Fachada exterior del Tribunal Constitucional.
El Constitucional declara inconstitucional la consulta catalana
El pleno resuelve los recursos presentados por el Gobierno contra la convocatoria del 9-N.
El pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, por unanimidad, la inconstitucionalidad de dos de los preceptos de la ley de consultas catalana con la que se intentó dar cobertura a la convocatoria de la consulta soberanista del 9-N. De la misma manera, ha acordado declarar también inconstitucional el decreto con el que Artur Mas convocó la votación. Al igual que ocurrió con la admisión a trámite de los recursos que suspendieron la vigencia de la ley, los magistrados del tribunal de garantías están de acuerdo en la ilegalidad de la norma sobre la que, previsiblemente, se facilitará la sentencia la mañana de este miércoles.
El tribunal ha rechazado el recurso presentado por el Gobierno sobre una veintena de preceptos, pero ha admitido los relativos a los artículos que se refieren a las consultas referendarias y el que especifica las reglas de las comisiones de seguimiento. El Ejecutivo sostuvo en su recurso cómo las personas llamadas a votar incluían, además de menores y extranjeros, a todo el censo, y por tanto, "no elude la llamada al Cuerpo Electoral como uno de los elementos constitutivos de una propia consulta referendaria”.
Según fuentes del tribunal, la sentencia recuerda que la Constitución atribuye al Estado la “competencia exclusiva” para autorizar la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum competencia que se extiende también a “su establecimiento y regulación".Pese a que los magistrados podrían decidir la prórroga de la suspensión, el acuerdo entre los miembros del pleno contra la ley de consultas y la convocatoria ha posibilitado la anulación de ambas medidas y la determinación de una resolución definitiva sin más demora.
El Constitucional admitió a trámite, el 29 de septiembre, los recursos del Gobierno contra la ley de consultas, aprobada por el Parlamento catalán unos días antes, y el decreto de convocatoria del referéndum de soberanía del 9 de noviembre, firmado por el presidente de la Generalitat, Artur Mas. La admisión a trámite supuso la suspensión de ambas resoluciones.
Tras esta decisión, el tribunal tendrá todavía pendiente de resolver de forma definitiva el proceso de participación, convocado tras la suspensión del 9-N, que llevó a la votación celebrada en noviembre.
¿QUIÉN PAGA LOS CASCOS ROTOS?,TODOS LOS EPAÑOLES
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