domingo, 9 de septiembre de 2018

EL JUEZ ARCHIVA LA CAUSA DE LAS GRABACIONES DE CORINNA QUE AFECTAN AL REY JUAN CARLOS.

El juez archiva la causa de las grabaciones de Corinna que afectan al Rey Juan Carlos

Anticorrupción solicitó su sobreseimiento aunque investigará posibles comisiones por la concesión del AVE a La Meca

El juez de la Audiencia Nacional Diego de Egea ha archivado este viernes la pieza del caso Villarejo que afecta a las grabaciones de Corinna zu Sayn-Wittgenstein sobre el Rey Juan Carlos I, que abdicó del trono en 2014. El magistrado ha tomado esta decisión tras solicitar el sobreseimiento la Fiscalía Anticorrupción. En un auto, el juez cierra la investigación al descartar la solidez de los indicios y expone que todos los hechos relatados se produjeron entre 2009 y 2012, cuando Don Juan Carlos era el Rey de España y estaba por tanto protegido por la inviolabilidad, consagrada en la Constitución.
El Ministerio Público considera que los posibles indicios en la actuación del Rey emérito son «extremadamente débiles» y que, en cualquier caso, todos los hechos citados en las cintas son anteriores a 2014, cuando Juan Carlos I era inviolable como Jefe del Estado. En una nota, Anticorrupción explica que los datos desvelados en la grabación de la reunión entre Corinna y el comisario jubilado José Manuel Villarejo no son suficientes para abrir una investigación. Pidió por ello el sobreseimiento de esta pieza, llamada Carol, dentro del caso Tándem relativo a Villarejo.
Las grabaciones las realizó sin el conocimiento de Corinna el comisario jubilado, que se encuentra en prisión desde noviembre de 2017, investigado por liderar una red de tráfico de información y coacciones. La Fiscalía le acusa de coliderar una organización criminal para conseguir y vender información confidencial valiéndose de su condición policial. Su socio Rafael Redondo, en cuyo domicilio se hallaron las cintas, también está en la cárcel.

Las conversaciones grabadas en torno al Rey emérito, difundidas por los diarios El Español y Okdiario, versaban sobre un supuesto terreno en Marruecos, la supuesta existencia de cuentas en Suiza y el posible pago de comisiones para la intermediación en la adjudicación del AVE a La Meca a favor de un consorcio español. En la charla, que tuvo lugar en Londres en 2015 también estuvo presente el empresario Juan Villalonga, expresidente de Telefónica.
El juez de la Audiencia Nacional alega que la única base de los hechos que se imputan al Rey emérito es el relato de los mismos expresado por Corinna, que se precipitó al romperse su amistad. Por este motivo, el magistrado resta valor al testimonio de Corinna, que no ha sido acompañado además de ninguna prueba documental. Ni la Policía ni la Agencia Tributaria respaldan las sospechas.
Según el magistrado, Corinna tampoco ha aportado ninguna prueba que demuestre que fue utilizada como testaferro por Don Juan Carlos, como manifestó en la conversación grabada. «No consta, ni relata de forma detallada, concreta y concisa respecto a D. Juan Carlos I cuáles fueron esos actos ne los que fue utilizada, no deduciéndose la existencia de actos de ocultación, transmisión o transformación del patrimonio obtenido merced a ninguna defraudación», señala el juez en la resolución motivada.
Al cerrar esta pieza, el magistrado tampoco aprecia indicios suficientes para actuar contra Villarejo por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos por la difusión de las grabaciones. De Egea sostiene que el comisario era un simple oyente en el encuentro con Corinna, destaca que se encontraba en prisión cuando salieron a la luz las cintas y descarta cualquier tipo de presión en la conversación distendida entre los participantes. El comisario jubilado, a quien situarían al frente de lo que se han llamado «las cloacas del Estado», se encuentra imputado por delitos de organización criminal, cohecho y blanqueo de capitales.

«Indicios débiles»

«En lo que atañe a la eventual intervención del hoy Rey Emérito, los indicios son extraordinariamente débiles pues consisten en la mera referencia que hace una persona que no aparece directa ni indirectamente implicada en los pagos y que tampoco manifiesta la razón de su conocimiento. Al margen del ello, atendiendo a la fecha del supuesto pago, también en este caso, el entonces Rey Juan Carlos gozaba de la inviolabilidad reconocida al Jefe del Estado en el artículo 56.3 de la Constitución», explica Anticorrupción, sobre la operación internacional que podría derivar en una nueva causa.
Aun así, la Fiscalía considera oportuno investigar la posible existencia de esas comisiones en la concesión, al existir indicios corroborados por otros caminos más sólidos. «Al tratarse de un posible caso de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, sí parece procedente iniciar una investigación, desde luego al margen de este procedimiento, pues ninguna conexión tiene con el mismo», sostiene la Fiscalía.
NO SE PUEDEN TAPAR LAS CORRUCTELAS DE UN REY EN UNA DEMOCRACIA VERDADERA Y SI ES ASI LA DEMOCRACIA ESTÁ ENFERMA,ESO ES LO QUE VEO.

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