viernes, 26 de octubre de 2018

LA ABOGACÍA DEL ESTADO SE CENTRARÁ EN LA MALVERSCIÓN EN EL JUICIO CONTRA EL PROCESO INDEPENDENTISTA.

Imagen de la Consejería de Economía, asediada por una masa de independentistas el 20 de septiembre de 2017, cuando una comitiva registrada la sede por orden de un juez que investigaba el referéndum ilegal

La Abogacía del Estado se centrará en la malversación en el juicio contra el proceso independentista.

Su papel secundario en el juicio permite el guiño al secesionismo sin grandes costes.

«No solo el papel de la Fiscalía General del Estado es importante, sino también en muchos de esos procedimientos la Abogacía del Estado está personada como parte (...). El Estado tiene muchos instrumentos a su alcance para aligerar esta situación». Quien así hablaba era el vicepresidente de la Generalitat, Pere Aragonés. Fue el pasado 12 de julio, después de reunirse en Madrid con la vicepresidenta del Ejecutivo, Carmen Calvo. Había pasado un mes y medio de la llegada de Pedro Sánchez a La Moncloa y el «Govern» ya contemplaba la posibilidad de que el Ejecutivo central fuera benevolente con los procesados del 1-O a través de la Abogacía del Estado.
Tras descartarse el escándalo que habría supuesto «tocar» al Ministerio Público –con cuatro fiscales de sala del Supremo que desde el primer momento han defendido sin fisuras el delito de rebelión–, el único «gesto» de carácter jurídico posible que le queda a Sánchez para conseguir el apoyo de los independentistas a sus Presupuestos es maniobrar con los servicios jurídicos del Estado, que sí dependen del Ministerio de Justicia.
Se trata de un gesto meramente simbólico, porque la acusación por rebelión está garantizada desde el momento en que una de las partes la solicita: en este caso Fiscalía y Vox.

La Abogacía del Estado no ha sido en ningún momento de la causa especialmente combativa con el delito de rebelión, por lo que no acusar por este delito no tiene un gran coste. Su papel ha sido secundario y centrado en la distracción de caudales públicos. Prueba de ello fue el momento procesal en el que se incorporó a la causa del Tribunal Supremo: el 15 de febrero, cuatro meses después del inicio de la instrucción y para centrarse en la devolución del dinero sustraído a las arcas públicas, una actuación similar a la que adopta en los juicios por corrupción.


Centrada en la malversación

Como informó ABC, son varios los informes que apuntan al desvío de fondos: la Fiscalía ha cuantificado 2 millones de euros más 900.000 del uso de los 2.259 locales destinados al 1-O. La Abogacía del Estado incidirá previsiblemente en ello, en un escrito que, según fuentes próximas a los servicios jurídicos del Estado, será prolijo en este punto para sustentar la existencia de ese delito, cuya acusación recaería en el exvicepresidente y los exconsejeros de la Generalitat.
La acusación por rebelión quedaría así previsiblemente sustituida por la de sedición, que no tiene el componente de violencia que exige el delito de rebelión. En el artículo 544 y siguientes del Código Penal se habla de un levantamiento «público y tumultuario» que en el caso de las autoridades puede estar penado con hasta 15 años de cárcel (la rebelión puede alcanzar hasta 25, y 30 si es con armas).
El debate en el seno de la Abogacía del Estado sobre la acusación por rebelión no está siendo pacífico, según reconocen fuentes cercanas a los servicios jurídicos del Estado.
ESTO VA QUEDAR EN AGUA DE BORRAJAS Y EL SEPARTISMO ENVALENTONADO NO LE VEO UN FINAL FELIZ.

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