viernes, 27 de noviembre de 2015

EL PARLAMENT AHORA SE DESDICE

Una imagen del Parlament durante la primera sesión de investidura de Mas.

Una imagen del Parlament durante la primera sesión de investidura de Mas.

El Parlament dice que la declaración secesionista es solo “una aspiración”

La Cámara explica en sus alegaciones al TC que este tipo de acciones no son vinculantes.

El Parlament alega al Tribunal Constitucional que la resolución independentista aprobada el pasado 9 de noviembre es más "una aspiración o deseo que una disposición vinculante", según el documento enviado al tribunal. La presidenta de la Cámara, Carme Forcadell, firma doce alegaciones que piden que el TC no admita a trámite la impugnación promovida por el Gobierno Central al texto de inicio del proceso de "ruptura" con España.
Como anunció el pasado martes, el Parlament ha pedido al TC la anulación de facto de la resolución promovida por Junts pel Sí y la CUP. Las alegaciones reclaman que no se admita esa impugnación, como era de esperar. Pero lo interesante son los motivos. El propio Parlament cuestiona el poder que tiene la resolución aprobada antes de la investidura y la rebaja a un posicionamiento político. Aunque, eso sí, la justifica diciendo que responde al resultado de las elecciones del 27-S.
La resolución, dice el texto, "es un acto parlamentario de naturaleza estrictamente política". Por eso, prosigue, "no tiene los elementos necesarios para ser objeto idóneo de un proceso jurisdiccional de inconstitucionalidad".
La Mesa del Parlament justifica que lo que hace es remitirse a sus funciones de "impulso de la acción política y de gobierno" que tiene encomendada por el artículo 55.2 del Estatuto de Autonomía. Además, en otra de las alegaciones acude a la propia Constitución —al artículo 23.2—, para explicar que el mandato de los partidos para promover esa resolución está sujeto al "libre ejercicio democrático del derecho fundamental de participación política".
La Constitución española, dice otra de las alegaciones, "no prohíbe ni establece límites al debate político (...) aún cuando se dé una discrepancia entre el proyecto que se debate y el contenido de la Constitución". Por eso, insiste el Parlament, la resolución aprobada "no tiene capacidad de producir ninguna infracción constitucional".
El escrito se remite a la declaración de soberanía del Parlament de 2013 que "reconoce la posibilidad de que las relaciones parlamentarias de impulso político puedan producir efectos jurídicos, aunque estos no sean vinculantes". A esta nueva doctrina le pide que sea replanteada para reconocer la plena capacidad del Parlament de expresar el pluralismo político, "especialmente cuando se ha expresado de forma clara mediante un proceso electoral".
Además, el texto advierte de que permitir que el TC intervenga en este tipo de cuestiones, sería tanto como admitir la existencia de un control sobre el mismo ejercicio libre de la función parlamentaria de impulso político, "con el resultado consitucionalmente censurable de extender la jurisdicción del TC a un ámbito que debe quedarle vetado". Por eso pide al propio TC que "no se extralimite e invada la esfera propia de la actuación del Parlament".
COMENTARIO:
Es que jugar a que somos como Palestina, que los malvados españoles nos tienen esclavizados mola ... Hasta que le ven las orejas al juez. Entonces ponemos cara de niño bueno y decimos que todo era una broma

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