domingo, 10 de agosto de 2014

AL EX-REY NI TOCARLO

Albert Solá Jiménez (Foto: Turia Soler)
Albert Solá Jiménez
 
El TS debatirá la demanda de paternidad contra Don Juan Carlos en otoño
El Tribunal Supremo recibió al filo de iniciar las vacaciones de verano la demanda de paternidad interpuesta contra el rey abdicado, Juan Carlos de Borbón, por Albert Solá, quien asegura ser el primogénito de monarca. Este presunto hijo ilegítimo lleva intentando demostrar la paternidad del padre de Felipe VI desde hace años, pero la inviolabilidad de la que disfrutaba éste se lo impidió. Una vez que Juan Carlos ha abdicado, las pretensiones de Solá han vuelto a aflorar y será la Sala de lo Civil del Supremo la que tendrá que estudiar el caso.
Según fuentes del alto tribunal, los magistrados ya estaban esperando que llegara de un momento a otro esta demanda, una vez que el Gobierno decretó el aforamiento del Rey abdicado, en un movimiento que se hizo con carácter de urgencia, introduciéndolo en la primera ley que iba a ser aprobada por las Cortes. Solá amplió su demanda de paternidad contra Juan Carlos tras el anuncio de su salida al trono. Fue el Juzgado de Primera Instancia número 34 de Madrid el asignado para su estudio, pero este paralizó sus trabajos tras la decisión del Gobierno de aforar a los reyes salientes ante el Tribunal Supremo
Una vez que esta protección se hizo efectiva en el BOE a través de una disposición transitoria de la Ley Orgánica 4/2014, el juzgado actuante debía, como así hizo, inhibirse ante el alto tribunal, que deberá proceder a su examen. A la vuelta de vacaciones, lo primero que deberán hacer los magistrados de la Sala de lo Civil es decidir si se admite a trámite la demanda. Es decir, si el escrito tiene algún sustento coherente para iniciar el proceso contra quien ha sido Rey de España durante cuatro décadas.
Tras la salida del monarca, una de las primeras incógnitas que se lanzaron al aire es qué iba a pasar con su futuro judicial. Diversos juristas ya explicaban en ese momento que, en lo referente a asuntos penales sobre hechos cometidos durante su Reinado, Juan Carlos tiene refrendadas todas sus actuaciones. Es decir, sólo se le podría perseguir por delitos cometidos tras la abdicación. Sin embargo, las demandas de paternidad son un caso distinto porque a día de hoy siguen teniendo vigencia. Fuentes jurídicas, recuerdan, además, que esta presunta paternidad se consumó cuando Don Juan Carlos era Príncipe heredero y no Rey, así que, en todo caso, no estaría dentro del ámbito de la inviolabilidad.
Problemas en caso de oponerse a la prueba de paternidad
El Tribunal Supremo tiene una patata caliente en su tejado. En el caso de que los magistrados admitiesen a trámite la demanda, el siguiente paso sería requerir a Juan Carlos de Borbón una prueba de paternidad. Fuentes del alto tribunal recuerdan una sentencia dictada por este órgano, y avalada por el Tribunal Constitucional, en el que ya apuntaban que negarse a hacerse esa prueba es un indicio "especialmente valioso o significativo" sobre la paternidad. Ahora bien, este indicio debe ir acompañado de alguna prueba que atestigüe la relación amorosa entre los padres, como algún testigo que lo certifique o alguna carta que deje ver un posible contacto.
Una vez que esta protección se hizo efectiva en el BOE a través de una disposición transitoria de la Ley Orgánica 4/2014, el juzgado actuante debía, como así hizo, inhibirse ante el alto tribunal, que deberá proceder a su examen. A la vuelta de vacaciones, lo primero que deberán hacer los magistrados de la Sala de lo Civil es decidir si se admite a trámite la demanda. Es decir, si el escrito tiene algún sustento coherente para iniciar el proceso contra quien ha sido Rey de España durante cuatro décadas.
Tras la salida del monarca, una de las primeras incógnitas que se lanzaron al aire es qué iba a pasar con su futuro judicial. Diversos juristas ya explicaban en ese momento que, en lo referente a asuntos penales sobre hechos cometidos durante su Reinado, Juan Carlos tiene refrendadas todas sus actuaciones. Es decir, sólo se le podría perseguir por delitos cometidos tras la abdicación. Sin embargo, las demandas de paternidad son un caso distinto porque a día de hoy siguen teniendo vigencia. Fuentes jurídicas, recuerdan, además, que esta presunta paternidad se consumó cuando Don Juan Carlos era Príncipe heredero y no Rey, así que, en todo caso, no estaría dentro del ámbito de la inviolabilidad.
Problemas en caso de oponerse a la prueba de paternidad
El Tribunal Supremo tiene una patata caliente en su tejado. En el caso de que los magistrados admitiesen a trámite la demanda, el siguiente paso sería requerir a Juan Carlos de Borbón una prueba de paternidad. Fuentes del alto tribunal recuerdan una sentencia dictada por este órgano, y avalada por el Tribunal Constitucional, en el que ya apuntaban que negarse a hacerse esa prueba es un indicio "especialmente valioso o significativo" sobre la paternidad. Ahora bien, este indicio debe ir acompañado de alguna prueba que atestigüe la relación amorosa entre los padres, como algún testigo que lo certifique o alguna carta que deje ver un posible contacto.
Ya en ese momento este órgano hacía un aviso a navegantes: negarse a hacer la prueba de paternidad tiene la eficacia o valor probatorio de una confesión judicial, ficta confessio o admisión implícita de la paternidad, y por tanto un "indicio especialmente valioso o significativo" que, en unión de otras pruebas practicadas en el proceso, permite declarar la paternidad del demandado "obstruccionista".
Esta sentencia fue revocada por el Tribunal Constitucional en 2006, que mandó al Supremo volver a dictarla porque una parte de la fundamentación -relativa a las testigos del caso- no estaba bien argumentada. Aun así, el contenido sobre los requisitos para fijar la paternidad no fueron corregidos y en 2007 el Supremo subsanó su error, fijando el criterio previamente establecido.
Por tanto, en el caso que Don Juan Carlos se negara a realizar la prueba de paternidad -siempre y cuando se admitiera a trámite la demanda-, sería un fuerte indicio de que él es el padre, aunque Solá tendría que presentar alguna prueba de la relación carnal entre su madre y el padre del Rey Felipe VI.
AQUI EMPIEZA LA CORRUPCIÓN ESTO EN OTRO PAÍS EUROPEO NO OCURRIRÍA







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