurídica de los mismos». Los hechos describen, continúan los jueces del Supremo, «un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados», que incluyeron diez agresiones con penetraciones bucales, vaginales y anales. El Alto Tribunal, que ha tomado la decisión por unanimidad, añade que los acusados de La Manada podrían haber sido condenados por una pluralidad de delitos de agresión sexual, en lugar de uno continuado, pero aclara que no puede corregir esa circunstancia porque nadie la impugnó.
Una vez que la condena ha adquirido firmeza, a la Audiencia Provincial de Navarra, el tribunal que enjuició los hechos, le corresponde ejecutar la condena. Este órgano debe solicitar el encarcelamiento de los cinco acusados, José Ángel Prenda, Ángel Boza, Jesús Escudero, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Cabezuelo. Además del delito de violación, los magistrados les aplican las agravantes por trato vejatorio y actuación en conjunto, lo que les endurece la pena. Según han informado fuentes juridicas, la sección segunda de la Audiencia de Navarra ha dictado inmediatamente las órdenes de detención e ingreso en prisión de los cinco acusados.
Para justificar las agravaciones, los magistrados explican el trato vejatorio por las múltiples penetraciones simultáneas que cometieron los condenados, que además se alardearon de lo que hiiceron en vídeos grabados, «jactándose de su obrar». El Supremo señala que así queda acreditado según la primera sentencia. Además, el delito se cometió en grupo, aprovechando la superioridad numérica para lograr «una mayor impunidad» y asegurar la comisión del delito, que podría haberlo cometido cada uno en solitario. Los jueces también elevan la condena al miembro de la Manada que robó el móvil de hurto a robo con intimidación.
La decisión de los magistrados llegó después de celebrarse este viernes la vista para escuchar los alegatos de las partes que presentaron recursos de casación. La Fiscalía llevó la voz cantante y solicitó una condena por violación al considerar que La Manada empleó la intimidación para agredir sexualmente a la joven. Una reflexión de la representante del Ministerio Público flotó en el ambiente, condensando la versión de las acusaciones. «¿Qué tipo de juerga termina con una persona tirada en el suelo llorando, desnuda, robándole el móvil y tirándole las tarjetas?» El Supremo, la cumbre del sistema, ha tenido la última palabra: fue una violación.
En la vista, y desde la bancada de enfrente, el único abogado de los cinco acusados solicitó la absolución y criticó la presión mediática y social que ha generado el caso. «La sociedad dictó sentencia el 8 de julio y ha cerrado el camino a cualquier decisión judicial que no lleve a una sentencia condenatoria». El letrado se apoyó en el voto particular de la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra para pedir la absolución y defendió que la víctima accedió a los hechos sexuales, una versión que no ha avalado ninguna sentencia.
La Justicia siempre ha creído la versión de la víctima según las pruebas practicadas en el juicio, y el Supremo ahora eleva la categoría de lo que sucedió aquel día a una violación en grupo.
LA VIDA ESTA LLENA DE PROBLEMAS.

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